jueves, 7 de diciembre de 2023

Casa Inmueble en Remate Judicial en Santiago de Surco Lima Precio Base $ 1334860 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTIAGO DE SURCO . Partida Registral: 44559390 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En la Calle Batall�n Callao N� 131 €� 135, Hoy N� 135 €� 137, Urbanizaci�n Santa Teresa de Monterrico €� Distrito Sa… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTIAGO DE SURCO.
Partida Registral: 44559390 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En la Calle Batall�n Callao N� 131 €� 135, Hoy N� 135 €� 137, Urbanizaci�n Santa Teresa de Monterrico €� Distrito Santiago de Surco €� Provincia y Departamento de Lima Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion07/12/2023 16/12/2023
Validación de Inscripción18/12/2023 20/12/2023
Presentación de Ofertas21/12/2023 22/12/2023
Pago Saldo27/12/2023 29/12/2023
Validación del Saldo03/01/2024 05/01/2024
Expediente: 17967-2008-0-1801-JR-CI-19. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 10° JUZGADO CIVIL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CARRION CABEZAS HELEN LILIANA. Especialista: PAULINI POMA NANCY. Materia: DIVISION Y PARTICIPACION DE BIENES. Resolución: 159. Fecha Resolución: 04/03/2022. Tipo Cambio: S/. 3.751 a la fecha 05/12/2023 según la SBS.. Tasación: $ 2,002,291.00. Precio Base: $ 1,334,860.67. Incremento entre ofertas: $ 4,004.58. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 200,229.10. Descripción: INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE BATALLÓN CALLAO N° 131 – 135, HOY N° 135 – 137, URBANIZACIÓN SANTA TERESA DE MONTERRICO – DISTRITO SANTIAGO DE SURCO – PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, CUYAS CARACTER�?STICAS CORREN INSCRITAS EN LA PARTIDA Nº 44559390 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DEL LIMA.. N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12853
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�Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : TRELLES ARESTEGUI, ROSA ALEJANDRINA
Resolución Nro.159 Lima, cuatro de Marzo del dos mil veintidós. AUTOS Y VISTOS, AUTOS Y VISTOS, AUTOS Y VISTOS, AUTOS Y VISTOS, Dado cuenta y proveyendo los tres escritos que anteceden presentados por la demandante con fecha veintiséis de Julio, nueve de Agosto y veinticuatro de Agosto, llamándose la atención a la especialista por la demora en dar cuenta, al principal y otrosí: estando a lo solicitado por la recurrente a fin de que se aclare o integre la resolución número 156 que ordena el remate en primera convocatoria y se prescinda de martillero público y ATENDIENDO: ATENDIENDO: ATENDIENDO: ATENDIENDO: PRIMERO PRIMERO PRIMERO PRIMERO: : : : Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229, y su Reglamento, aprobado por D.S. N�003-2015- JUS, y la Resolución Administrativa 268-2016-CE-PJ, la ejecución forzada vía remate judicial corresponde ser efectuada por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia. SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO: : : : Que mediante resolución número 156 de fecha treintiuno de Mayo último se ha dispuesto SA SA SA SACAR A REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA CAR A REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA CAR A REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA CAR A REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Calle Batallón Callao N� 131 � 135, hoy N� 135 � 137, Urbanización Santa Teresa de Monterrico � Distrito Santiago de Surco � Provincia y Departamento de Lima, valorizado en $/. 2�002.291.00 Dólare 2�002.291.00 Dólare 2�002.291.00 Dólare 2�002.291.00 Dólares Americanos s Americanos s Americanos s Americanos, siendo el precio base de la postura equivalente a los dos terceras partes de la valorización que asciende a la suma de $/. 1�334.860.67 Dólares Americanos $/. 1�334.860.67 Dólares Americanos $/. 1�334.860.67 Dólares Americanos $/. 