miércoles, 24 de abril de 2024

Remate Judicial BBVA Departamento en Santa Anita Lima Precio Base $ 44789 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA ESTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTA ANITA . Partida Registral: 12043698 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Calle 1, Manzana A, Lote Nâ° 9-10, Secciã“n Nâ° 10, Departamento €“quinto Piso, Urbanizaciã“n los Productores, Porcentaje a … remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA ESTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTA ANITA.
Partida Registral: 12043698 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Calle 1, Manzana A, Lote Nâ° 9-10, Secciã“n Nâ° 10, Departamento €“quinto Piso, Urbanizaciã“n los Productores, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion25/04/2024 04/05/2024
Validación de Inscripción06/05/2024 08/05/2024
Presentación de Ofertas09/05/2024 10/05/2024
Pago Saldo13/05/2024 15/05/2024
Validación del Saldo16/05/2024 20/05/2024
Expediente: 06739-2023-0-1817-JR-CO-12. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 12°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: LLAQUE NAPA SYLVIA PATRICIA. Especialista: APON RIVAS LEA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 06. Fecha Resolución: 05/02/2024. Tipo Cambio: S/. 3.694 a la fecha 23/04/2024 según la SBS.. Tasación: $ 67,183.75. Precio Base: $ 44,789.17. Incremento entre ofertas: $ 134.37. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: $ 6,718.38. Descripción: CALLE 1, MANZANA A, LOTE N° 9-10, SECCIÓN N° 10, DEPARTAMENTO –QUINTO PISO, URBANIZACIÓN LOS PRODUCTORES, DISTRITO DE SANTA ANITA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 12043698 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LIMA.. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13911
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS Miraflores, veintidós de febrero Del año dos mil veinticuatro.-
Dado cuenta en la fecha del estado de la presente causa con el Oficio Oficio Oficio Oficio de fecha de fecha de fecha de fecha veinticuatro veinticuatro veinticuatro veinticuatro de enero de enero de enero de enero del año dos mil del año dos mil del año dos mil del año dos mil veinti veinti veinti veinticuatro cuatro cuatro cuatro; ; ; ; Estando a lo informado por la Especialista de Actos Externos respecto al pegado de cartel de remate: AGREGUESE a los autos el Acta de Pegado de Cartel de Remate en la vitrina.
Al escrito de fecha escrito de fecha escrito de fecha escrito de fecha siete siete siete siete de febrer de febrer de febrer de febrero o o o del año dos mil del año dos mil del año dos mil del año dos mil veinti veinti veinti veinticuatro cuatro cuatro cuatro; ; ; ; presentado por la parte ejecutante BANCO BBVA PERÚ; Al Principal; Estando a lo indicado por el recurrente y advirtiéndose que al momento de emitir la convocatoria a remate por error material involuntario se consignó de forma errónea el monto de la tasación; por lo que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 407º del Código Procesal Civil: CORRÍJASE la Resolución número uno de fecha cinco de enero del año dos mil veinticuatro, en el extremo indicado; debiendo decir: “(…)B.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL.- Asciende a la suma de US$ 67,383.75 (SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 75/100 DÓLARES AMERICANOS); debiéndose tener como BASE DE LA POSTURA para la PRIMERA CONVOCATORIA: las dos terceras partes de su tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 44, 922.50 (CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS CON 17/100 DÓLARES AMERICANOS).o BASE DE LA POSTURA para la SEGUNDA CONVOCATORIA: Con reducción del 15% de las dos terceras partes de su tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 38,184.13 (TREINTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO CON 13/100 DÓLARES AMERICANOS).o BASE DE LA POSTURA para la TERCERA CONVOCATORIA: con reducción de un 15% adicional al precio base de la segunda convocatoria, las dos terceras partes de su tasación, la misma que asciende a la suma US$ 32,456.51 (TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 51/100 DÓLARES AMERICANOS). El postor en cada convocatoria deberá
12° JUZGADO CIVIL SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL DE LI MA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
cumplir lo siguiente: a) Registrar el oblaje del 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico judicial en la moneda de tasación conforme al artículo 17° del referido reglamento; y, b) Registrar el arancel judicial correspondiente (…)”; siendo la presente parte integrante de la resolución mencionada; Al Otrosí: Téngase por delegada la representación a favor de los letrados que se indican conforme lo señalado en el artículo 74° y 80° del Código Proces al Civil; Notifíquese. -