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Remate Judicial Banco de Deposito en Santiago de Surco Lima Precio Base $ 2688
miércoles, 21 de septiembre de 2022
Remate Judicial Banco de Deposito en Santiago de Surco Lima Precio Base $ 2688 🏡
Depposito de un Ambiente Tasación: $ 4,032.00. Precio Base: $ 2,688.00 . Incremento entre ofertas: $ 8.06. Arancel: S/. 230.00. Oblaje: $ 403.20.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTIAGO DE SURCO . Partida Registral: 11695825 Tipo Inmueble: DEPOSITO. Direcc…
Tasación: $ 4,032.00. Precio Base: $ 2,688.00. Incremento entre ofertas: $ 8.06. Arancel: S/. 230.00. Oblaje: $ 403.20.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTIAGO DE SURCO.
Partida Registral: 11695825 Tipo Inmueble: DEPOSITO. Dirección: Depósito Nº 6 (semisótano) Av. Monterrico Chico Nº 123; Urbanización Juanpablo de Monterrico Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
---|---|---|
Publicación e Inscripcion | 22/09/2022 | 01/10/2022 |
Validación de Inscripción | 03/10/2022 | 05/10/2022 |
Presentación de Ofertas | 06/10/2022 | 07/10/2022 |
Pago Saldo | 10/10/2022 | 12/10/2022 |
Validación del Saldo | 13/10/2022 | 17/10/2022 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 8700
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?
DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA,Resolución 14 Lima, veintiuno de enero Del dos mil veintidós Dado cuenta al escrito Nº 238969-2021 presentado por Scotiabank Perú SAA: con el arancel y la partida registral que se adjunta y con el arancel judicial y las partidas registrales que se adjuntan y ATENDIENDO:
PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731° del Código Procesal Civil modif icado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 1 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial;
- SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria 1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos:
a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (…) ;
SEDE COMERCIALES, Juez:CALLE TAGUCHE Ricardo Luis FAU 20159981216 soft Fecha: 21/01/2022 16:10:31,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:ALARCON ROJAS Soledad Elizabeth FAU 20159981216 soft Fecha: 21/01/2022 17:46:05,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE Electrónico se declarara desierto.
-TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 – el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación.
- CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente.
--QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL – REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Av. Monterrico Chico 121, departamento 202, Segundo Piso, Urbanización Juan Pablo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima inscrito en la Partida Electrónica N° 11695837 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima. 1.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 1.3 CARGA Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
1.3.1 Hipoteca: en el Asiento D00005 Partida Electrónica N° 11695837 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca en conjunto con otros inmuebles por Claudia Adela Malca Torres y Jorge Antonio Lazaro Alfonzo a favor del Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de US$ 194,791.04 Dólares Americanos. 1.3.2 Embargo: en el Asiento D00006 Partida Electrónica N° 11695837 de la Zona Registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito un embargo en forma de inscripción por el 13º Juzgado Comercial de Lima hasta por la suma de S/. 50,000.00 en el proceso cautelar seguido por el Banco Internacional del Perú – Interbank contra Jorge Antonio Lazaro Alfonzo en el expediente Nº 11648-2014-57-1817-JR-CO-13. 1.3.3 Embargo: en el Asiento D00007 Partida Electrónica N° 11695837 de la Zona Registral IX Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito un embargo en forma de inscripción por el 8º Juzgado Comercial de Lima hasta por la suma de S/. 50,000.00 en el proceso cautelar seguido por el banco GNB en el expediente Nº 01706-2015- 8-1817-JR-CO-08 1.4 .¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 149,136.50 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS Y 50/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
1.6 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 99,424.33 (NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO Y 33/100 DOLARES AMERICANOS) 1.7 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 84,510.68 (OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIEZ Y 68/100 DOLARES AMERICANOS) 1.8 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 71,834.08 (OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 08/100 DOLARES AMERICANOS)2) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL – REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 2.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento Nº 8 (semi sótano), Av. Monterrico Chico Nº 123, Urbanización San Juan Pablo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima inscrito en la Partida Electrónica N° 11695812 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima. 2.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 2.3 CARGA Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
2.3.1 Hipoteca: en el Asiento D00005 Partida Electrónica N° 11695812 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca en conjunto con otros inmuebles por Claudia Adela Malca Torres y Jorge Antonio Lazaro Alfonzo a favor del Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de US$ 194,791.04 Dólares Americanos. 2.4 .¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 12,600.00 (DOCE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
2.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 8,400.00 (OCHO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 7,140.00 (SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). 2.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 6,069.00 (SEIS MIL SESENTA Y NUEVE Y 00/100 DOLARES AMERICANOS).3) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL – REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 3.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Area Libre Exterior Nº 2 (Primer Piso), con frente a la Av. Monterrico Chico, Urbanización Juan Pablo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima inscrito en la Partida Electrónica N° 11695832 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima. 3.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 3.3 CARGA Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