1�334.860.67 Dólares Americanos y nombrar martillero publico conforme al sistema de la REPEJ para realizar la diligencia de remate. TERCERO TERCERO TERCERO TERCERO: Que de los presentes autos se aprecia que se cumple con los requisitos señalados el artículo N� 12� 1 de la Ley N� 30229 y Articulo 13� 2 del Reglamento de la citada Ley, por lo que corresponde adecuar la convocatoria a remate de dicho inmueble vía electrónica. TERCERO TERCERO TERCERO TERCERO: : : : Que, además, cabe resaltar que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base de la primera convocatoria, el remate deviene en desierto; en cuyo caso, el REM@JU reprogramará una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento del precio que sirvió de base en la primera convocatoria. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria o no presentarse ofertas superiores al precio base, se procederá a una tercera convocatoria, reduciendo también en quince por ciento el precio que sirvió de base en segunda convocatoria. Por las razones antes expuestas, SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE: : : : 1. 1. 1. 1. ADECUAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO 156 Y SE ORDENA EL REMATE ADECUAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO 156 Y SE ORDENA EL REMATE ADECUAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO 156 Y SE ORDENA EL REMATE ADECUAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO 156 Y SE ORDENA EL REMATE ELECTRÓNICO ELECTRÓNICO ELECTRÓNICO ELECTRÓNICO EN PRIMERA CO PRIMERA CO PRIMERA CO PRIMERA CONVOCATORIA NVOCATORIA NVOCATORIA NVOCATORIA y en caso de devenir en desierto 1 .- Artículo 12. Condiciones para remate por internet El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplirse con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes. c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. La resolución referida en el literal c) anterior puede ser objeto de un pedido de corrección para efectos de subsanar errores meramente de forma, materiales y de datos, pero no puede ser objeto de impugnación u oposición alguna, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente. De haber oposición de cualquiera de las partes o terceros legitimados, de ser el caso, respecto de la modalidad de remate electrónico que prevé la presente Ley, el juez mediante resolución motivada dispondrá la modalidad de remate aplicable, pudiendo este realizarse por martillero público hábil o el juez, de acuerdo con lo regulado por el Código Procesal Civil. 2 .- Artículo 13.- Procedencia del remate de bienes a través del REM@JU 13.1 El remate de bienes muebles e inmuebles se realiza por medio del REM@JU, en merito a la resolución a que se refiere el artículo 731� del Código Procesal Civil. Para estos efectos, debe verificarse las condiciones señaladas en el artículo 12� de la Ley. 13.2 El pedido de corrección para subsanar errores de forma a que se refiere el artículo 12 de la Ley se presenta dentro del plazo de los tres (3) días hábiles siguientes de notificada la resolución que dispone el remate judicial por vía electrónica y se resuelve en un plazo similar. la primera convocatoria de remate electrónico judicial, convocar a SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO REMATE ELECTRÓNICO REMATE ELECTRÓNICO REMATE ELECTRÓNICO, y seguidamente, en caso de devenir en desierto la segunda convocatoria de remate electrónico, convocar a TERCER REMAT TERCER REMAT TERCER REMAT TERCER REMATE E E E ELECTRÓNICO ELECTRÓNICO ELECTRÓNICO ELECTRÓNICO del siguiente inmueble:
A. A. A. A. Inmueble ubicado en la Calle Batallón Callao N� 131 � 135, hoy N� 135 � 137, Urbanización Santa Teresa de Monterrico � Distrito Santiago de Surco � Provincia y Departamento de Lima, cuyas características corren inscritas en la Partida N� 44559390 del Registro de Propiedad Inmueble del Lima Partida N� 44559390 del Registro de Propiedad Inmueble del Lima Partida N� 44559390 del Registro de Propiedad Inmueble del Lima Partida N� 44559390 del Registro de Propiedad Inmueble del Lima. ? ? ? ? .

