Tasación: .. Distrito Judicial: CAÑETE. Departamento: LIMA. Provincia: CAÑETE. Distrito: SAN VICENTE DE CAÑETE.
Partida Registral: P17011403 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Centro Poblado Boca del Rio Mz. B Lote 3, Distrito de San Vicente, Provincia de Ca�ete y Departamento de Lima Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 19/12/2023 | 28/12/2023 |
Validación de Inscripción | 29/12/2023 | 04/01/2024 |
Presentación de Ofertas | 05/01/2024 | 06/01/2024 |
Pago Saldo | 08/01/2024 | 10/01/2024 |
Validación del Saldo | 11/01/2024 | 15/01/2024 |
�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
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�Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?
DEMANDANTE : YATACO LEVANO, REMIGIORESOLUCIÓN NÚMERO OCHO Cañete, veinticuatro de octubre del dos mil veintitrés. Dado cuenta: Al escrito N� 8757-2023, presentado por la parte ejecutante REMIGIO YATACO LEVANO, a lo expuesto, Téngase por cumplido con lo requerido y conforme a su estado, se procede a disponer el Remate Electrónico Judicial. AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO: PRIMERO.- Según el artículo 12� de la Ley 30229, que regula el Remate Electrónico Judicial, concordante con el artículo 731� y 734� del Código Procesal Civil, en lo que resulte aplicable: una vez aprobada la tasación o siendo innecesaria esta; y, verificándose que se haya cumplido con el pago del arancel judicial por concepto de remate, el Juez debe dictar la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando el bien y, de ser posible su descripción y característica, incluida las cargas y gravámenes, el monto de la valorización y/o tasación comercial, el precio base de la postura, equivalente a las dos terceras partes de la tasación del bien y el oblaje que debe depositar el postor, equivalente al 10% del valor de la tasación, en estos últimos, de conformidad con el numeral primero del artículo 736� y artículo 735� de la norma adjetiva. SEGUNDO.- En el presente caso, al momento de constituirse la garantía hipotecaria, del inmueble ubicado en Centro Poblado Boca del Rio Mz. B Lote 3, distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la partida registral N� P17011403 de los Registros de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete, mediante escritura pública de fecha 20 de diciembre del 2016, que corre de folios 04 a 07, se ha valorizado y/o tasado en forma convencional el inmueble objeto de ejecución forzada en la suma de S/. 26,400.00. De otra parte, la ejecutante ha cumplido con acompañar el arancel judicial por remate hasta por el monto de S/. 495.00 soles, equivalente al monto de la cuantía de la pretensión, conforme aparece en el escrito dado cuenta en la presente resolución. Del mismo modo, ha presentado copias actualizadas y completas de la partida registral correspondiente al inmueble objeto de remate. TERCERO.- Estando habilitado e implementado en este distrito judicial el servicio de remates electrónicos judiciales, corresponde disponer la realización del remate electrónico judicial, a través del aplicativo REM@JU del portal Web del Poder Judicial y, una vez vencido el plazo de oposición de tres días regulado en el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley 30229, el secretario del proceso deberá publicar en el aplicativo REM@JU, la convocatoria a remate, para su publicidad respectiva en el portal WEB del Poder Judicial, a través del aplicativo REM@JU, por el termino de diez días; sin perjuicio a las publicaciones establecidas en el artículo 733� del Código Procesal Civil, una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley 30229. Por las consideraciones expuestas, se RESUELVE: 1.- CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL, a través del aplicativo REM@JU, a fin de proceder al REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble objeto de hipoteca, que se detalla a continuación: a. DESCRIPCIÓN DEL BIEN: Inmueble ubicado en Centro Poblado Boca del Rio Mz. B Lote 3, distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y departamento de Lima, cuyos linderos y medidas perimétricas constan en su inscripción en la partida N� P17011403, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete. b.