jueves, 20 de abril de 2023

Terrenos Inmueble en Remate Judicial en Madre de Dios Tambopata Precio Base S/ 72905 🏡

Predio urbano ubicado en Av. dos de Mayo Manzana "7-n", Sub Lote 4-b-1 de Puerto Maldonado, de 202.00 m 2 , y Perímetro de 110.00ml Tasación: S/. 109,357.59. Precio Base: S/. 72,905.06 . Incremento entre ofertas: S/. 218.72. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 10,935.76.. Distrito Judicial: … remateCasas
Predio urbano ubicado en Av. dos de Mayo Manzana "7-n", Sub Lote 4-b-1 de Puerto Maldonado, de 202.00 m2, y Perímetro de 110.00ml
Tasación: S/. 109,357.59. Precio Base: S/. 72,905.06. Incremento entre ofertas: S/. 218.72. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 10,935.76.. Distrito Judicial: MADRE DE DIOS. Departamento: MADRE DE DIOS. Provincia: TAMBOPATA. Distrito: TAMBOPATA.
Partida Registral: 110200259 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Predio Urbano Ubicado En Av. Dos de Mayo Manzana "7-n", Sub Lote 4-b-1 de Puerto Maldonado, de 202.00m2, y Perímetro de 110.00ml, Inscrita En la Partida Electrónica N° 110200259 de la Zona Registral N° X-sede Cusco. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion20/04/2023 29/04/2023
Validación de Inscripción02/05/2023 04/05/2023
Presentación de Ofertas05/05/2023 06/05/2023
Pago Saldo08/05/2023 10/05/2023
Validación del Saldo11/05/2023 15/05/2023
Expediente: 00531-2010-0-2701-JP-FC-01. Distrito Judicial: MADRE DE DIOS. Órgano Jurisdisccional: 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL - Sede Tambopata. Instancia: JUZGADO DE PAZ LETRADO. Juez: YENNY JIMENEZ MENDOZA. Especialista: GREGORIO TINTA CONDORI (JPL). Materia: ALIMENTOS. Resolución: 90. Fecha Resolución: 14/04/2023

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10579
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en MADRE DE DIOS?

DEMANDANTE : GUTIERREZ FLORES, ALEXANDER ROSSELL GUTIERREZ FLORES, RUTH GUTIERREZ FLORES, SHEYLA
RESOLUCIÓN N° 90.- Puerto Maldonado, catorce de Abril del dos mil veintitrés.-
AUTOS Y VISTOS: El escrito con cargo N°268-2023, presentado por Fredy Holguer Vargas Pantoja, abogado de Sheyla Gutierrez Flores, mediante el cual solicita se lleve adelante el remate judicial; y, CONSIDERADO: PRIMERO.- Que habiéndose generado el Remate Judicial, y habiendo un error en el sistema de REMAJU, respecto de las cifras en el monto de la tasación y demás bases del remate, cambiándolo en vez de "Mil" a "Millones", entiéndase que la tasación y las bases es en el valor de "Mil" y no "Millones." SEGUNDO.- La demandante Sheyla Gutierrez Flores, mediante escrito con registro N° 268-2023,precisa que de conformidad al artículo 732 del Código Procesal Civil, solicita se lleve adelante el remate judicial mediante el sistema integrado REM@JU en cumplimiento a lo ordenado en la resolución número ochenta y tres de fecha ocho de noviembre del 2022. TERCERO.- Así, de la revisión de los autos se verifica que en este proceso mediante resolución número setenta y siete de fecha veintidós de julio del dos mil veintidós, se ha requerido por última vez al demandado Francisco Gutiérrez Huallpa, para que dentro del plazo de tres días de su notificación cumpla con pagar a la ejecutante el monto adeudado de veintiocho mil cuatrocientos noventa y ocho con 44/100 soles, conforme se encuentra ordenado en el auto final N° 05, bajo apercibimiento de procederse al remante del predio embargado en autos, ubicado en Av. Dos de Mayo manzana "7-N", sub lote 4-B-1 de Puerto Maldonado, de 202.00m2, y perímetro de 110.00 ml., inscrita en la partida N° 11020059 del Registro de Propiedad inmueble de Madre de Dios; por tanto, el estadio del presente proceso es de convocarse para el primer remate público en el referido inmueble sobre los derechos y acciones que le corresponde al obligado Francisco Gutiérrez Huallpa; en ese sentido, cabe precisar que la ejecución del remate judicial es efectuada a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial, bajo responsabilidad del secretario judicial; y teniendo en cuenta que se ha cumplido con los requisitos señalados en el artículo 12° de la Ley N° 30229 1, así como artículo 13° del Reglamento de la citada Ley, dicha situación debe tenerse presente. CUARTO.- Por otra parte, téngase presente lo dispuesto en el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley N° 30229, siendo que el secretario judicial de la causa deberá proceder a publicar en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate judicial electrónico y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15° de la Ley N° 30229, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate, asimismo, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate. QUINTO.- En consecuencia, conforme al estado del proceso y en aplicación de lo dispuesto por los artículos 731° y siguientes del Código Procesal Civil debe darse cumplimiento al remate judicial electrónico conforme a ley, bajo responsabilidad funcional. Por las consideraciones expuestas SE RESUELVE: 1. CONVOCAR a REMATE JUDICIAL ELECTRONICO-REM@JU para los efectos de proceder a la PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble sobre derechos y acciones que le corresponde al obligado Francisco Gutiérrez Huallpa, materia de ejecución forzada conforme al siguiente detalle: i) DESCRIPCION: Predio urbano ubicado en Av. Dos de Mayo Manzana "7-N", sub lote 4-B-1 de Puerto Maldonado, de 202.00m2, y perímetro de 110.00ml, inscrita en la partida electrónica N° 110200259 de la Zona Registral N° X-Sede Cusco. ii) CARGA Y GRAMENES: EMBARGO: Asiento D00003, en el Expediente N° 531-2010-94-2701- JP-FC-01; sobre derechos y acciones que corresponde al obligado Francisco Gutierrez Huallpa, a favor de Martha Flores Landa, hasta por la sum a de S/ 25,000.00 Soles, por prestación de alimentos. iii) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial hasta por el monto de 109,357.59 Soles (Ciento nueve mil trescientos cincuenta y siete con 59/100 Soles) según informe pericial de fojas 111 y siguientes. iv) PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en MADRE DE DIOS?

La base de la postura será las dos terceras partes del valor de tasación pericial de S/72.905,06 Soles (Setenta y dos mil novecientos cinco con 06/100 Soles). v) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito judicial electrónico en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 2. PROCÉDASE a la PUBLICACION de los avisos del remate en el Portal Web del Poder Judicial a través del aplicativo informático REM@JU por el término de ley, conforme a lo regulado por el artículo 15° del Reglamento de la Ley 30229. 3. FIJESE los carteles en la vitrina del local del juzgado por parte del especialista legal y en el inmueble a rematar, lo que debe realizar en forma oportuna, bajo responsabilidad funcional. 4. TENGASE presente que de no haber adjudicación en la primera convocatoria PROCEDASE AUTOMATICAMENTE a la segunda y tercera convocatoria, luego de lo cual debe procederse conforme a lo previsto por el artículo 742° del Código Procesal Civil. 5. PRECISAR que la presente resolución es inimpugnable, salvo lo previsto en el segundo y tercer párrafo, artículo 12° de la Ley N° 30229.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-