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

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�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

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�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

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�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

: : : Tasación Comercial que obra en autos (fs. 1033 a (fs. 1033 a (fs. 1033 a (fs. 1033 a 1043) 1043) 1043) 1043) que asciende a la suma de US$. 2�002,291.00 (DOS MILLONES DOS US$. 2�002,291.00 (DOS MILLONES DOS US$. 2�002,291.00 (DOS MILLONES DOS US$. 2�002,291.00 (DOS MILLONES DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTIUN DÓLARES AMERICANOS) MIL DOSCIENTOS NOVENTIUN DÓLARES AMERICANOS) MIL DOSCIENTOS NOVENTIUN DÓLARES AMERICANOS) MIL DOSCIENTOS NOVENTIUN DÓLARES AMERICANOS) EQUIVALENTE EQUIVALENTE EQUIVALENTE EQUIVALENTE A S/5�306,070.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SETENTA A S/5�306,070.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SETENTA A S/5�306,070.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SETENTA A S/5�306,070.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SETENTA SOLES). SOLES). SOLES). SOLES). ? ? ? ? PRECIO .

�Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

PRECIO .

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PRECIO .

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PRECIO .

�Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

: : :
� EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a US$. 1�334,860.67 US$. 1�334,860.67 US$. 1�334,860.67 US$. 1�334,860.67 DOLARES AMERICA DOLARES AMERICA DOLARES AMERICA DOLARES AMERICANOS (UN MILLON TRESCIENTOS NOS (UN MILLON TRESCIENTOS NOS (UN MILLON TRESCIENTOS NOS (UN MILLON TRESCIENTOS TREINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA DOLARES TREINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA DOLARES TREINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA DOLARES TREINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA DOLARES AMERICANOS CON SESENTISIETE CENTAVOS DE DÓLAR. AMERICANOS CON SESENTISIETE CENTAVOS DE DÓLAR. AMERICANOS CON SESENTISIETE CENTAVOS DE DÓLAR. AMERICANOS CON SESENTISIETE CENTAVOS DE DÓLAR. � EN SEGUNDA CONVOCATORIA: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 1�134,631.57 US$. 1�134,631.57 US$. 1�134,631.57 US$. 1�134,631.57 (UN MILLON CIENTO TRENTICUATRO (UN MILLON CIENTO TRENTICUATRO (UN MILLON CIENTO TRENTICUATRO (UN MILLON CIENTO TRENTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTIUN Y 57/100 MIL SEISCIENTOS TREINTIUN Y 57/100 MIL SEISCIENTOS TREINTIUN Y 57/100 MIL SEISCIENTOS TREINTIUN Y 57/100 DÓLARES AMERICANOS. DÓLARES AMERICANOS. DÓLARES AMERICANOS. DÓLARES AMERICANOS. � EN TERCERA CONVOCATORIA: EN TERCERA CONVOCATORIA: EN TERCERA CONVOCATORIA: EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. US$. US$. US$. 964,436.83 964,436.83 964,436.83 964,436.83 ( ( ( ( NOVECIENTOS SESENTICUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTICUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTICUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTICUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTISÉIS CUATROCIENTOS TREINTISÉIS CUATROCIENTOS TREINTISÉIS CUATROCIENTOS TREINTISÉIS Y Y Y Y 83 83 83 83 /100 DÓLARES AMERICANOS). /100 DÓLARES AMERICANOS). /100 DÓLARES AMERICANOS). /100 DÓLARES AMERICANOS).
? ? ? ? DESCRIPCION DESCRIPCION DESCRIPCION DESCRIPCION: : : : El inmueble según partida registral 44559390 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima se encuentra ubicado en la calle Batallón Callao Nro 131- 135, hoy 135 - 137 urbanización Santa Teresa de Monterrico - Distrito de Santiago de Surco - Provincia y departamento de Lima con un área de 1,250 metros cuadrados.
? ? ? ? CARGA Y .

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

CARGA Y .

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

CARGA Y .

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

CARGA Y .

