sábado, 20 de abril de 2024

Remate Judicial de Estacionamiento en Santiago de Surco Lima Precio Base $ 7104 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTIAGO DE SURCO . Partida Registral: 12207135 Tipo Inmueble: ESTACIONAMIENTO. Dirección: La Calle Pinerolo Nâ° 155 Estacionamiento Nâ° 35 €“ Semisã“tano, Porcentaje a Rematar: 100 % Remate judicial Desde Hasta… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTIAGO DE SURCO.
Partida Registral: 12207135 Tipo Inmueble: ESTACIONAMIENTO. Dirección: La Calle Pinerolo Nâ° 155 Estacionamiento Nâ° 35 €“ Semisã“tano, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion18/04/2024 27/04/2024
Validación de Inscripción29/04/2024 02/05/2024
Presentación de Ofertas03/05/2024 04/05/2024
Pago Saldo06/05/2024 08/05/2024
Validación del Saldo09/05/2024 13/05/2024
Expediente: 03597-2011-0-1817-JR-CO-01. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 1°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: ALFARO LANCHIPA, ROSARIO. Especialista: DOLORIER CONDORI ANA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 15. Fecha Resolución: 18/01/2024. Tipo Cambio: S/. 3.747 a la fecha 16/04/2024 según la SBS.. Tasación: $ 10,657.10. Precio Base: $ 7,104.73. Incremento entre ofertas: $ 21.31. Arancel: S/. 257.50. Oblaje: $ 1,065.71. Descripción: INMUEBLE UBICADO EN CALLE PINEROLO N° 155 ESTACIONAMIENTO N° 35 – SEMISÓTANO, DISTRITO DE SAN TIAGO DE SURCO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 12207135 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE L IMA.. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13848
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : FONDO POPULAR 1 RENTA MIXTA FONDO DE INVERSION PRIVADO ADMINIST POR POPULAR SA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDO DE INVERSION RPTDO POR DENISSE ADRIANA INES VEGA FARRO,
RAZON
SEÑOR JUEZ : En cumplimiento de mis funciones, informo a Ud. que desde el 17 de junio del año en curso, la suscrita asume la secretaría de la anterior Especialista Maria Ysabel Rueda Meza, asimismo, informo que se ha realizado la Depuración de los expedientes a cargo de mi secretaria, lo que incluye (secretaria, área de notificaciones y archivo), por lo que procedo a dar cuenta de los escritos pendientes. Es todo los que informo a usted para los fines pertinentes.
Miraflores, 15 de noviembre de 2019

Resolución Nro.14 Miraflores, 18 de noviembre de 2019
Con la razón que antecede, téngase presente. Dado cuenta en forma conjunta el escrito signado con numero 134247-2019 y escritos signados con N°25332-2019 y 84199- 2019 obrante en auto: Al principal y tercer otrosí: Téngase presente, ATENDIENDO: Estando a lo solicitado y habiéndose omitido pronunciarse respecto a la cesión de derechos y obligaciones celebradas entre Fondo Popular-1Renta Mixta, Fondo de Inversión Privado y Fondo Pérez Hidalgo, Fondo de Inversión Privado; Por lo que con la facultad conferida en el tercer párrafo del artículo 172 del Código Procesal Civil: INTÉGRESE LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE de fecha 25 de abril último, debiendo entenderse que como sucesor procesal a FONDO PÉREZ HIDALGO, FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO administrado por POPULAR S.A. SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIONES; en adelante en su condición de parte ejecutante, formando parte la presente de la resolución que se integra. Asimismo, TÉNGASE por apersonado a los apoderados Denisse Adriana Inés Vega Farro, Jorge Fidel Cárdenas Campuzano, Marita Haydee Carreño León y Miguel Alberto Antonio Mendieta Sanchez en representación de la parte demandante. Al primer otrosí: TÉNGASE por autorizada la ampliación del patrocinio legal a los letrados que se indican; Al segundo otrosí: Téngase por autorizadas a la personas que se indica para actos de procuraduría, con excepción del acceso al expediente, de conformidad con el artículo 138 del código procesal civil; Asimismo, de la partida de defunción que se adjunta, se advierte que el demandado VASQUEZ RUIZ, HERBART falleció el 18 de abril de 2019, habiéndose emitido la resolución N° 11, que se encuentra pendiente de notificar en este casi a sus sucesores y requerirlos para que cumplan con apersonarse, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, PARA LO CUAL CUMPLA la parte ejecutante, con presentar arancel judicial correspondiente por PUBLICACIÓN DE LOS EDICTOS EN EL PORTAL WEB OFICIAL DEL PODER JUDICIAL. Notifíquese.