Tasación: S/. 2,528,564.78. Precio Base: S/. 1,685,709.85. Incremento entre ofertas: S/. 5,057.13. Arancel: S/. 1,100.00. Oblaje: S/. 252,856.48.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SURQUILLO.
Partida Registral: 13678209 Tipo Inmueble: OFICINA. Dirección: Oficina Administrativa N� 201 � Segundo Piso � Bloque I y Ii, Avenida Sergio Bernales N� 585, Urbanizaci�n Barrio M�dico Porcentaje a Rematar: 100 %
| Remate judicial | Desde | Hasta |
|---|---|---|
| Publicación e Inscripcion | 17/01/2026 | 26/01/2026 |
| Validación de Inscripción | 27/01/2026 | 29/01/2026 |
| Presentación de Ofertas | 30/01/2026 | 31/01/2026 |
| Pago Saldo | 02/02/2026 | 04/02/2026 |
| Validación del Saldo | 05/02/2026 | 09/02/2026 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 21714
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?
DEMANDANTE : BANCO PICHINCHAResolución Nro. VEINTICUATRO Lima, 28 de octubre de 2025. � Dado cuenta en la fecha el escrito con código de ingreso 257914- 2025, presentado el 02 de setiembre de 2025 por la ejecutante BANCO PICHINCHA: Al principal y otrosíes: Con los documentos registrales, el arancel judicial y las cédulas de notificaciones que se adjuntan, téngase presente; y: ATENDIENDO: Primero: Mediante la resolución N� 22, de fecha 12 de agosto de 2025, se corrió traslado a las partes del informe pericial de valorización de los inmuebles sub litis dados en garantía hipotecaria. Dicho informe ha sido elaborado por las peritas tasadoras Bertha Madrid Chumacero y María Teresa Ramírez Gallegos. Segundo: De los cargos de notificaciones que obran en las páginas 1108 a 1112 y 1430 a 1431, se evidencia que las partes han sido válidamente notificadas con el informe pericial de valorización y la resolución N� 22, no habiéndose efectuado ninguna observación. Tercero: En principio, corresponde señalar que, mediante Resolución N� 20, de fecha 27 de mayo de 2025, se dispuso la reprogramación de la diligencia de inspección de los inmuebles con la participación de las peritas tasadoras, requiriéndose a los ejecutados y ocupantes de los mismos para que brinden las facilidades necesarias para el ingreso a dichos inmuebles. De la revisión de los cargos de notificaciones que obran en las páginas 818 a 822 y 868 a 885, se verifica que tanto los ejecutados como los ocupantes fueron válidamente notificados con la mencionada resolución. Cuarto: De las Actas de Diligencia de Inspección, que obran en las páginas 862, 867 y 1102, se advierte que a las peritas tasadoras únicamente se les otorgó facilidades para el ingreso a seis (06) estacionamientos; sin embargo, no se permitió el ingreso a la oficina administrativa ni a la vivienda unifamiliar, lo que se encuentra corroborado con la documentación fotográfica adjunta al informe pericial. Quinto: De la verificación del informe pericial de valorización que obra en las páginas 888 a 1097, se verifica que las peritas tasadoras han dejado constancia que el método empleado es el de tasación directa, basado en los lineamientos establecidos por el Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú aprobado mediante la R.M. N� 172-2016- Página 2 de 11
VIVIENDA y sus modificatorias. Refieren que dicho método consiste en la determinación del valor de los componentes físicos de los inmuebles, mediante el acopio de información, inspección ocular y toma de muestras fotográficas que han anexado al informe pericial. Sexto: Asimismo, en el informe pericial se han consignado los linderos y medidas perimétricas de los inmuebles, así como las áreas de los terrenos, información que emerge de lo consignado en las correspondientes Partidas Electrónicas del Registro de Predios de Lima. Asimismo, han consignado todas las características que poseen las edificaciones, así como la infraestructura de los servicios urbanos referidos a redes de agua potable, desag�e, energía eléctrica y vía vehicular. En cuanto a la antig�edad respecto de la oficina administrativa y los estacionamientos, consideran que es de 11 años; mientras que la vivienda unifamilar estiman que tiene 46 años de antig�edad. En cuanto al estado de conservación de los inmuebles, han clasificados a todos como buenos. Coligiéndose, por ende, que la pericia debe ser aprobada en todos sus extremos. Séptimo: De otro lado, la ejecutante solicita la convocatoria a remate electrónico de los inmuebles sub litis. Al respecto debe señalarse que si bien es cierto que el artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por el artículo 3� de la Ley 32297, ahora dispone lo siguiente: �Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU), de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 30229, Ley que adecúa el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales, y que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo�. Octavo: Cierto es también que, en el caso en concreto, el proceso se encuentra en etapa de ejecución forzada desde antes que se publicara la modificación antes señalada, por ende, en aplicación de la Segunda Disposición Final del Código Procesal Civil, se deben seguir aplicando las normas procesales