domingo, 11 de septiembre de 2022
Remate de Departamento BBVA en Callao Bellavista Precio Base S/ 123010 🏡
Inmueble ubicado en la Sección N 2, Calle O, Manzana H, Lote 42, Urbanización Confecciones Militares, distrito de Bellavista, Provincia Tasación: S/. 184,515.37. Precio Base: S/. 123,010.25 . Incremento entre ofertas: S/. 369.03. Arancel: S/. 460.00. Oblaje: S/. 18,451.54.. Distrito Judicial: CALLA…
Tasación: S/. 184,515.37. Precio Base: S/. 123,010.25. Incremento entre ofertas: S/. 369.03. Arancel: S/. 460.00. Oblaje: S/. 18,451.54.. Distrito Judicial: CALLAO. Departamento: CALLAO. Provincia: CALLAO. Distrito: BELLAVISTA.
Partida Registral: 70423227 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: La Sección N° 2, Calle O, Manzana H, Lote 42, Urbanización Confecciones Militares, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
---|---|---|
Publicación e Inscripcion | 09/09/2022 | 18/09/2022 |
Validación de Inscripción | 19/09/2022 | 21/09/2022 |
Presentación de Ofertas | 22/09/2022 | 23/09/2022 |
Pago Saldo | 26/09/2022 | 28/09/2022 |
Validación del Saldo | 29/09/2022 | 03/10/2022 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 8572
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
- Remate Judicial Banco de Terreno Rural en San Martin Picota Precio Base S/ 46548
- Remate Judicial Banco en San Martin Picota de Terreno Rural Precio Base S/ 9613
- REM@JU Casa en Venta en Comas Lima Precio Base $ 90170
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en CALLAO?
DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU,RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO Miraflores, nueve de diciembre de dos mil veintiuno
Dando cuenta el escrito de fecha 3 de noviembre de 2021 presentado por la parte demandante, al principal, con los aranceles judiciales, copia literal y certificado de gravamen que se adjuntan a los autos, téngase presente, estando a lo solicitado por el ejecutante y; Atendiendo: PRIMERO: Estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte del ejecutante, y teniendo presente el artículo 731 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia", SEGUNDO: Estando al estado del proceso –etapa de ejecución forzada - y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo N° 12 de la Ley N° 30229 y Articulo 13 del Reglamento de la citada Ley. TERCERO: El artículo 13 de la Ley N° 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. CUARTO: Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto. SEDE COMERCIALES, Juez:GAMERO VILDOSO Luis Miguel FAU 20159981216 soft Fecha: 10/12/2021 08:32:39,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:CABANILLAS DULANTO JACQUELINE /Servicio Digital - Poder Judicial del Perú Fecha: 10/12/2021 09:00:56,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SE RESUELVE:
1. CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA de los siguientes inmuebles hipotecados:
2. En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos:
1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en la SECCIÓN N° 1 CALLE O, MANZANA H, LOTE 42, URBANIZACION CONFECCIONES MILITARES, DISTRITO DE BELLAVISTA, PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, inscrito en la Partida Electrónica N° 70423226 de los Registros Públicos del Callao.
a) .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
- En el Asiento D00007 de la Partida N° 70423226 de los Registros Públicos del Callao, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco BBVA Perú hasta por la suma de US$142,857.14, en conjunto con otro inmueble, a fin de garantizar las obligaciones que tiene con el mencionado banco.b) .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
En autos asciende a la suma de S/. 300,475.34 (TRESCIENTOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 34/100 SOLES).b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 200,316.89. b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 170,269.36. b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 144,728.96.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónicos Judiciales del Callao y a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate.
1.2 DESCRIPCION: inmueble ubicado en la SECCIÓN N° 2, CALLE O, MANZANA H, LOTE 42, URBANIZACIÓN CONFECCIONES MILITARES, DISTRITO DE BELLAVISTA, PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, inscrito en la Partida Electrónica N° 70423227 de los Registros Públicos del Callao.
a) .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
• En el Asiento D00005, rectificada en el asiento D00006 de la Partida N° 70423227 de los Registros Públicos del Callao, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco BBVA Perú hasta por la suma de US$142,857.14, en conjunto con otro inmueble, a fin de garantizar las obligaciones que tiene con el mencionado banco.b) .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
En autos asciende a la suma de S/. 184,515.37 (CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS QUINCE CON 37/100 SOLES).b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 123,010.25. b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/ 104,558.71. b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 88,874.90.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónicos Judiciales del Callao y a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate. 3. Notificar.
3°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL EXPEDIENTE : 07431-2021-0-1817-JR-CO-03 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : GAMERO VILDOSO, LUIS MIGUEL ESPECIALISTA : CABANILLAS DULANTO, JACQUELINE DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU,
Resolución Nro. SEIS Miraflores, diecinueve de enero de dos mil veintidós
Dado cuenta en la fecha el escrito del día 7 de enero de 2022 presentado por el demandante; al principal: téngase presente lo expuesto; y, advirtiéndose que al momento de emitirse la providencia cinco se ha incurrido en error material al indicar en el punto 1.2 del rubro a) Cargas y gravámenes, lo siguiente:
"En el Asiento D00005, rectificada en el asiento D00006 de la Partida N° 70423227 de los Registros Públicos del Callao, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco BBVA Perú hasta por la suma de US$142,857.14, en conjunto con otro inmueble, a fin de garantizar las obligaciones que tiene con el mencionado banco.";
Conforme a lo prescrito en el artículo 407 del Código Procesal Civil se dispone corregir la mencionada providencia siendo lo CORRECTO:
"En el Asiento D00007 de la Partida N° 70423227 de los Registros Públicos del Callao, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco BBVA Perú hasta por la suma de US$142,857.14, en conjunto con otro inmueble, a fin de garantizar las obligaciones que tiene con el mencionado banco";
Formando parte INTEGRANTE de la providencia cinco de fecha 9 de diciembre de 2021, notificar.
SEDE COMERCIALES, Juez:GAMERO VILDOSO Luis Miguel FAU 20159981216 soft Fecha: 20/01/2022 09:08:58,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:CABANILLAS DULANTO JACQUELINE /Servicio Digital - Poder Judicial del Perú Fecha: 20/01/2022 09:43:02,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE

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