Tasación: $ 215,064.80. Precio Base: $ 143,376.53. Incremento entre ofertas: $ 430.13. Arancel: S/. 1,070.00. Oblaje: $ 21,506.48.. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Departamento: LA LIBERTAD. Provincia: TRUJILLO. Distrito: TRUJILLO.
Partida Registral: 11453103 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Ubicado En la Av. Tupac Amaru N�411-413-415, Mz. P-1, Lote 24, Urb. las Quintanas, Porcentaje a Rematar: 100 %
| Remate judicial | Desde | Hasta |
|---|---|---|
| Publicación e Inscripcion | 01/11/2025 | 10/11/2025 |
| Validación de Inscripción | 11/11/2025 | 13/11/2025 |
| Presentación de Ofertas | 14/11/2025 | 15/11/2025 |
| Pago Saldo | 17/11/2025 | 19/11/2025 |
| Validación del Saldo | 20/11/2025 | 24/11/2025 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 20467
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
- Remate de Departamento Banco en El Agustino Lima Precio Base $ 54156
- REM@JU Casa en Venta en La Libertad Trujillo Precio Base S/ 482742
- Venta de Casa en La Libertad Trujillo Precio Base $ 463896
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LA LIBERTAD?
DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERURESOLUCIÓN NÚMERO: NUEVE Trujillo, veintiséis de mayo del dos mil veinticinco.
AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta con el Cargo N�10395-2025 con el Expediente remitido por la PRIMERA SALA CIVIL y estando a la Resolución de Vista: CUMPLASE lo ejecutoriado por la Sala Civil, con CONOCIMIENTO de las partes. Al Escrito N�12636-2025 presentado por la entidad ejecutante BANCO DE CREDITO DEL PERU, a través de su apoderado judicial VICTOR ANDRES PEREYRA SALVADOR y los anexos que se adjunta; CONSIDERANDO:
PRIMERO.- El artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229, establece que: �Aprobada la tasación o siendo innecesaria ésta, el Juez convocará a remate. El remate o subasta de bienes muebles o inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�.
SEGUNDO.- La Presidencia de esta Corte Superior de Justicia de La Libertad mediante Resolución Administrativa N� 000262-2021-P-CSJLL-PJ autoriza la aplicación del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU en esta Corte Superior de Justicia de La Libertad a partir del 28-04-2021, siendo de obligatorio cumplimiento que los Órganos Jurisdiccionales realicen los remates judiciales de conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley N� 30229, así como de los documentos normativos aprobados por el Consejo Ejecutivo. En ese sentido, atendiendo al estado del proceso, y habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia del remate electrónico judicial, de conformidad con lo establecido en la Ley N� 30229, Ley que adecua el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el sistema de remates judiciales, corresponde disponer su aplicación.
TERCERO.- Dado a los nuevos lineamientos establecidos para los remates electrónicos, es necesario señalar que en caso de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del inmueble objeto del remate electrónico, advirtiéndose que el pegado de cartel será realizado solo una vez, antes de la fecha de remate en primera convocatoria, toda vez que luego de realizado el remate judicial en primera convocatoria, segunda y tercera convocatoria es automática. Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial, y siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya.
Por tales consideraciones anotadas y de conformidad con el artículo 50 inciso 1� del Código Procesal Civil, SE RESUELVE:
1. CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL a través del Sistema de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU, a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA de los bienes inmuebles siguientes:
INMUEBLE UNIDAD A � UBICADO EN LA AV. TUPAC AMARU N�411-413-415, MZ. P-1, LOTE 24, URB. LAS QUINTANAS, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N�11453103 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N� V � SEDE TRUJILLO.