anteriores a la modificación legislativa, a todos los actos procesales que cuenten con principio de ejecución. Noveno: Por tanto, en el caso en concreto, la convocatoria del remate electrónico, debe ordenarse conforme al texto que tenía el artículo 731� del Código Procesal Civil, hasta antes de su modificación por la Ley N� 32297. En armonía con lo anterior, la convocatoria del remate electrónico, debe seguirse conforme al procedimiento que establecía en la Ley N� 30229, hasta antes de su modificación por la Ley N� 32297. Décimo: En atención a lo anterior se precisa que la ejecución del remate electrónico judicial se efectúa a través del aplicativo REM@JU, del portal web del Poder Judicial, consistente en la colocación de ofertas que los usuarios postores ofrezcan. El acto de Página 3 de 11
remate electrónico judicial del bien se realiza en un lapso de veinticuatro horas, en mérito a los lineamientos establecidos en la Ley N� 30229. Décimo primero: Una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 de la Ley N� 30229, el secretario judicial de la causa publicará en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo 15 de la ley referida, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate electrónico. Décimo segundo: Acorde a las implementaciones respecto del sistema de Remate Judicial Electrónico � REM@JU, se deberá proceder conforme a ellas, debiendo además atenerse a la programación automática del remate electrónico en sus tres convocatorias. En tal sentido, el artículo 13 de la Ley N� 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU automáticamente reprogramará una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procederá automáticamente a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. Décimo tercero: Finalmente, en el caso que hubiere adjudicación de los bienes materia de remates, los adjudicatarios deben depositar el saldo del precio, dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 de la Ley N� 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad de los remates, con pérdida del monto por oblaje, como concepto de multa e inhabilitación para participar como usuario postor en el Remate Electrónico Judicial (REM@JU) por el plazo de un año, con la correspondiente anotación en el registro de remates electrónicos judiciales y publicidad a nivel nacional por el periodo de inhabilitación, conforme lo estipulan los artículos 16, 17 y 18 inciso b) de la citada Ley. Por las razones que anteceden, no habiéndose formulado observación alguna y de conformidad con los artículos 730 y 731del Código Procesal Civil: SE RESUELVE: 1) APROBAR el informe pericial de valorización que obra en las páginas 888 a 1097, que determina el valor comercial de los ocho (08) inmuebles sub litis conforme al siguiente detalle: - - - - Calle Batallón Concepción N� 189, Casa B (Vivienda Unifamiliar, Pasaje Peatonal N� 189 � 2, San Francisco Interior 189�2), Urb. Santa Teresa - Distrito de Santiago de Surco � Provincia y Departamento de Lima; inscrito Página 4 de 11
en la Partida Electrónica N� 44659808 del Registro de Predios de Lima. Tasado comercialmente en S/ 2�789,951.49 soles. - - - - Oficina Administrativa N� 201 � Segundo Piso � Bloque I y II, Avenida Sergio Bernales N� 585, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678209 del Registro de Predios de Lima. Tasado comercialmente en S/ 2�528,564.78 soles. - - - - Estacionamiento N� 08 � Planta Mezzanine � Bloque I, Avenida Sergio Bernales N� 589, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678193 del Registro de Predios de Lima. Tasado comercialmente en S/ 49,696.83 soles. - - - - Estacionamiento N� 13 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 595, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678165 del Registro de Predios de Lima. Tasado comercialmente en S/ 52,066.77 soles. - - - - Estacionamiento N� 14 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 595, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678166 del Registro de Predios de Lima. Tasado comercialmente en S/ 45,445.71 soles. - - - - Estacionamiento N� 15 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 595, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678167 del Registro de Predios de Lima. Tasado comercialmente en S/ 48,276.11 soles. - - - - Estacionamiento N� 25 � Sótano 1 � Bloque I, Avenida Sergio Bernales N� 581, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678180 del Registro de Predios de Lima. Tasado comercialmente en S/ 47,799.46 soles. - - - - Estacionamiento N� 26 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 581, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678181 del Página 5 de 11
Registro de Predios de Lima. Tasado comercialmente en S/ 54,764.54 soles. 2) CONVOCAR a primer remate electrónico (REM@JU), los inmuebles sub litis antes descritos. En caso de declarase desierta las convocatorias en primer remate electrónico judicial, convóquese automáticamente al segundo remate electrónico judicial. Si la segunda convocatoria también queda desierta, convóquese automáticamente al tercer remate electrónico judicial.