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

: : : BLOQUEO BLOQUEO BLOQUEO BLOQUEO solicitado por el Notario MANUEL NOYA DE LA PIEDRA con fecha 12.11.1987 hasta que se inscriba la compra venta a favor de Cesar Ricardo Aguinaga Mesones y la hipoteca a favor de la Mutual Perú. HIPOTECA: HIPOTECA: HIPOTECA: HIPOTECA: Registrada en el asiento D 4 de fecha 28.09.89, hasta por la suma de $ 70,000.00 DEMANDA DEMANDA DEMANDA DEMANDA trabada por el Secretario Alberto Anaya Ladinez con fecha 15.05.90en el juicio sobre Acción Pauliana. Registrada en el asiento D 5 DEMANDA DEMANDA DEMANDA DEMANDA interpuesta por Blanca Aréstegui Zamudio apoderada de doña Rosa Trelles de Rameken y otro contra Cesar Aguinaga Mesones sobre acción pauliana auto de fecha 25.04.90 Registrada en el asiento D 5. DEMANDA DEMANDA DEMANDA DEMANDA interpuesta por doña Blanca Aréstegui Zamudio apoderada de doña Rosa Trelles de Rameken y otro contra Cesar Aguinaga Mesones sobre acción pauliana auto de fecha 25.04.90 Registrada en el asiento D 5 ANOTACIÓN DE DEMANDA ANOTACIÓN DE DEMANDA ANOTACIÓN DE DEMANDA ANOTACIÓN DE DEMANDA en el expediente 02821 - 2008 por el 39 Juzgado Civil de Lima - Resolución del 20.03.2009 Registrado en el asiento D00002. ANOTACIÓN DE DEMANDA ANOTACIÓN DE DEMANDA ANOTACIÓN DE DEMANDA ANOTACIÓN DE DEMANDA ordenada por el12 Juzgado Civil mediante resolución 01 de fecha 08-11-2013 exp 17967-2008-97 Registrado en el asiento D00003. MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACIÓN DE DEMANDA MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACIÓN DE DEMANDA MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACIÓN DE DEMANDA MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACIÓN DE DEMANDA ordenada por el 17 Juzgado Especializado Civil de Lima mediante resolución 02 del 22.01.2012 corregida por resolución 03 del 23.04.2013 exp 15147-2011.
2. 2. 2. 2. OBLAJE y PARTICIPACION OBLAJE y PARTICIPACION OBLAJE y PARTICIPACION OBLAJE y PARTICIPACION:
Para ser postor se deberá cumplir con lo siguiente: a) a) a) a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante Depósito Judicial Electrónico en la moneda en moneda en moneda en moneda en que se realizó la tasación del bien que se realizó la tasación del bien que se realizó la tasación del bien que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229, dicho Depósito Judicial Electrónico deberá ser registrado por el postor en el aplicativo informático del REM@JU; y, b) b) b) b) Efectuar el pago del arancel judicial por derecho a participar en el remate, indicando el numero del juzgado y número del expediente, dicho arancel deberá también ser registrado por el postor en el aplicativo informático del REM@JU.
3. 3. 3. 3. PUBLICACION PUBLICACION PUBLICACION PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION PUBLICACION PUBLICACION PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB EN EL PORTAL WEB EN EL PORTAL WEB EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley, conforme lo regula el artículo 15 del reglamento de la Ley 30229. Adhiérase a los autos la tasa judicial por concepto de edictos que se adjunta.
4. 4. 4. 4. FIJESE FIJESE FIJESE FIJESE los Avisos de Remate que genere el aplicativo informático del REM@JU en la vitrina del MODULO 14 piso14 del Edificio Alzamora Valdez por parte del Especialista Legal de Actos Externos Especialista Legal de Actos Externos Especialista Legal de Actos Externos Especialista Legal de Actos Externos JORGE ROCA AMARO JORGE ROCA AMARO JORGE ROCA AMARO JORGE ROCA AMARO y en el inmueble a rematar en forma oportuna, bajo responsabilidad, debiendo la parte demandante coordinar por intermedio del MAU - MODULO DE ATENCIÓN AL USUARIO. 5. 5. 5. 5. El cronograma correspondiente a cada remate se genera automáticamente por el aplicativo informático REM@JU al que podrán acceder las partes en el portal institucional del Poder Judicial www.pj.gob.pe, enlace virtual de REM@JU, para su visualización.
6. 6. 6. 6. CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE con solicitar el registro del remate electrónico en el sistema informático una vez vencido el plazo para formular oposición o una vez desestimada ésta en caso se hubiere formulado.
7. 7. 7. 7. NOTIFÍQUESE A LAS PARTES Y OCUPANTES DEL INMUEBLE MATERIA DE NOTIFÍQUESE A LAS PARTES Y OCUPANTES DEL INMUEBLE MATERIA DE NOTIFÍQUESE A LAS PARTES Y OCUPANTES DEL INMUEBLE MATERIA DE NOTIFÍQUESE A LAS PARTES Y OCUPANTES DEL INMUEBLE MATERIA DE REMATE REMATE REMATE REMATE mediante cédula y en el inmueble objeto de remate por el especialista mediante cédula y en el inmueble objeto de remate por el especialista mediante cédula y en el inmueble objeto de remate por el especialista mediante cédula y en el inmueble objeto de remate por el especialista legal de actos externos JORGE ROCA AMAR legal de actos externos JORGE ROCA AMAR legal de actos externos JORGE ROCA AMAR legal de actos externos JORGE ROCA AMARO, O, O, O, previa coordinación por el MAU. . . . 8. 8. 8. 8. Respecto a lo solicitado por la demandante en los escritos que anteceden; estese a lo resuelto precedentemente y siendo este un remate electrónico; resulta sin objeto la designación de martillero público dispuesto por resolución número 156. Reasumiendo jurisdicción la señora juez titular que suscribe por disposición superior.