lunes, 17 de abril de 2023

Remate Judicial de Departamento BCP en Callao Bellavista Precio Base S/ 130026 🏡

Inmueble ubicado en la Jirón las Gaviotas N 216, Unidad Inmobiliaria N 3, DEPARTAMENTO N 202, Urbanizacion San Jose, distrito de Bellavista Tasación: S/. 195,039.07. Precio Base: S/. 130,026.05 . Incremento entre ofertas: S/. 390.08. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 19,503.91.. Distrito Judicial: C… remateCasas
Inmueble ubicado en la Jirón las Gaviotas N 216, Unidad Inmobiliaria N 3, DEPARTAMENTO N 202, Urbanizacion San Jose, distrito de Bellavista
Tasación: S/. 195,039.07. Precio Base: S/. 130,026.05. Incremento entre ofertas: S/. 390.08. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 19,503.91.. Distrito Judicial: CALLAO. Departamento: CALLAO. Provincia: CALLAO. Distrito: BELLAVISTA.
Partida Registral: 70669203 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: El Jirón las Gaviotas N° 216, Unidad Inmobiliaria N° 3, Departamento N° 202, Urbanizacion San Jose, . Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion15/04/2023 24/04/2023
Validación de Inscripción25/04/2023 27/04/2023
Presentación de Ofertas28/04/2023 29/04/2023
Pago Saldo02/05/2023 04/05/2023
Validación del Saldo05/05/2023 09/05/2023
Expediente: 09631-2020-0-1817-JR-CO-03. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 3°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GAMERO VILDOSO, LUIS MIGUEL. Especialista: CABANILLAS DULANTO, JACQUELINE. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 6. Fecha Resolución: 02/03/2022

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10530
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en CALLAO?

DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU,
Resolución Nro. SEIS Miraflores, dos de marzo de dos mil veintidós
AUTOS Y VISTOS: Dando cuenta del escrito del 17 de noviembre de 2021, presentado por la parte demandante; al principal: con las copias que adjunta, téngase por cumplido lo dispuesto por resolución que antecede y estando a lo solicitado por el ejecutante y; Atendiendo: PRIMERO: Estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte del ejecutante, y teniendo presente el artículo 731 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia", SEGUNDO: Estando al estado del proceso –etapa de ejecución forzada - y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo N° 12 de la Ley N° 30229 y Articulo 13 del Reglamento de la citada Ley. TERCERO: El artículo 13 de la Ley N° 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. CUARTO: Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto. SE RESUELVE:
1. CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA de los siguientes inmuebles hipotecados:
2. En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos:
1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en la JIRÓN LAS GAVIOTAS N° 216, UNIDAD INMOBILIARIA N° 3, DEPARTAMENTO N° 202, URBANIZACION SAN JOSE, DISTRITO DE BELLAVISTA, PROVINCIA CONSTTUCIONAL DEL CALLAO, inscrito en la Partida Electrónica N° 70669203 de los Registros Públicos de Callao.
a) .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

- En el Asiento D00003 de la Partida N° 70669203 de los Registros Públicos de Callao, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco de crédito del Perú, inscrito en la partida 11009127 del registro de personas Jurídicas, hasta por la suma de S/219,133.73, a fin de garantizar las deudas y obligaciones que tiene frente al citado acreedor, las mismas que se detallan en el instrumento publico que mediante el presente titulo se archiva. - En el Asiento D00004 de la Partida N° 70669203 de los Registros Públicos de Callao, se ha inscrito una ratificación de hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, a fin de garantizar adicionalmente el pago de crédito con GAHI nuevo y demás deudas y obligaciones que se detallan en el instrumento publico que mediante el presente titulo se archiva.
b) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En autos asciende a la suma de S/. 195,039.07.
b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 130,026.05.) b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 110,522.14.) b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 93,943.82.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónicos Judiciales del Callao y a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate.
1.2 DESCRIPCION: inmueble ubicado en la JIRÓN LAS GAVIOTAS N° 216, UNIDAD INMOBILIARIA N° 6, CUARTO PISO DEPARTAMENTO N° 401, URBANIZACION SAN JOSE, DISTRITO DE BELLAVISTA, PROVINCIA CONSTTUCIONAL DEL CALLAO, inscrito en la Partida Electrónica N° 70669206 de los Registros Públicos de Callao.
a) .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