a. DESCRIPCIÓN: Esta Unidad, es de uso Comercial. Primer Piso, local comercial, área de mesas, Baño 01, Baño 02, Barra De Atención, Cocina, Escaleras Metálica de Acceso al Segundo Piso, Patio Interno (ducto). Segundo Piso, llegada de escaleras, estudio, sala � comedor, cocina lavandería, baño completo, dormitorio 01 con closet, dormitorio principal con baño y closet. Área 125.56 M2. b. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento G00001 � D.2: Carga técnica por incumplimiento de parámetro urbanístico y edificatorios. No cumple con el parámetro urbanístico referente al estacionamiento, conforme al asiento D00006 de la partida matriz. Asiento D00002: HIPOTECA. Se constituye HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la SUMA de US$. 105,543.47 DÓLARES AMERICANOS, para garantizar las deudas y obligaciones establecidas en el Contrato. Así consta en la Escritura Pública N�8250 de fecha 07/11/2022. c. TASACIÓN ACTUALIZADA: Valorizado en la Suma de US$. 101,491.26 (CIENTO UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 26/100 DOLARES AMERICANOS). Monto equivalente en moneda nacional, a la SUMA de S/. 388,711.53 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETENCIENTOS ONCE CON 53/100 SOLES), teniendo el Tipo de Cambio del día 04 de abril del 2024. (Referencia: SUNAT). fecha de realización de la Tasación Comercial. d. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será calculada por REMAJU e. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU f. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU g. Los postores deberán cumplir lo siguiente: - Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju. - Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229 (Oblaje); arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad.
INMUEBLE UNIDAD B AV. TUPAC AMARU N�411-413-415, MZ. P-1, LOTE 24, URB. LAS QUINTANAS, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N�11453104 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N� V � SEDE TRUJILLO. 2. DESCRIPCIÓN: Esta unidad es un segundo piso, tiene ambientes en proceso de acabados, destinado para uso como departamento con ambiente amplio desocupado, servicios higiénicos sin acabados y pequeño ambiente. Área 72.85 M2. a. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento G00001 � D.2: Carga técnica por incumplimiento de parámetro urbanístico y edificatorios. No cumple con el parámetro urbanístico referente al estacionamiento, conforme al asiento D00006 de la partida matriz. Asiento D00002: HIPOTECA. Se constituye HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la SUMA de US$. 22,216.21 DÓLARES AMERICANOS, para garantizar las deudas y obligaciones establecidas en el Contrato. Así consta en la Escritura Pública N�8250 de fecha 07/11/2022. b. TASACIÓN ACTUALIZADA: Valorizado en la Suma de US$. 51,402.00 (CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS Y 00/100 00/100 DOLARES AMERICANOS). Monto equivalente en moneda nacional, a la SUMA de S/. 196,869.66 (CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 66/100 SOLES), teniendo el Tipo de Cambio del día 04 de abril del 2024. (Referencia: SUNAT), fecha de realización de la Tasación Comercial. c. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será calculada por REMAJU d. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU e. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU f. Los postores deberán cumplir lo siguiente: - Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju. - Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229 (Oblaje); arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad.
INMUEBLE DEPARTAMENTO 301. � AV. TUPAC AMARU N�411-413-415, MZ. P-1, LOTE 24, URB. LAS QUINTANAS, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N�11453105 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N� V � SEDE TRUJILLO. 3. DESCRIPCIÓN: Esta unidad está un tercer piso, tiene sala � comedor, baño 01 completo, depósito pasadizo, cocina, baño 02 completos, tres habitaciones, lavandería. Área 125.56 M2. a. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento G00001 � D.2: Carga técnica por incumplimiento e parámetro urbanístico y edificatorios. No cumple con el parámetro urbanístico referente al estacionamiento, conforme al asiento D00006 de la partida matriz. Asiento D00002: HIPOTECA. Se constituye HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la SUMA de US$. 105,543.47 DÓLARES AMERICANOS, para garantizar las deudas y obligaciones establecidas en el Contrato. Así consta en la Escritura Pública N�8250 de fecha 07/11/2022. b. TASACIÓN ACTUALIZADA: Valorizado en la Suma de US$. 101,491.26 (CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS Y 00/100 26/100 DOLARES AMERICANOS); monto equivalente en moneda nacional, a la SUMA de S/. 388,711.53 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 66/100 SOLES), teniendo el Tipo de Cambio del día 04 de abril del 2024. (Referencia: SUNAT), fecha de realización de la Tasación Comercial. c. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será calculada por REMAJU d. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU e. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU f. Los postores deberán cumplir lo siguiente: - Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju. - Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229 (Oblaje); arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad.