En consecuencia, se procede a detallar cada uno de los inmuebles con sus respectivas cargas y gravámenes, tasación comercial y bases que servirán para las convocatorias, con las siguientes precisiones:
Calle Batallón Concepción N� 189, Casa B (Vivienda Unifamiliar, Pasaje Peatonal N� 189 � 2, San Francisco Interior 189�2), Urb. Santa Teresa - Distrito de Santiago de Surco � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 44659808 del Registro de Predios de Lima:
Descripción: De acuerdo a la tasación, se trata de un inmueble casa tipo quinta, al que se accede desde la calle por un pasaje de uso común ubicado a 37.35 m2 de la vía pública. Área ocupada de 626.92 m2 y área techada de 300 m2. Antig�edad de la edificación 46 años. Estado de conservación bueno. Se accede por las Av. Caminos del Inca, Av. Benavides y la autopista Panamericana Sur. Tasación comercial: Asciende a S/ 2�789,951.49 soles. Precio base del remate para las tres convocatorias: � Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 1�859.967.66 soles. � Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a S/ 1�580,972.51 soles. � Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a S/ 1�343,826.63 soles. Cargas y gravámenes: De acuerdo a la copia literal y certificado de gravamen adjuntados por la ejecutante, el inmueble tiene las siguientes afectaciones: Página 6 de 11
� Hipoteca registrada en el asiento D00004 a favor de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO DEL PERU), hasta por la suma de US$ 942,227.00 dólares americanos. � Embargo en forma de inscripción, registrado en el Asiento D00006, ordenado por el 11� Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, hasta por el monto de US$ 51,920.00 dólares americanos. En el expediente N� 7390-2018, sobre medida cautelar. OFICIESE a la mencionada judicatura, remitiéndose copia certificada de la presente resolución, para su conocimiento y fines pertinentes. � Embargo en forma de inscripción, registrado en el Asiento D00007, ordenado por el 3� Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, hasta por el monto de S/ 463,023.00 soles. En el expediente N� 09560- 2017, sobre medida cautelar. OFICIESE a la mencionada judicatura, remitiéndose copia certificada de la presente resolución, para su conocimiento y fines pertinentes.
Oficina Administrativa N� 201 � Segundo Piso � Bloque I y II, Avenida Sergio Bernales N� 585, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678209 del Registro de Predios de Lima:
Descripción: De acuerdo a la tasación, se trata de una oficina que ocupa todo un 2� piso en las torres A y B de un edificio de 19 pisos y azotea, donde se tienen otros departamentos. El edificio tiene un mezanine y 4 sótanos de estacionamientos. Área techada de 561.68 m2. Antig�edad de la edificación 11 años. Estado de conservación bueno. Se accede por las Av. República de Panamá, Av. Angamos Este y a la Av. Tomas Marsano. Tasación comercial: Asciende a S/ 2�528,564.78 soles. Precio base del remate para las tres convocatorias: � Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 1�685,709.85 soles. � Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a S/ 1�432,853.38 soles. � Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a S/ 1�217,925.37 soles. Página 7 de 11
Cargas y gravámenes: De acuerdo a la copia literal y certificado de gravamen adjuntados por la ejecutante, el inmueble tiene las siguientes afectaciones: � Hipoteca registrada en el asiento D00004 a favor de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO DEL PERU), hasta por la suma de US$ 1�398,449.91 dólares americanos.
Estacionamiento N� 08 � Planta Mezzanine � Bloque I, Avenida Sergio Bernales N� 589, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678193 del Registro de Predios de Lima.
Descripción: De acuerdo a la tasación, se trata de un estacionamiento que ha sido cerrado hacia el lado derecho con drywall, constituyendo hoy un espacio cerrado, al cual se accede a través de una puerta metálica con ingreso desde el mezanine de estacionamientos, se desconoce su uso. Área ocupada y techada 14.04 m2 Tasación comercial: Asciende a S/ 49,696.83 soles. Precio base del remate para las tres convocatorias: � Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 33,131.22 soles. � Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a S/ 28,161.54 soles. � Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a S/ 23,937.31 soles. Cargas y gravámenes: De acuerdo a la copia literal y certificado de gravamen adjuntados por la ejecutante, el inmueble tiene las siguientes afectaciones: � Hipoteca registrada en el asiento D00004 a favor de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO DEL PERU), hasta por la suma de US$ 17,389.94 dólares americanos.
