jueves, 18 de mayo de 2023

Remate Judicial BBVA en Junin Rio Tambo de Terrenos Precio Base $ 40205 🏡

Inmueble ubicado en Fundo Pampa Hermosa Uu.cc. 8_5758775_546855 Sector Monte Rey del distrito de Rio Tambo, Provincia de Satipo, Región Junín Tasación: $ 60,307.73. Precio Base: $ 40,205.15 . Incremento entre ofertas: $ 120.62. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: $ 6,030.77.. Distrito Judicial: SELVA CENT… remateCasas
Inmueble ubicado en Fundo Pampa Hermosa Uu.cc. 8_5758775_546855 Sector Monte Rey del distrito de Rio Tambo, Provincia de Satipo, Región Junín
Tasación: $ 60,307.73. Precio Base: $ 40,205.15. Incremento entre ofertas: $ 120.62. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: $ 6,030.77.. Distrito Judicial: SELVA CENTRAL. Departamento: JUNIN. Provincia: SATIPO. Distrito: RIO TAMBO.
Partida Registral: 11036083 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Inmueble Ubicado En Fundo Pampa Hermosa Uu.cc. 8_5758775_546855 Sector Monte Rey del Distrito de Rio Tambo, Provincia de Satipo, Región Junín, Inscrito En la Partida Electrónica N° 11036083 de la Zona Registral N° Viii- Oficina Registral de Satipo. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion18/05/2023 27/05/2023
Validación de Inscripción29/05/2023 31/05/2023
Presentación de Ofertas01/06/2023 02/06/2023
Pago Saldo05/06/2023 07/06/2023
Validación del Saldo08/06/2023 12/06/2023
Expediente: 00041-2021-0-3401-JR-CO-01. Distrito Judicial: SELVA CENTRAL. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO CIVIL - SEDE LA MERCED. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: BALBIN SOLIS AUGUSTO PEDRO. Especialista: CASTILLON SIUCE RUBEN. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: CUATRO. Fecha Resolución: 18/04/2022. Tipo Cambio: S/. 3.678 a la fecha 16/05/2023 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10839
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en JUNIN?

DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU,
RESOLUCION N° CUATRO La Merced, dieciocho de Abril Del año dos mil veintidós.-
DADO CUENTA: Al escrito de fecha doce de abril del presente año, ingresa por mesa de partes; y atendiendo: PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731° del Código Procesal Civil modificado por la Le y N° 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de REM@JU del portal web del Poder Judicial. SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. TERCERO: Declarado Desierto la primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 - el REM@JU generara automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generara automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. QUINTO: En caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) TÉNGASE POR CONSENTIDO el AUTO FINAL (Resolución No.02); en consecuencia APRUÉBESE la valorización del predio materia de remate en la suma de US$/. 60,307.73 (SESENTA MIL TRESCIENTOS SIETE CON 73/100 DÓLARES AMERICANOS). 2) CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL - REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCOATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 1.1. Descripción: Inmueble ubicado en Fundo Pampa Hermosa UU.CC. 8_5758775_546855 Sector Monte Rey del Distrito de Rio Tambo, Provincia de Satipo, Región Junín, inscrito en la Partida Electrónica N° 11036083 de la Zona Registral N° VIII- Oficina Regi stral de Satipo.
3) CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base.
4) CARGAS Y GAVAMENES: 4.1 Hipoteca: en el Asiento D00002 de la Partida N° 11036083 de la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo- Oficina Registra l de Satipo, se ha inscrito una hipoteca constituida por JUAN DAVID AÑORGA GOMEZ hasta por la suma de US$/. 85,032.24 DÓLARES AMERICANOS a favor de BBVA BANCO CONTINENTAL. 4.2 Embargo: en el Asiento D00004 de la Partida N° 11036083 de la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo- Oficina Registra l de Satipo, se ha inscrito un embargo en forma de inscripción constituida por JUAN DAVID AÑORGA GOMEZ hasta por la suma de S/. 41,000.00 SOLES a favor de RUBEN HEBERT GOMEZ HURTADO.
5) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de S US$/. 60,307.73 (SESENTA MIL TRESCIENTOS SIETE CON 73/100 DÓLARES AMERICANOS).
6) PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en JUNIN?

6.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de US$/. 40,205.15 (CUARENTA MIL DOSCIENTOS CINCO CON 15/100 DÓLARES AMERICANOS). 6.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$/. 34,174.38 (TREINTA Y CUATRO MIL CIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 38/100 DÓLARES AMERICANOS). 6.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$/. 29,048.22 (VEINTINUEVE MIL CUARENTA Y OCHO CON 22/100 DÓLARES AMERICANOS). 7) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante deposito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del reglamento de la ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente.
8) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución.
9) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis a cargo del personal de administración de esta Corte al no contar con una Especialista Legal de Actos Externos, el cual será bajo responsabilidad de la misma.
10) AL PRINCIPAL: NO HA LUGAR a lo solicitado de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 731 del Código procesal Civil. AL OTROSÍ: TÉNGASE presente. NOTIFÍQUESE.-