jueves, 6 de abril de 2023

Casa en Remate Judicial BBVA en La Libertad La Esperanza Precio Base S/ 450565 🏡

I. Sobre el Terreno Matriz se Ha Subdividido en dos Sub Lotes Independizados, Uno con Frente a la Avenida Egipto N 1170, con uso de Vivienda de dos Tasación: S/. 675,848.47. Precio Base: S/. 450,565.65 . Incremento entre ofertas: S/. 1,351.70. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: S/. 67,584.85.. Distrito J… remateCasas
I. Sobre el Terreno Matriz se Ha Subdividido en dos Sub Lotes Independizados, Uno con Frente a la Avenida Egipto N 1170, con uso de Vivienda de dos
Tasación: S/. 675,848.47. Precio Base: S/. 450,565.65. Incremento entre ofertas: S/. 1,351.70. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: S/. 67,584.85.. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Departamento: LA LIBERTAD. Provincia: TRUJILLO. Distrito: LA ESPERANZA.
Partida Registral: P14167119 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Pueblo Joven la Esperanza, Sector Jerusalén, Barrio 2, Mz. 19 Lt. 12 Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion05/04/2023 14/04/2023
Validación de Inscripción17/04/2023 19/04/2023
Presentación de Ofertas20/04/2023 21/04/2023
Pago Saldo24/04/2023 26/04/2023
Validación del Saldo27/04/2023 03/05/2023
Expediente: 03610-2015-0-1601-JR-CI-06. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Órgano Jurisdisccional: 6° JUZGADO CIVIL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: MELENDEZ MOZZO JUAN CARLOS. Especialista: SEGUNDO JOSE MERCEDES AZAÑERO LEIVA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 35. Fecha Resolución: 01/09/2022

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10446
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LA LIBERTAD?

DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAAREPRESENTADO POR SUS APODERADOS JORGE FELIPE DE LA ROSA GONZALES OTOYA,
Resolución Nro. TREINTA Y CINCO Trujillo, primero de setiembre de dos mil veintidós.
AUTOS Y VISTOS, con los actuados y escrito N° 36363-2022 que antecede; AGRÉGUESE y CONSIDERANDO:
Del consentimiento de la resolución N° 34 PRIMERO: Mediante resolución número treinta y cuatro, se dispuso aprobar la tasación comercial del inmueble objeto de ejecución ubicado en Pueblo Joven La Esperanza, sector Jerusalén, Barrio 2, Mz. 19 Lt. 12 del distrito de La Esperanza-provincia de Trujillo-departamento de La Libertad; inscrito en la Partida N° P14167119. SEGUNDO: Dicha resolución fue correctamente notificada a las partes conforme a los cargos de notificación obrantes en el expediente; no obstante, el interesado no ha presentado recurso alguno por lo que corresponde declarar consentida la misma.
Del remate electrónico.- TERCERO: El artículo 731° del Código Procesal Civil, modificado por Ley N° 30229, que establece: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia", Autorizado el Servicio de Remates Electrónicos Judiciales – REM@JU en la Corte Superior de Justicia de La Libertad a partir del 28 de abril del 2021 mediante Resolución Administrativa Nº 262-2021-P-CSJLL-PJ. CUARTO: Asimismo, el artículo 13º de la Ley N° 30229 establece que, de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico; advirtiéndose que el pegado de cartel será realizado sólo una vez, antes de la fecha de remate en primera convocatoria, toda vez que luego de realizado el remate judicial en primera convocatoria, la segunda y tercera convocatoria es automática. TERCERO: Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya.
Por estas consideraciones y normas antes invocada; SE RESUELVE: 1. Declarar CONSENTIDA la resolución número treinta y cuatro del 09 de junio de 2022 que aprueba la tasación comercial y establece el valor comercial del inmueble en S/.675,848.47 soles. 2. CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente inmueble: a. PUEBLO JOVEN LA ESPERANZA, SECTOR JERUSALÉN, BARRIO 2, MZ. 19 LT. 12 DEL DISTRITO DE LA ESPERANZA-PROVINCIA DE TRUJILLO-DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, inscrito en la Partida N° P14167119 de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo. 3. En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos: INMUEBLE ubicado en PUEBLO JOVEN LA ESPERANZA, SECTOR JERUSALÉN, BARRIO 2, MZ. 19 LT. 12 DEL DISTRITO DE LA ESPERANZA-PROVINCIA DE TRUJILLO-DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, inscrito en la Partida N° P14167119 de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo.
a. DESCRIPCION: i. Sobre el terreno matriz se ha subdividido en dos sub lotes independizados, uno con frente a la Avenida Egipto N° 1170, con uso de vivienda de dos niveles, construido de material noble y otro con cerco de material noble con portón y una parte de techo liviano. ii. Distribución: • Primer piso: Consta de sala estar, sala, comedor, baño, dormitorio, escalera acceso al segundo piso. • Segundo piso: dormitorios, hall, lavandería, escalera de acceso al tercer piso – azotea. • área uso comercial: con uso lavadero, cochera, con cerco de material noble y techo liviano. iii. Área de terreno: 265.90 m2. El sublote de vivienda de dos piso cuenta con 83.40 m2 y el sub lote comercio cuenta con 182.50 m2. b.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

i. Asiento 00004; HIPOTECA, a favor de SCOTIABANK PERU SAA, hasta por la suma de S/.185,418.42 soles para garantizar un crédito otorgado por la suma de S/.111,000.00 soles. ii. Asiento 00005; EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de BBVA – BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$80,000.00 dólares americanos. iii. Asiento 00006; EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de MI BANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA SAC, hasta por la suma de S/.27,000.00 soles. c.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En la suma de S/.675,848.47 soles. d. EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada automáticamente por REMAJU. e. EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada automáticamente por REMAJU. f. EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada automáticamente por REMAJU. 4. OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de las tasaciones mencionadas en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente, según corresponda. 5. PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15° de la Ley N° 30229, y FIJESE los avisos de remate en el local del juzgado e inmueble sub litis, de conformidad con el artículo 733° del Código Procesal Civil; este último LIBRESE exhorto al Juzgado Civil de La Esperanza. 6. Asimismo, REQUIÉRASE al ejecutante cumpla con precisar domicilio de los acreedores inscritos BBVA – BANCO CONTINENTAL y MI BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA SAC, bajo su responsabilidad en la demora. Notifíquese conforme a ley.