Tasación: S/. 240,001.83. Precio Base: S/. 160,001.22. Incremento entre ofertas: S/. 480.00. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 24,000.18.. Distrito Judicial: ICA. Departamento: ICA. Provincia: CHINCHA. Distrito: CHINCHA ALTA.
Partida Registral: 11002362 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Inmueble Ubicado En Avenida Mariscal Castilla N� 169 � Interior 11, Departamento Segundo Piso Residencial Letra K Secci�n 12, Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, Inscrito En la Partida N� 11002362 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N� Xi � Sede Ica � Oficina Registral de Chincha. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
---|---|---|
Publicación e Inscripcion | 16/11/2024 | 25/11/2024 |
Validación de Inscripción | 26/11/2024 | 28/11/2024 |
Presentación de Ofertas | 29/11/2024 | 30/11/2024 |
Pago Saldo | 02/12/2024 | 04/12/2024 |
Validación del Saldo | 05/12/2024 | 11/12/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 16331
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?
DEMANDANTE : BANCO BBVA PERUResolución N� 04. Chincha Alta, diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. A los escritos digitales ingresados en fecha 22 de noviembre de 2022 y 05 de enero de 2023, respectivamente, del abogado del Banco ejecutante, a fin de que se continúe con el trámite del proceso. VISTOS y, considerando: PRIMERO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 731 del Código Procesal Civil, modificado por Ley N� 30229, que establece: �Aprobada la tasación o siendo innecesaria ésta, el Juez convocará a remate. SEGUNDO: El Remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU), si no existe oposición de ninguna de las partes o terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�. TERCERO: Estando al estado del proceso -etapa de ejecución forzada- y verificándose que dicha solicitud (de fecha 22 de noviembre de 2022, cumple con los requisitos señalados en el artículo N� 12 de la Ley N� 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada ley; SE RESUELVE: 1.- CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos de que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien inmueble hipotecado: 2.- En caso de declararse Desierta la convocatoria en PRIMER REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO, convóquese AUTOMÁTICAMENTE, por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos: a) DESCRIPCIÓN: Inmueble Ubicado en Avenida Mariscal Castilla N� 16 9 � Interior 11, departamento Segundo Piso residencial letra k Sección 12, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, inscrito en la Partida N� 1100 2362 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N� XI � Sede Ica � Oficina Reg istral de Chincha. b) CARGAS Y GRAVÁMENES: En el Asiento D0007 de la Partida N� 11002362, Hipo teca Registrada. c) TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA: En los presentes actuados asciende a US$ 66,482.50 (Sesenta y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos con 50/100 Dólares Americanos) ó S/ 240,001.83 (Doscientos Cuarenta Mil uno con 83/100 Soles). 2
c.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 160,001.22 (Ciento Sesenta Mil Uno con 22/100 Soles. c.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la misma de la primera convocatoria reducida en un 15%, esto es, S/. 136,001.037 (Ciento Treinta y Seis Mil Uno con 037/100 Soles). c.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la misma de la segunda convocatoria reducida en un 15%, esto es, S/. 115,601.2144 (Ciento Quince Mil Seiscientos Uno con 21/100 Soles). d) OBLAJE: Se deberá oblar el 10 % de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17 del Reglamento de la Ley N� 30229; FÍJESE: los carteles en el Local del Juzgado y en el inmueble sub Litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales de Ica. f) ASIMISMO: Conforme a la naturaleza del presente acto procesal, NOTIFÍQUESE a los ejecutados y a los terceros ocupantes del inmueble con copia de la presente resolución y escrito respectivo.