jueves, 29 de enero de 2026

Remaju Departamento en Venta Banco en Arequipa Precio Base S/ 349908 🏡

Convoca a Remate Electronico Judicial Remaju efectos de Proceder al Remate en primera convocatoria Sobre el 100% de las Acciones y Derechos Sobre el Tasación: S/. 524,863.20. Precio Base: S/. 349,908.80 . Incremento entre ofertas: S/. 1,049.73. Arancel: S/. 825.00. Oblaje: S/. 52,486.32.. Distrito … remateCasas
Convoca a Remate Electronico Judicial Remaju efectos de Proceder al Remate en primera convocatoria Sobre el 100% de las Acciones y Derechos Sobre el
Tasación: S/. 524,863.20. Precio Base: S/. 349,908.80. Incremento entre ofertas: S/. 1,049.73. Arancel: S/. 825.00. Oblaje: S/. 52,486.32.. Distrito Judicial: AREQUIPA. Departamento: AREQUIPA. Provincia: AREQUIPA. Distrito: AREQUIPA.
Partida Registral: 01122180 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Calle Edificio el Pinar del R�?o, Dpto. 105, Urb. la Campi�a Paisajista-34-i, Distrito del Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion29/01/2026 07/02/2026
Validación de Inscripción09/02/2026 11/02/2026
Presentación de Ofertas12/02/2026 13/02/2026
Pago Saldo16/02/2026 18/02/2026
Validación del Saldo19/02/2026 23/02/2026
Expediente: 02967-2017-0-0401-JP-FC-09. Distrito Judicial: AREQUIPA. Órgano Jurisdisccional: 10º JUZGADO DE PAZ LETRADO - FAMILIA. Instancia: JUZGADO DE PAZ LETRADO. Juez: BOLIVAR CALLATA FIORELLA NANCY. Especialista: CARLOS VILLAN YOVANA. Materia: ALIMENTOS. Resolución: 37. Fecha Resolución: 08/01/2026

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 22032
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en AREQUIPA?

DEMANDANTE : CHAVARRI MIRANDA, FLAVIO ALEJANDRO
Resolución Nro. : 37
Arequipa, dos mil veinticinco Enero, ocho.- Al escrito N� 154527-2025.- VISTOS: Los antecedentes del proceso y la partida registral actualizada presentada por la parte demandante; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante Resolución N� 23 se aprobó el informe pericial que tasa el inmueble sub litis en la suma de S/. 524,863.20 (Quinientos veinticuatro mil ochocientos sesenta y tres con 20/100 soles). Al no haber cumplido el demandado con el pago de la deuda por pensiones alimenticias, corresponde proceder según el artículo 731 del Código Procesal Civil. SEGUNDO: Que, conforme a la Ley N� 30229 y la Resolución Administrativa N� 000131-P-CSJAR-PJ, los remates judiciales deben realizarse a través del aplicativo informático REM@JU. SE RESUELVE: CONVOCAR a REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA sobre el cien por ciento (100%) de las acciones y derechos sobre el bien materia de litis. � DATOS DEL BIEN OBJETO DE REMATE: Inmueble ubicado en Calle Edificio El Pinar del Río, Dpto. 105, Urb. La Campiña Paisajista-34-I, distrito del Cercado, provincia y departamento de Arequipa. Inscrito en la Partida N� 01122180 del Registro de Predios de la Zona Registral XII-Sede Arequipa. � RUBRO CARGAS Y GRAVÁMENES: o Asiento D00007: Hipoteca a favor del Banco Interamericano de Finanzas hasta por la suma de US$. 200,000.00 Dólares Americanos para respaldar obligaciones de Maquitracto S.A.C. o Asiento D0008: Embargo en forma de inscripción ordenado por el 10 Juzgado de Paz Letrado-Familia hasta por la suma de S/. 250,000.00 soles. � VALOR DE TASACIÓN: S/. 524,863.20 (Quinientos veinticuatro mil ochocientos sesenta y tres con 20/100 soles). � .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en AREQUIPA?

o Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de tasación, ascendente a S/. 349,908.80. o Segunda Convocatoria: Con deducción del 15%, ascendente a S/. 297,422.48. o Tercera Convocatoria: Con deducción del 15% adicional, ascendente a S/. 252,809.11. � OBLAJE: Los postores deberán depositar el 10% del valor de la tasación mediante depósito electrónico judicial y adjuntar el arancel correspondiente. � PUBLICIDAD Y CARTELES: Publíquese en el portal REM@JU del Poder Judicial. Fíjense los carteles en la vitrina del Juzgado y en el inmueble a rematar por parte del Especialista Legal. DE OFICIO: Notifíquese a los terceros no ejecutantes. HÁGASE SABER.-