domingo, 22 de febrero de 2026

Remate Judicial Banco de Departamento en San Martin de Porres Lima Precio Base $ 132905 🏡

Se trata de un DEPARTAMENTO O Inmueble ubicado en la Calle Alfonso Soto Mart�?nez N�504 €� 506 Urbanizaci�n San German, distrito de San Martin de Tasación: $ 275,928.13. Precio Base: $ 132,905.39 . Incremento entre ofertas: $ 398.72. Arancel: S/. 1,100.00. Oblaje: $ 27,592.81.. Distrito Judicial: L… remateCasas
Se trata de un DEPARTAMENTO O Inmueble ubicado en la Calle Alfonso Soto Mart�?nez N�504 €� 506 Urbanizaci�n San German, distrito de San Martin de
Tasación: $ 275,928.13. Precio Base: $ 132,905.39. Incremento entre ofertas: $ 398.72. Arancel: S/. 1,100.00. Oblaje: $ 27,592.81.. Distrito Judicial: LIMA NORTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN MARTIN DE PORRES.
Partida Registral: 43731629 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Calle Alfonso Soto Martinez N� 504, 506 Urb. San German San Martin de Porres, Partida 43731629 Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion20/02/2026 01/03/2026
Validación de Inscripción02/03/2026 04/03/2026
Presentación de Ofertas05/03/2026 06/03/2026
Pago Saldo09/03/2026 11/03/2026
Validación del Saldo12/03/2026 16/03/2026
Expediente: 05731-2016-0-0904-JR-FC-01. Distrito Judicial: LIMA NORTE. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO DE FAMILIA - SEDE MBJ CONDEVILLA. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: ARRIBASPLATA CABANILLAS ADOLFO. Especialista: MEZA RODRIGUEZ ENRIQUE. Materia: DIVORCIO POR CAUSAL. Resolución: 56. Fecha Resolución: 25/04/2025. Tipo Cambio: S/. 3.353 a la fecha 19/01/2026 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 18955
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : NAVARRO DELGADO, ARTURO AQUILES
RESOLUCIÓN NRO. 55 San Martin de Porres, veinticinco de abril de 2025.
AUTOS y VISTOS: DADO CUENTA EN LA FECHA debido a la excesiva carga procesal que afronta esta Judicatura: El escrito N�1767- 2025 presentado por el demandante de forma virtual: TENGASE por cumplido el mandato a que se contrae la resolución Nro. 54, en consecuencia, se procede a atender la convocatoria a remate solicitada por el demandante: Con los aranceles y la documentación que se acompaña; y ATENDIENDO: PRIMERO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 731 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N�30229, y su Reglamento, aprobado por D.S N�003-2015-JUS, y la Resolución Administrativa 268-2016-CE-PJ, la ejecución forzada vía remate judicial corresponde ser efectuada por medio de Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe posesión de ningunas de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia. SEGUNDO: Que de la revisión del escrito que antecede y de los presentes autos se aprecia que se cumple con los requisitos señalados el articulo N.� 12 de la Ley N�30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada ley, por lo que corresponde proceder con la convocatoria remate del inmueble dado en garantía. TERCERO: Que, además, cabe resaltar que de no haber usuarios postores inscritos o si han ingresado ofertas superiores al precio base de la primera convocatoria, el remate deviene en desierto; en cuyo caso, el REM@JU reprogramara una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento del precio que sirvió de base en la primera convocatoria. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria o no presentarse ofertas superiores al precio base, se procederá a una tercera convocatoria, reduciendo también en quince por ciento del precio que sirvió de base en segunda convocatoria. Por estas razones antes expuestas, SE RESUEVE:
1.- ORDENAR EL REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en la Calle Alfonso Soto Martínez N�504 � 506 Urbanización San German, Distrito de San Martin de Porres, inscrito en la Partida N�43731629 del Registro de

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE JUZGADO DE FAMILIA PERMANENTE � MBJ � CONDEVILLA.
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Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima, sobre el cual se han edificado varios pisos, que forma parte de la liquidación de la sociedad de gananciales.
2.- CONVOCAR AUTOMATICAMENTE, en caso de devenir en desierto la primera convocatoria de remate electrónico judicial, a SEGUNDO REMATE ELECTRONICO, y seguidamente, en caso de devenir en desierto la segunda convocatoria de remate electrónico, a TERCER REMATE ELECTRONICO del citado inmueble materia de ejecución, en los siguientes términos:
a) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial aprobado mediante Resolución N�48 de autos, ASCIENDE A US $ 275,928.13. b) PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

.
EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a . EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a . . TERCERA CONVIOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a . c) DESCRIPCION: Se trata de un departamento o inmueble ubicado en la Calle Alfonso Soto Martínez N�504 � 506 Urbanización San German, Distrito de San Martin de Porres, inscrito en la Partida N�43731629 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima, con un área 125 metros cuadrado, de tipo de uso: vivienda.
d) CARGA Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

Asiento C00001: Carga técnica realizada por los Arquitectos en el informe técnico de verificación.
HIPOTECA: Hipoteca constituida a favor del Banco de la Industria y Construcción, hasta por la suma de Noventa millones de soles. Así consta de la Escritura Pública de fecha 17-12-74, otorgada ante Notario Público Manuel Reategui de Lima, Titulo 6804 de 19-12-74. 3.- OBLAJE y PARTICIPACION: Para ser postor se deberá cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante Deposito Judicial Electrónico en la moneda en la que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el articulo 17 del Reglamento de la Ley 30229, dicho Deposito Judicial Electrónico deberá ser registrado por el postor en el aplicativo informático del REM JU; y, b) Efectuar el pago del arancel judicial por derecho a participar en el rem ate, indicando el nombre del juzgado y numero de expediento, dicho arancel deberá también ser registrado por el postor en el aplicativo informático del REM@JU.
4.- PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM JU por el termino de ley, conforme lo regula EL ARTICULO 15 DEL REGLAMENTO DE LA Ley 30229. Página 3 de 3
5.- FIJESE los Avisos de Remate que genere el aplicativo informático del REM @JU en la vitrina del local del Juzgado por parte del Especialista Legal y en el inmueble a rematar por el personal a cargo en forma oportuna, bajo responsabilidad. El cronograma correspondiente a cada remate se generará automáticamente por el aplicativo informático REM@JU a que podrán acceder las partes en el portal institucional del Poder Judicial, enlace virtual de REM@JU, para su visualización. 6.- NOTIFIQUESE a la parte ejecutada, dejándose a saldo su derecho de formular oposición solamente en base a la causal prevista legalmente; y, CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE con solicitar el registro del remate electrónico en el sistema informático una vez vencido el plazo para formular posición o una vez desestimada esta en caso se hubiera formulado. 7.- NOTIFIQUESE A LAS PARTES Y OCUPANTES DEL INMUEBLE MATERIA DE REMATE (Vía casilla electrónica a quienes la hubieren señalado). INTERVIENDO el ESPECIALISTA LEGAL, que da cuenta por disposición superior. NOTIFIQUESE. -