• En el Asiento D00003 de la Partida N° 70669206 de los Registros Públicos de Callao, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco de crédito del Perú, inscrito en la partida 11009127 del registro de personas Jurídicas, hasta por la suma de S/235,648.71, a fin de garantizar las deudas y obligaciones que tiene frente al citado acreedor, las mismas que se detallan en el instrumento publico que mediante el presente titulo se archiva. • En el Asiento D00004 de la Partida N° 70669206 de los Registros Públicos de Callao, se ha inscrito una ratificación de hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, a fin de garantizar adicionalmente el pago de crédito con GAHI nuevo y demás deudas y obligaciones que se detallan en el instrumento publico que mediante el presente titulo se archiva.
b) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En autos asciende a la suma de S/. 228,032.81
b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 152,021.87.) b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 129,218.59. b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 109,835.80.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónicos Judiciales del Callao y a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate.
1.3 DESCRIPCION: JIRÓN LAS GAVIOTAS N° 216, UNIDAD INMOBILIARIA N° 7, CUARTO PISO, DEPARTAMENTO N° 402, URBANIZACION SAN JOSE, DISTRITO DE BELLAVISTA, PROVINCIA CONSTTUCIONAL DEL CALLAO, inscrito en la Partida Electrónica N° 70669207 de los Registros Públicos de Callao.
a) .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

- En el Asiento D00003 de la Partida N° 70669207 de los Registros Públicos de Callao, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco de crédito del Perú, inscrito en la partida 11009127 del registro de personas Jurídicas, hasta por la suma de S/176,649.00, a fin de garantizar las deudas y obligaciones que tiene frente al citado acreedor, las mismas que se detallan en el instrumento publico que mediante el presente titulo se archiva. - En el Asiento D00004 de la Partida N° 70669207 de los Registros Públicos de Callao, se ha inscrito una ratificación de hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, a fin de garantizar adicionalmente el pago de crédito con GAHI nuevo y demás deudas y obligaciones que se detallan en el instrumento publico que mediante el presente titulo se archiva.
b) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En autos asciende a la suma de S/. 167,663.17.)
b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 111,775.45. b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 95,009.13. b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 80,757.76.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente. d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónicos Judiciales del Callao y a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate.
1.4 DESCRIPCION: JIRÓN LAS GAVIOTAS N° 216, UNIDAD INMOBILIARIA N° 9, DEPARTAMENTO N° 502, URBANIZACION SAN JOSE, DISTRITO DE BELLAVISTA, PROVINCIA CONSTTUCIONAL DEL CALLAO, inscrito en la Partida Electrónica N° 70669229 de los Registros Públicos de Callao.
a) .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

- En el Asiento D00003 de la Partida N° 70669229 de los Registros Públicos de Callao, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco de crédito del Perú, inscrito en la partida 11009127 del registro de personas Jurídicas, hasta por la suma de S/291,651.36, a fin de garantizar las deudas y obligaciones que tiene frente al citado acreedor, las mismas que se detallan en el instrumento publico que mediante el presente titulo se archiva. - En el Asiento D00004 de la Partida N° 70669229 de los Registros Públicos de Callao, se ha inscrito una ratificación de hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, a fin de garantizar adicionalmente el pago de crédito con GAHI nuevo y demás deudas y obligaciones que se detallan en el instrumento publico que mediante el presente titulo se archiva.
b) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En autos asciende a la suma de S/. 252,737.85.)
b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 168,491.90 b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 143,218.12. b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 121,735.40.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente. d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónicos Judiciales del Callao y a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate. Notificar.