martes, 23 de mayo de 2023

Remate Judicial en Cusco de Terreno Rural Precio Base S/ 28230 🏡

Inmueble ubicado en la Parcela Denominada B-83 en el Sector B del Predio Nombrado Vallecito del distrito Provincia y Departamento del Cusco Tasación: S/. 42,345.30. Precio Base: S/. 28,230.20 . Incremento entre ofertas: S/. 84.69. Arancel: S/. 247.50. Oblaje: S/. 4,234.53.. Distrito Judicial: CUSCO… remateCasas
Inmueble ubicado en la Parcela Denominada B-83 en el Sector B del Predio Nombrado Vallecito del distrito Provincia y Departamento del Cusco
Tasación: S/. 42,345.30. Precio Base: S/. 28,230.20. Incremento entre ofertas: S/. 84.69. Arancel: S/. 247.50. Oblaje: S/. 4,234.53.. Distrito Judicial: CUSCO. Departamento: CUSCO. Provincia: CUSCO. Distrito: CUSCO.
Partida Registral: 11206198 Tipo Inmueble: TERRENO RURAL. Dirección: Ubicado En la Parcela Denominada B-83 En el Sector B del Predio Nombrado Vallecito del Distrito Provincia y Departamento del Cusco Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion23/05/2023 01/06/2023
Validación de Inscripción02/06/2023 06/06/2023
Presentación de Ofertas07/06/2023 08/06/2023
Pago Saldo09/06/2023 13/06/2023
Validación del Saldo14/06/2023 16/06/2023
Expediente: 01190-2020-0-1001-JR-CI-03. Distrito Judicial: CUSCO. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO CIVIL - SEDE WANCHAQ. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: PAREDES SALAS YANET OFELIA. Especialista: SALAZAR YAUTA CRISALTA. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 18. Fecha Resolución: 15/12/2022

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10897
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en CUSCO?

DEMANDANTE : CMAC - HUANCAYO S.A.,
Resolución Nro.18
Wanchaq, quince de diciembre Del año dos mil veintidós A LO EXPUESTO: Estando a la solicitud de convocatoria a remate por la parte ejecutante CMAC HUANCAYO S.A. y conforme al estado del proceso ETAPA DE EJECUCIÓN FORZADA de conformidad a lo dispuesto en el artículo 731 del Código Procesal Civil modificado por la ley 30229 y que verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados por el articulo N° 12 de la Ley N° 30229 y Articulo 13 2 del reglamento de la citada ley, por tal motivo SE RESUELVE: 1.- CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL -REM- @JU a efecto de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble embargado siguiente: 2.

¿Cómo es el inmueble a rematar?

Sobre el inmueble UBICADO en la parcela denominada B-83 en el sector B del predio nombrado VALLECITO del distrito provincia y departamento del Cusco inscripción especial de predios rurales en la partida 11206198 3.- CONVOQUE AUTOMÁTICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuanto la PRIMERA CONVOCATORIA ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base.
4.-.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

1.- Asiento 04 MEDIDA CAUTERLAR DE EMBARGPO EN FORMA DE INSCRIPCION dispuesta en el expediente Nº 01190-2020-55-1001-JR-CI-03 seguido por la CMAC HUANCAYO S.A. contra NINO YEFHRI MATEOS SOTOMAYOR sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO mediante resolución Nº 3 del 21 de abril del dos mil veintiuno, ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre el inmueble materia de la partida de propiedad del demandado hasta por la suma de S/.80,000.00 soles 5.-VALAOR DE .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación comercial que obra en autos esciente a la suma de en la suma de S/.42,345.30 soles y al cambio de $3.91 dólar resulta $10,830.00 dólares americanos 6.

¿Cuáles son las bases del remate judicial en CUSCO?

PRIMERA CONVOCATORIA : Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de S/.28,230.20 soles y al cambio en dólares la suma de $7,220.00 dólares .-SEGUNDA CONVOCATORIA : La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%. · TERCERA CONVOCATORIA : La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en el 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta. 7.- OBLAJE : Los Postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante deposito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del reglamento de la ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente.
8.-PUBLICACION: Procédase a la publicación de los avisos del réntate en el PORTAL WEB del poder Judicial a través del aplicativo informático del REMA@ju por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución.
9.- FÍJESE LOS CARTELES en la vitrina del local del juzgado y en el inmueble a rematar con cuyo fin apersónese al día siguiente de su notificación a horas dos de la tarde debiendo de anunciarse por seguridad de la sede la Florida.