martes, 20 de enero de 2026

Venta de Inmueble Casa en Ancash Casma Precio Base $ 20578 🏡

Inmueble ubicado en Asentamiento Humano Juan Julio Melendez Soles - Parcela B, Manzana D, Lote 12, distrito de Casma, Provincia de Casma Tasación: $ 30,868.14. Precio Base: $ 20,578.76 . Incremento entre ofertas: $ 61.74. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 3,086.81.. Distrito Judicial: DEL SANTA. Depar… remateCasas
Inmueble ubicado en Asentamiento Humano Juan Julio Melendez Soles - Parcela B, Manzana D, Lote 12, distrito de Casma, Provincia de Casma
Tasación: $ 30,868.14. Precio Base: $ 20,578.76. Incremento entre ofertas: $ 61.74. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 3,086.81.. Distrito Judicial: DEL SANTA. Departamento: ANCASH. Provincia: CASMA. Distrito: CASMA.
Partida Registral: P09107545 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En Asentamiento Humano Juan Julio Melendez Soles - Parcela B, Manzana D, Lote 12, Distrito de Casma, Provincia de Casma, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion20/01/2026 29/01/2026
Validación de Inscripción30/01/2026 03/02/2026
Presentación de Ofertas04/02/2026 05/02/2026
Pago Saldo06/02/2026 10/02/2026
Validación del Saldo11/02/2026 13/02/2026
Expediente: 01034-2021-0-2501-JP-CI-03. Distrito Judicial: DEL SANTA. Órgano Jurisdisccional: 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL - CHIMBOTE Y NUEVO CHIMBOTE. Instancia: JUZGADO DE PAZ LETRADO. Juez: GALLO ZAVALETA PATRICIO JHOSUA. Especialista: TANIA CHACON PUERTAS. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 16. Fecha Resolución: 02/07/2025. Tipo Cambio: S/. 3.354 a la fecha 16/01/2026 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 21794
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ANCASH?

DEMANDANTE : MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A.
Resolución Nro. DIECISEIS Chimbote, dos de julio del dos mil veinticinco.-
AUTOS VISTOS: Dado cuenta con el escrito número 7848-2025 que antecede presentado por la parte demandante: Agréguese a los autos, estando a la solicitud de convocatoria a remate efectuada por ésta parte y conforme al estado del proceso, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 731 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229, y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 de la citada Ley, y artículo 13� de su Reglamento de la citada Ley. Por tales consideraciones y las normas legales invocadas, SE RESUELVE: 1.- CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL-REM@JU a efectos de proceder al Remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble hipotecado siguiente: 2.- DESCRIPCION: Inmueble UBICADO EN ASENTAMIENTO HUMANO JUAN JULIO MELENDEZ SOLES - PARCELA B, MANZANA D, LOTE 12, DISTRITO DE CASMA, PROVINCIA DE CASMA, DEPARTAMENTO DE ANCASH INSCRITO EN LA PARTIDA P09107545 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE CHIMBOTE, con las áreas, medidas perimétricas y características descritas en la citada partida registral. 3.- CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE EL SEGUNDO REMATE y SEGUIDAMENTE EL TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. 4.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

*ASIENTO 00004: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, inscrito en esta partida, hasta por la suma de S/ 44,000.00 soles, ordenado por resolución dos en el expediente N� 01034- 2021-51-2501-JP-CI-03, seguido por MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., contra RIVERA OROPEZA, ELIZABETH YANINA, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO. 5.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de U$ 30,868.14 (TREINTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 14/100 DOLARES AMERICANOS).
6.

¿Cuáles son las bases del remate judicial en ANCASH?

*PRIMERA CONVOCATORIA Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de U$. 20,578.76 (VEINTE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON 76/100 DOLARES AMERICANOS) *SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de U$. 17,491.95 (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 95/100 DOLARES AMERICANOS) *TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de U$ 14,868.16 (CATORCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 16/100 DOLARES AMERICANOS) 7.- OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10 por ciento del valor de la tasación antes indicado mediante deposito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien, conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial por derecho de participar en el remate. 8.- PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el plazo de ley, conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su Reglamento, una vez quedado firme la presente resolución, al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 9.- FIJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble a rematar, por parte del Secretario Judicial, en forma oportuna, para lo cual se LIBRARÁ EXHORTO al Juzgado de Paz Letrado de Casma. Debiendo la parte demandante efectuar las coordinaciones para la ubicación del inmueble. 10.- CONSENTIDA que sea la presente resolución, procédase a descargarlo en el aplicativo informático del REM@JU, para la realización de remate, a pedido de la parte demandante. NOTIFIQUESE A LA DEMANDADA EN SU DOMICILO REAL Y CASILLA ELECTRÓNICA, si lo tuviera. Notifíquese.-