Tasación: $ 27,281.11. Precio Base: $ 18,187.41. Incremento entre ofertas: $ 54.56. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: $ 2,728.11.. Distrito Judicial: LIMA NORTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN MARTIN DE PORRES.
Partida Registral: 11312283 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Unidad Inmobiliaria N° 3, Jr. Toribio Rodriguez Demendoza N" 117, 119, 121, Urb. Ingenieria, Quinta Etapa,distrito de San Martin de Porres, Provincia de Lima,departamento de Lima Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 18/03/2023 | 27/03/2023 |
Validación de Inscripción | 28/03/2023 | 30/03/2023 |
Presentación de Ofertas | 31/03/2023 | 01/04/2023 |
Pago Saldo | 03/04/2023 | 05/04/2023 |
Validación del Saldo | 10/04/2023 | 12/04/2023 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10239
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?
DEMANDANTE : CMAC PIURA S.A.C.,RESOLUCION NÚMERO QUINCE Miraflores, tres de marzo Del año dos mil veintitrés.-
Dando cuenta en la fecha al escrito que antecede; presentado por la parte ejecutante; AUTOS Y VISTOS: Al Principal y Otrosí: Con lo expuesto y la casilla electrónica que se indica téngase presente y con el edicto electrónico judicial que se adjunta téngase por absuelto el traslado de la resolución que antecede; y estando a que solicita la convocatoria de los remates electrónicos judiciales de los inmuebles materia de litis: Téngase presente y de conformidad a lo preceptuado en el artículo 731º del Código adjetivo, modificado por la ley 30229; y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12° de la Ley N° 30229 y artículo 13° del Reglamento de la citada ley y estando a las nuevas implementaciones respecto del sistema de Remate Judicial Electrónico – REM@JU, se deberá proceder conforme a las siguientes consideraciones, debiendo atenderse además, de acuerdo a la programación automática del remate electrónico en sus tres convocatorias. Por tal motivo: SE RESUELVE :
1.- CONVÓQUESE a remate electrónico judicial (REM@JU) a efecto de que proceda al remate electrónico de los dos inmuebles hipotecados:
PRIMER INMUEBLE 1.2.- DESCRIPCION:
• ubicado en UNIDAD INMOBILIARIA N° 1, JR. TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA N" 117, 119, 121, URB. INGENIERIA, QUINTA ETAPA, DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA, inscrito en la Partida Registral N° 11312281 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima.
1.3.- CARGAS DE .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
• En el asiento D00002 HIPOTECA constituida a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. HASTA POR LA SUMA DE US$ 26,343.00 DÓLARES AMERICANOS, así consta de la escritura pública de fecha 26.O6.2015, EXTENDIDA POR EL NOTARIO DE LIMA DR. LUIS BENJAMIN GUTIERREZ ADRIANZEN.
1.4.- .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
COMERCIAL:• IMMUEBLE INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 11312281 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos del Lima: valorizado en la suma de US$. 41,141.62 (CUARENTA Y UNO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 62/100 DÓLARES AMERICANOS) siendo la base de la postura:
EN PRIMERA CONVOCATORIA: debiendo tenerse como BASE DE LA POSTURA las DOS TERCERAS PARTES DE SU .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
, esto es la suma de US$. 27,427.75 Dólares Americanos.EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 23,313.59 Dólares Americanos.
EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 19,816.55 Dólares Americanos. SEGUNDO INMUEBLE 1.2.- DESCRIPCION:
• ubicado en UNIDAD INMOBILIARIA N° 3, JR. TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA N" 117, 119, 121, URB. INGENIERIA, QUINTA ETAPA, DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA, inscrito en la Partida Registral N° 11312283 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima.
1.3.- CARGAS DE .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
• En el asiento D00002 HIPOTECA constituida a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. HASTA POR LA SUMA DE US$ 26,343.00 DÓLARES AMERICANOS, así consta de la escritura pública de fecha 26.O6.2015, EXTENDIDA POR EL NOTARIO DE LIMA DR. LUIS BENJAMIN GUTIERREZ ADRIANZEN.
1.4.- .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
COMERCIAL:• IMMUEBLE INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 11312283 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos del Lima: valorizado en la suma de US$. 27,281.11 (VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 11/100 DÓLARES AMERICANOS) siendo la base de la postura:
EN PRIMERA CONVOCATORIA: debiendo tenerse como BASE DE LA POSTURA las DOS TERCERAS PARTES DE SU .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
, esto es la suma de US$. 18,187.41 Dólares Americanos.EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 15,459.30 Dólares Americanos.
EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 13,140.41 Dólares Americanos.
a) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17° 1
del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
2.- PROCÉDASE a LA PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL los avisos de convocatoria a remate electrónico por el plazo de diez días, en conformidad con lo previsto en el artículo 15° del reglamento de la Ley N° 30229, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónico Judicial de Lima Norte.
3.- ASIMISMO conforme a la naturaleza del presente acto procesal NOTIFIQUESE con las formalidades de ley la presente resolución al ejecutado en el presente proceso con copia de la presente resolución y escrito respectivo. Avocándose al proceso la Magistrada que suscribe por disposición Superior. NOTIFICÁNDOSE.- 1 .- Articulo 17.- Pago de Oblaje: 17.1 El pago se oblaje se efectúa en la moneda en que se realizo la tasación del bien- 17.2 La exclusión del ejecutante o del tercero legitimado del pago de oblaje, no exonera de la declaración jurada sobre fondos lícitos. 17.3 El usuario postor debe ingresar en el REM@JU los datos de referencia de los depósitos del arancel y de oblaje, correspondiente.