martes, 25 de abril de 2023

Remate Judicial de Casa en San Juan de Miraflores Lima Precio Base $ 145749 🏡

Según el Informe de Valorización se trata de una Edificación que Tiene 3 Pisos de Altura de Material Noble en Donde Funciona un Hospedaje O Alquiler Tasación: $ 218,624.00. Precio Base: $ 145,749.33 . Incremento entre ofertas: $ 437.25. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 21,862.40.. Distrito Judicial: … remateCasas
Según el Informe de Valorización se trata de una Edificación que Tiene 3 Pisos de Altura de Material Noble en Donde Funciona un Hospedaje O Alquiler
Tasación: $ 218,624.00. Precio Base: $ 145,749.33. Incremento entre ofertas: $ 437.25. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 21,862.40.. Distrito Judicial: LIMA SUR. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN JUAN DE MIRAFLORES.
Partida Registral: P03179438 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Urb. San Juan Unidad B, Mz J3, Lote 4, (hoy Calle Arturo Suarez) Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion25/04/2023 04/05/2023
Validación de Inscripción05/05/2023 09/05/2023
Presentación de Ofertas10/05/2023 11/05/2023
Pago Saldo12/05/2023 16/05/2023
Validación del Saldo17/05/2023 19/05/2023
Expediente: 13373-2015-0-1817-JR-CO-15. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 15°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: HIDALGO CHAVEZ, JOSE MIGUEL. Especialista: MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 21. Fecha Resolución: 26/07/2022. Tipo Cambio: S/. 3.762 a la fecha 21/04/2023 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10637
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : INVERSIONES NUEVOS HORIZONTES COMERCIALES SAC REP MEZA ALIAGA ROSA ELVIRA
RESOLUCIÓN NRO. 22 Miraflores, 28 de diciembre Del año dos mil veintidós.-
AL ESCRITO QUE ANTECEDE DE FECHA 31/10/2022 SIGNADO CON EL CÓDIGO DE INGRESO N°227902-2022, presentado por el demandante; a lo solicitado; no habiéndose formulado oposición a la convocatoria a remate electrónico dispuesta mediante la resolución número veintiuno de fecha veintiséis de julio del año dos mil veintidós, se declara CONSENTIDA la acotada resolución; en consecuencia, procédase a efectuar la publicidad del remate electrónico conforme a las disposiciones que para el efecto se encuentran establecidas en el sistema de Remates Virtuales; disponiéndose el pegado de cartel en el inmueble sub litis a través del Responsable del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales del distrito judicial del Callao. Disponiéndose además la notificación a las partes de la fecha de remate que se establezca en el sistema virtual del REMAJU; previa razón del Especialista Legal del proceso.
NOTIFIQUESE.- SEDE COMERCIALES, Juez:HIDALGO CHAVEZ Jose Miguel FAU 20546303951 soft Fecha: 28/12/2022 20:44:19,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:MINAYA CASTILLO Andrea Liseth FAU 20546303951 soft Fecha: 29/12/2022 08:09:44,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE
15°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL EXPEDIENT : 13373-2015-0-1817-JR-CO-15 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : HIDALGO CHAVEZ, JOSE MIGUEL ESPECIALISTA : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH TERCERO : JOSE LUIS ABAD BAZAN ACREEDOR NO EJECUTANTE, GUILLERMO ALFREDO QUEQUEZANA QUINTANA PERITO, PILAR EDUVINA CASTRO QUISPE PERITO, DEMANDANTE : INVERSIONES NUEVOS HORIZONTES COMERCIALES SAC REP MEZA ALIAGA ROSA ELVIRA
RESOLUCIÓN NRO. VEINTIUNO Miraflores, veintiséis de julio Del año dos mil veintidós.-
AUTOS Y VISTOS
Puestos los autos a despacho, se procede a resolver; y; CONSIDERANDOS
PRIMERO: Estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte del ejecutante y teniendo presente el artículo 731º del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia"
SEGUNDO: Estando al estado del proceso –etapa de ejecución forzada- y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo N°12° de la Ley N° 30229 y Articulo 13° del Reglamento de la citada Ley.
TERCERO: Asimismo, estando a las nuevas implementaciones respecto del sistema de Remate Judicial Electrónico – REM@JU, se deberá proceder conforme a las siguientes consideraciones, debiendo atenderse además, de acuerdo a la programación automática del remate electrónico en sus tres convocatorias. SEDE COMERCIALES, Juez:HIDALGO CHAVEZ Jose Miguel FAU 20546303951 soft Fecha: 27/07/2022 14:52:50,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:MINAYA CASTILLO Andrea Liseth FAU 20159981216 soft Fecha: 27/07/2022 15:02:49,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE
CUARTO: El artículo 13 de la Ley N° 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico.
QUINTO: Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto;
RESUELVO
1. CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate del inmueble hipotecado:
2. En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos:
a) DESCRIPCIÓN: se trata de un inmueble ubicado en la URB. SAN JUAN UNIDAD B, MZ J3, LOTE 4, (HOY CALLE ARTURO SUAREZ) DISTRITO DE SAN DE MIRAFLORES, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO LIMA., que corre inscrito en la Partida Electrónica Nro. P03179438 del Registro de Predios de Lima, según el informe de valorización se trata de una edificación que tiene 3 pisos de altura de material noble en donde funciona un hospedaje o alquiler de habitaciones. Se ubica frente a un parque denominado Parque de la Bandera.
b) US$ 32,262.08 DOLARES AMERICANOS.
c) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL. En autos asciende a la suma de US$ 218,624.00 DOLARES AMERICANOS.
EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a US$ 145,749.33 DOLARES AMERICANOS. EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$ 123,886.93 DOLARES AMERICANOS. EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$ 105,303.89 DOLARES AMERICANOS.
d) .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

HIPOTECA inscrito en el asiento 00008 de la partida N°P03179438 a favor de INVERSIONES NUEVOS HORIZONTES COMERCIALES SAC, hasta por la suma de US$ 120,000.00 DOLARES AMERICANOS.
EMBARGO inscrito en el asiento 00010 de la partida N°P03179438 a favor de BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de S/.50,000.00 soles, proceso 2476- 2013-31 tramitado en el 8° Juzgado Comercial de Lima.
EMBARGO inscrito en el asiento 00011 de la partida N°P03179438 a favor de JOSE LUIS ABAD BAZAN, hasta por la suma de US$ 16,000.00 dólares americanos, proceso 2248-2013-35 tramitado en el 7° Juzgado Comercial de Lima.
MODIFICACION Y AMPLIACION DE HIPOTECA inscrito en el asiento 00012 de la partida N°P03179438 a favor de INVERSIONES NUEVOS HORIZONTES COMERCIALES SAC, hasta por la suma de US$ 125,000.00 DOLARES AMERICANOS.
EMBARGO inscrito en el asiento 00013 de la partida N°P03179438 a favor de MI BANCO, hasta por la suma de S/.78,000.00 soles, proceso N° 6661-2013-51 tramitado en el 11° Juzgado Comercial de Lima.
e) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
f) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15° de la Ley N° 30229, una vez que las partes ejecutadas no hayan formulado oposición dentro del término del tercer día de notificados.
g) FÍJESE POR ÚNICA VEZ los Carteles de Remate en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de remate a cargo del Especialista Legal de Actos Externos de ésta Sede Comerciales.
NOTIFIQUESE.-