Tasación: S/. 96,120.00. Precio Base: S/. 64,080.00. Incremento entre ofertas: S/. 192.24. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 9,612.00.. Distrito Judicial: ICA. Departamento: ICA. Provincia: ICA. Distrito: PARCONA.
Partida Registral: P07057618 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En Lote 06 de la Manzana H Ubicado En la Avenida 30 de Agosto S/n En la Asociaci�n Pro Vivienda �santa Rosa de Lima�? Segunda Etapa, Comprensi�n del Distrito de Parcona, Provincia de Ica, Departamento de Ica, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 05/10/2024 | 14/10/2024 |
Validación de Inscripción | 15/10/2024 | 17/10/2024 |
Presentación de Ofertas | 18/10/2024 | 19/10/2024 |
Pago Saldo | 21/10/2024 | 23/10/2024 |
Validación del Saldo | 24/10/2024 | 28/10/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 15879
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?
DEMANDANTE : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO ICA SA,Resolución Nro. 24. Ica, doce de abril del Dos mil veinticuatro.
AUTOS Y VISTOS: Con el escrito 12 que antecede presentado por CMAC ICA S.A ; A lo expuesto; de la revisión de autos se aprecia que Mediante resolución N� 23 de fecha 30 de noviembre del 2023, se resolvió aprobar el informe pericial de Fojas 151/154; no habiendo sido materia de impugnación por ninguna de la partes procesales, pese a encontrarse debidamente notificados, conforme obra en autos; en consecuencia; téngase por CONSENTIDA Y FIRME LA MISMA.- En cuanto al pedido de remate: Y CONSIDERANDO: PRIMERO: De lo antes expuesto, este Juzgado considera pertinente llevar adelante el remate a través de remate judicial electrónico REMAJU que está habilitado en el Distrito Judicial de Ica a partir del 04-03-2021 de conformidad con la R.A. N� 000160-2021-CSJIC-PJ; SEGUNDO.- De conformidad a la norma contenida en el artículo 731� del Código Procesal Civil, corresponde disponer la realización del remate judicial a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial; debiendo además considerarse que una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley 30229, el Especialista legal de la causa deberá publicar en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley 30229. Por lo expuesto, SE RESUELVE: PRIMERO. - CONVOCAR A REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO - REM@JU a efectos de proceder al remate EN PRIMERA CONVOCATORIA sobre el bien inmueble materia de ejecución forzada conforme al siguiente detalle: a) DESCRIPCIÓN DEL BIEN. - Inmueble ubicado en Lote 06 de la manzana H ubicado en la Avenida 30 de agosto S/N en la Asociación Pro Vivienda �Santa Rosa de Lima� Segunda Etapa, comprensión del distrito de Parcona, provincia de Ica, departamento de Ica, con un área de 137.70 cuyas características obran inscritas en la partida registral N� P07057618 del registro de propiedad inmueble de los Registros Públicos de Ica. b) CARGAS Y GRAVÁMENES. NINGUNO. c) VALOR DE LA TASACIÓN.- Tasación comercial efectuada por peritos valorizadores que obra a folios 151 y siguientes del expediente, la misma que establece un valor comercial ascendente a la suma de S/ 96,120.00 (Noventa y seis mil, ciento veinte con 00/100 soles) d) PRECIO .