Estacionamiento N� 13 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 595, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678165 del Registro de Predios de Lima. Página 8 de 11
Descripción: De acuerdo a la tasación, se trata de un estacionamiento simple ubicado en el sótano 1. Área techada y ocupada 14.71 m2. Tasación comercial: Asciende a S/ 52,066.77 soles. Precio base del remate para las tres convocatorias: � Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 34,711.18 soles. � Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a S/ 29,504.50 soles. � Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a S/ 25,078.83 soles. Cargas y gravámenes: De acuerdo a la copia literal y certificado de gravamen adjuntados por la ejecutante, el inmueble tiene las siguientes afectaciones: � Hipoteca registrada en el asiento D00004 a favor de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO DEL PERU), hasta por la suma de US$ 18,219.81 dólares americanos.
Estacionamiento N� 14 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 595, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678166 del Registro de Predios de Lima.
Descripción: De acuerdo a la tasación, se trata de un estacionamiento simple ubicado en el sótano 1. Área ocupada y techada 12.84 m2. Tasación comercial: Asciende a S/ 45,445.71 soles. Precio base del remate para las tres convocatorias: � Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 30,297.14 soles. � Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a S/ 25,752.57 soles. � Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a S/ 21,889.68 soles. Cargas y gravámenes: De acuerdo a la copia literal y certificado de gravamen adjuntados por la ejecutante, el inmueble tiene las siguientes afectaciones: Página 9 de 11
� Hipoteca registrada en el asiento D00004 a favor de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO DEL PERU), hasta por la suma de US$ 15,903.62 dólares americanos.
Estacionamiento N� 15 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 595, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678167 del Registro de Predios de Lima.
Descripción: De acuerdo a la tasación, se trata de un estacionamiento simple ubicado en el sótano 1. Área ocupada y techada 13.64 m2. Tasación comercial: Asciende a S/ 48,276.11 soles. Precio base del remate para las tres convocatorias: � Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 32,184.07 soles. � Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a S/ 27,356.46 soles. � Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a S/ 23,252.99 soles. Cargas y gravámenes: De acuerdo a la copia literal y certificado de gravamen adjuntados por la ejecutante, el inmueble tiene las siguientes afectaciones: � Hipoteca registrada en el asiento D00004 a favor de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO DEL PERU), hasta por la suma de US$ 16,894.50 dólares americanos.
Estacionamiento N� 25 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 581, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678180 del Registro de Predios de Lima.
Descripción: De acuerdo a la tasación, se trata de un estacionamiento simple ubicado en el sótano 1. Área ocupada y techada 12.84 m2. Tasación comercial: Asciende a S/ 47,799.46 soles. Precio base del remate para las tres convocatorias: � Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 31,866.31 soles. Página 10 de 11
� Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a S/ 27,086.36 soles. � Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a S/ 23,023.41 soles. Cargas y gravámenes: De acuerdo a la copia literal y certificado de gravamen adjuntados por la ejecutante, el inmueble tiene las siguientes afectaciones: � Hipoteca registrada en el asiento D00004 a favor de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO DEL PERU), hasta por la suma de US$ 15,903.62 dólares americanos.
Estacionamiento N� 26 � Sótano 1 � Bloque II, Avenida Sergio Bernales N� 581, Urbanización Barrio Médico � Distrito de Surquillo � Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N� 13678181 del Registro de Predios de Lima.
Descripción: De acuerdo a la tasación, se trata de un estacionamiento simple ubicado en el sótano 1. Área ocupada y techada 14.71 m2. Tasación comercial: Asciende a S/ 54,764.54 soles. Precio base del remate para las tres convocatorias: � Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 36,509.69 soles. � Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a S/ 31,033.24 soles. � Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a S/ 26,378.25 soles. Cargas y gravámenes: De acuerdo a la copia literal y certificado de gravamen adjuntados por la ejecutante, el inmueble tiene las siguientes afectaciones: � Hipoteca registrada en el asiento D00004 a favor de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO DEL PERU), hasta por la suma de US$ 18,219.81 dólares americanos.
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Oblaje: Se deberá oblar el 10% de las tasaciones mencionadas, en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17� del Reglamento de la Ley N�30229; y los aranceles judiciales correspondientes.
Publicidad: Una vez vencido el plazo de oposición y habiendo quedado firme la presente resolución, el Especialista Legal del proceso deberá proceder con la publicación de los avisos de remates en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU, publicación que tendrá validez para todas las convocatorias. Fíjese los avisos de remate por única vez en los inmuebles sub litis y en la vitrina del Juzgado, a través de la Especialista Legal de actos externos.
? ? ? ? CUMPLA LA EJECUTANTE con verificar que todos los datos concernientes al remate electrónico se encuentren correctamente descritos, bajo su responsabilidad.