INMUEBLE DEPARTAMENTO 401. AV. TUPAC AMARU N�411-413-415, MZ. P-1, LOTE 24, URB. LAS QUINTANAS, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N�11453106 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N� V � SEDE TRUJILLO. 4. DESCRIPCIÓN: Esta unidad está un cuarto piso, oficina 01, oficina 02, baño. Área 47.82 M2. a. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento G00001 � D.2: Carga técnica por incumplimiento e parámetro urbanístico y edificatorios. No cumple con el parámetro urbanístico referente al estacionamiento, conforme al asiento D00006 de la partida matriz. Asiento D00002: HIPOTECA. Se constituye HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la SUMA de US$. 38,657.69 DÓLARES AMERICANOS, para garantizar las deudas y obligaciones establecidas en el Contrato. Así consta en la Escritura Pública N�8250 de fecha 07/11/2022. b. TASACIÓN ACTUALIZADA: Valorizado en la Suma de US$. 37,299.60 (TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 60/100 DOLARES AMERICANOS). Monto equivalente en moneda nacional, a la SUMA de S/. 142,857.47 (CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 47/100 SOLES), teniendo el Tipo de Cambio del día 04 de abril del 2024. (Referencia: SUNAT), fecha de realización de la Tasación Comercial. c. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será calculada por REMAJU d. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU e. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU f. Los postores deberán cumplir lo siguiente: - Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju. - Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229 (Oblaje); arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad.
INMUEBLE DEPARTAMENTO 402. � AV. TUPAC AMARU N�411-413-415, MZ. P-1, LOTE 24, URB. LAS QUINTANAS, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N�11453107 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N� V � SEDE TRUJILLO. 5. DESCRIPCIÓN: Esta unidad está un cuarto piso, ambientes en proceso de acabados, destinados para uso como departamento, pero actualmente ubicados como depósitos, depósito 01, baño, deposito 02 y deposito 03. Área 78.97 M2. a. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento G00001 � D.2: Carga técnica por incumplimiento e parámetro urbanístico y edificatorios. No cumple con el parámetro urbanístico referente al estacionamiento, conforme al asiento D00006 de la partida matriz. Asiento D00002: HIPOTECA. Se constituye HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la SUMA de US$. 25,535.74 DÓLARES AMERICANOS, para garantizar las deudas y obligaciones establecidas en el Contrato. Así consta en la Escritura Pública N�8250 de fecha 07/11/2022. b. TASACIÓN ACTUALIZADA: Valorizado en la Suma de US$. 61,596.60 (SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 60/100 DOLARES AMERICANOS). Monto equivalente en moneda nacional, a la SUMA de S/. 235,914.98 (DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CATORCE CON98/100 SOLES), teniendo el Tipo de Cambio del día 04 de abril del 2024. (Referencia: SUNAT), fecha de realización de la Tasación Comercial. c. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será calculada por REMAJU d. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU e. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU f. Los postores deberán cumplir lo siguiente: - Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju. - Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229 (Oblaje); arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad.