3.3.1 Hipoteca: en el Asiento D00003 Partida Electrónica N° 11695832 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca en conjunto con otros inmuebles por Claudia Adela Malca Torres y Jorge Antonio Lazaro Alfonzo a favor del Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de US$ 194,791.04 Dólares Americanos. 3.4 .¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 14,874.30 (CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 30/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
3.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 9,916.20 (NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y 20/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 8,428.77 (OCHO MIL CUATROSCIENTOS VEINTIOCHO Y 77/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 7,164.45 (SIETE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 45/100 DOLARES AMERICANOS)4) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL – REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 4.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Depósito Nº 6 (Semi Sótano) Av. Monterrico Chico Nº 123; urbanización Juan Pablo de Monterrico, Distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima inscrito en la Partida Electrónica N° 11695825 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima. 4.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 4.3 CARGA Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
4.3.1 Hipoteca: en el Asiento D0003 Partida Electrónica N° 11695825 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca en conjunto con otros inmuebles por Claudia Adela Malca Torres y Jorge Antonio Lazaro Alfonzo a favor del Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de US$ 194,791.04 Dólares Americanos. 4.4 .¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 4,032.00 (CUATRO MIL TREINTA Y DOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
4.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 2,688.00 (DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 2,284.80 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 80/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 1,942.08 (MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 08/100 DOLARES AMERICANOS) 5) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del Regl amento de la Ley 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 6) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 7) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna y bajo responsabilidad. Reasumiendo sus funciones el Señor Juez Titular que suscribe.- 8) Advirtiéndose otras afectaciones en los inmuebles materia de litis ofíciese al 08 y 13 Juzgados Comercial de Lima a fin de poner en su conocimiento lo dispuesto por este despacho. Interviene el señor Juez y la especialista legal que da cuenta, mediante el sistema de trabajo remoto autorizado por Resolución Administrativa N° 000150- 2020-P- CSJLI, de fecha 06 de abril del año 2020.17° JUZGADO CIVIL-COMERCIAL EXPEDIENTE : 10054-2020-0-1817-JR-CO-17 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : CALLE TAGUCHE, RICARDO LUIS ESPECIALISTA : ALARCON ROJAS, SOLEDAD DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA,
Resolución 16 Lima, cinco de abril Del dos mil veintidós Dado cuenta al escrito Nº 60777-2022 presentado por Scotiabank Perú SAA: Atendiendo: Primero: Que, las normas contenidas en nuestro ordenamiento procesal son de carácter imperativo y de carácter obligatorio, conforme lo dispone el artículo IX del Titulo Preliminar del Código Procesal Civil;
- Segundo: Que, conforme lo dispone el artículo 407 del mismo cuerpo legal, antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede, de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución;
- Tercero: Que mediante resolución catorce de fecha veintiuno de enero de dos mil veintidós se resuelve convocar a remate los tres inmuebles que allí se describen, precisándose que el inmueble número tres se encuentra ubicado en Area Libre Exterior Nº 2 (Primer Piso), con frente a la Av. Monterrico Chico, Urbanización Juan Pablo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima inscrito en la Partida Electrónica N° 11695832 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima; siendo su ubicación correcta Area Libre Exterior Nº 2 (Primer Piso), con frente a la Av. Monterrico Chico Nº 121 - 123, Urbanización Juan Pablo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima inscrito en la Partida Electrónica N° 11695832 de la Zona registra l IX Sede lima de los SEDE COMERCIALES, Juez:CALLE TAGUCHE Ricardo Luis FAU 20546303951 soft Fecha: 05/04/2022 16:35:57,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:ALARCON ROJAS Soledad Elizabeth FAU 20159981216 soft Fecha: 05/04/2022 16:51:04,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE Registros Públicos de Lima; asimismo en el precio base de la segunda convocatoria de dicho inmueble en letras se ha consignado la base de la postura en CUATROSCIENTOS VEINTIOCHO Y 77/100 DOLARES AMERICANOS, siendo lo correcto CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y 77/100 DOLARES AMERICANOS; por lo que siendo esto así, procédase a la CORRECCION de la resolución catorce y entiéndase que debe decir: 3) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL – REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 3.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Area Libre Exterior Nº 2 (Primer Piso), con frente a la Av. Monterrico Chico 121 - 123, Urbanización Juan Pablo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima inscrito en la Partida Electrónica N° 11695832 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima. 3.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 3.3 CARGA Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
3.3.1 Hipoteca: en el Asiento D00003 Partida Electrónica N° 11695832 de la Zona registral IX Sede lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca en conjunto con otros inmuebles por Claudia Adela Malca Torres y Jorge Antonio Lazaro Alfonzo a favor del Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de US$ 194,791.04 Dólares Americanos. 3.4 .¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 14,874.30 (CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 30/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
3.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 9,916.20 (NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y 20/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 8,428.77 (OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y 77/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 7,164.45 (SIETE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 45/100 DOLARES AMERICANOS) . Interviene el Juez y la especialista legal que da cuenta, mediante el sistema de trabajo remoto autorizado por Resolución Administrativa N° 000150- 2020-P-CSJLI, de fecha 06 de abril del año 2020.
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