Tasación:$ 3,240.00. Precio Base:$ 2,160.00. Incremento entre ofertas:$ 6.48. Arancel:S/. 230.00. Oblaje:$ 324.00. Distrito Judicial: LIMA NORTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: CARABAYLLO.
Partida Registral: 13509818 Tipo Inmueble: Estacionamiento Dirección: Av. San Lorenzo Nº 150, Estacionamiento N° 154 – Primer Piso, Urbanizacion los Parques de Carabayllo – Segunda Etapa Porcentaje a Rematar: 100 %. Publicación e Inscripcion: 15/03/2022 - 24/03/2022. Validación de Inscripción: 25/03/2022 - 29/03/2022. Presentación de Ofertas: 30/03/2022 - 31/03/2022 . Pago Saldo: 01/04/2022 - 05/04/2022. Validación del Saldo: 06/04/2022 - 08/04/2022.
Expediente: 07415-2017-0-1817-JR-CO-15. Distrito Judicial: Lima. Órgano Jurisdisccional: 15°juzgado Civil-comercial. Instancia: Juzgado Especializado. Juez: Hidalgo Chavez, Jose Miguel. Especialista: Pachas Lopez, William German. Materia: Ejecucion de Garantias. Resolución: 24. Fecha Resolución: 21/10/2021. Tipo Cambio: S/. 3.688 a la Fecha 11/03/2022 Según la SBS.
Detalle del remate judicial
DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERUResolución Nro. VEINTICUATRO Lima, veintiuno de octubre Del dos mil veintiuno.- Dado cuenta en la fecha el escrito con código de ingreso 95045-2021 presentado por la demandante BANCO DE CREDITO DEL PERÚ a través de la Mesa de Partes Electrónica: Al principal y primer otrosí: con los aranceles judiciales, copia literal y certificado de gravamen que se adjuntan, téngase presente; y: ATENDIENDO: PRIMERO: Estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte del ejecutante, y teniendo presente el artículo 731º del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente:"Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia". Al respecto tenemos que mediante la resolución número 20 de fecha 17/05/2021 se aprobó el informe pericial de valorización del inmueble sub litis, por ende corresponde proceder a la convocatoria de remate electrónico. SEGUNDO: Estando a las nuevas implementaciones respecto del sistema de Remate Judicial Electrónico – REM@JU, se deberá proceder conforme a las siguientes consideraciones, debiendo atenderse además, de acuerdo a la programación automática del remate electrónico en sus tres convocatorias. TERCERO: El artículo 13 de la Ley N° 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. CUARTO: Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto; RESUELVO:
CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate del inmueble hipotecado sito en AV. SAN LORENZO Nº 150, ESTACIONAMIENTO N° 154 – PRIMER PISO, URBANIZACION LOS PARQUES DE CARABAYLLO – SEGUNDA ETAPA, DISTRITO DE CARABAYLLO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, inscrito en la PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 13509818 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA, con las siguientes precisiones:
1. En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO.
2. DESCRIPCIÓN: Se trata de un estacionamiento sin techar ubicado en el primer piso de una edificación de 5 pisos. Área de terreno 6.52m2. Estado de conservación bueno. En el entorno se ubican viviendas unifamiliares y multifamiliares, siendo las principales vías de acceso la Panamericana Norte y las avenidas José Saco Rojas y Perimétrica.
3.
Valor de tasacion
COMERCIAL: US$/. 3,240.00 Dólares Americanos.4. BASE DE LA POSTURA
EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a US$/. 2,160.00 Dólares Americanos.
EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$/. 1,836.00 Dólares Americanos.
EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$/. 1,560.60 Dólares Americanos.
5.
Cargas y gravamenes
HIPOTECA: Registrada en el asiento D00002 de la Partida N° 13509818 a favor del BANCO DE CREDITO DE PERÚ hasta por la suma de S/. 210,916.00 Soles.
6. OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17° del Reglamento de la Ley N°30229; y el arancel judicial correspondiente.
7. PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15° de la Ley N° 30229, una vez que las partes ejecutadas no hayan formulado oposición dentro del término del tercer día de notificados.
FÍJESE POR ÚNICA VEZ los Carteles de Remate en: (i) vitrina del local del Juzgado a través de la especialista legal de actos externos. (ii) en el inmueble sub-litis, a través del encargado del REM@JU de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
Al tercer y cuarto otrosíes: Téngase presente. Avocándose al conocimiento de proceso la Juez que suscribe por disposición superior