INMUEBLE DEPARTAMENTO 501. � AV. TUPAC AMARU N�411-413-415, MZ. P-1, LOTE 24, URB. LAS QUINTANAS, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N�11453108 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N� V � SEDE TRUJILLO. 6. DESCRIPCIÓN: Esta unidad está un quinto piso, ambientes en proceso de acabados, desocupados, destinados para uso como departamento, con un ambiente principal, ambiente secundario destinado para dormitorio, dos ambientes con baño sin aparatos sanitarios destinados para dormitorio, ambiente destinado para baño y ambiente destinado para zona de terraza. Área 103.92 M2. a. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento G00001 � D.2: Carga técnica por incumplimiento e parámetro urbanístico y edificatorios. No cumple con el parámetro urbanístico referente al estacionamiento, conforme al asiento D00006 de la partida matriz. Asiento D00002: HIPOTECA. Se constituye HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la SUMA de US$. 35,315.61 DÓLARES AMERICANOS, para garantizar las deudas y obligaciones establecidas en el Contrato. Así consta en la Escritura Pública N�8250 de fecha 07/11/2022. b. TASACIÓN ACTUALIZADA: Valorizado en la Suma de US$. 85,842.90 (OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOSCON 90/100 DOLARES AMERICANOS). Monto equivalente en moneda nacional, a la SUMA de S/. 328,778.31 (TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON 31/100 SOLES), teniendo el Tipo de Cambio del día 04 de abril del 2024. (Referencia: SUNAT), fecha de realización de la Tasación Comercial. c. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será calculada por REMAJU d. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU e. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU f. Los postores deberán cumplir lo siguiente: - Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju. - Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229 (Oblaje); arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad.
INMUEBLE UNIDAD C. � AV. TUPAC AMARU N�411-413-415, MZ. P-1, LOTE 24, URB. LAS QUINTANAS, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N�11453110 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N� V � SEDE TRUJILLO. 7. DESCRIPCIÓN: Esta unidad es la azotea, depósito. Área 24.51 M2. a. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento G00001 � D.2: Carga técnica por incumplimiento e parámetro urbanístico y edificatorios. No cumple con el parámetro urbanístico referente al estacionamiento, conforme al asiento D00006 de la partida matriz. Asiento D00002: HIPOTECA. Se constituye HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la SUMA de US$. 17,376.69 DÓLARES AMERICANOS, para garantizar las deudas y obligaciones establecidas en el Contrato. Así consta en la Escritura Pública N�8250 de fecha 07/11/2022. Asiento D00003: ARRENDAMIENTO. La titular registral del presente inmueble cede temporalmente en arrendamiento a favor de KONYL S.A.C., Inscrita en la P.E. N�03132563 del Registro de Sociedades de esta Oficina Registral, por una renta mensual de S/. 300.00 Soles, por el plazo de (10) años, el mismo que empezó a regir desde el01 de setiembre del 2023. Así consta en la Escritura Pública N�2569-2023 de fecha 01/09/2023. b. TASACIÓN ACTUALIZADA: Valorizado en la Suma de US$. 38,846.34 (TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 34/100 DOLARES AMERICANOS). Monto equivalente en moneda nacional, a la SUMA de S/. 148,781.48 (CIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO CON 48/100 SOLES), teniendo el Tipo de Cambio del día 04 de abril del 2024. (Referencia: SUNAT), fecha de realización de la Tasación Comercial. c. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será calculada por REMAJU d. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU e. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada por REMAJU f. Los postores deberán cumplir lo siguiente: - Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju. - Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229 (Oblaje); arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad.
8. En caso de declararse desierto la primera convocatoria, CONVÓQUESE en forma AUTOMÁTICA a través del Sistema de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU, llevándose a cabo el SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO y posteriormente el TERCER REMATE ELECTRÓNICO de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, teniendo en cuenta los términos que se han detallado.
9. PUBLICACIÓN: PROCÉDASE a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria de acuerdo al artículo 15� de La Ley 30229, y FIJESE los avisos de remate en el local del juzgado, así como también en el inmueble sub litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate en el inmueble al responsable del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales de esta Corte Superior.
10. EFECTÚESE el Registro del Remate Electrónico Judicial en el Portal Web del Poder Judicial - REM@JU, una vez vencido el plazo legal de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria, teniendo en cuenta el precio base señalado en la presente resolución.
11. INTERVINIENDO la Secretaria Judicial del Área de Ejecución que da cuenta por disposición Superior.
12. NOTIFÍQUESE.