miércoles, 13 de marzo de 2024

Remate Judicial de Casa Banco en Amazonas Copallin Precio Base $ 28278000 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: AMAZONAS. Departamento: AMAZONAS . Provincia: BAGUA. Distrito: COPALLIN. Partida Registral: P34010126 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Mz. 6 Lote 5 Centro Poblado de Alenya, Distrito de Copallã?n, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas. Porcentaje a Rematar: 1… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: AMAZONAS. Departamento: AMAZONAS. Provincia: BAGUA. Distrito: COPALLIN.
Partida Registral: P34010126 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Mz. 6 Lote 5 Centro Poblado de Alenya, Distrito de Copallã?n, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion14/03/2024 23/03/2024
Validación de Inscripción25/03/2024 27/03/2024
Presentación de Ofertas28/03/2024 29/03/2024
Pago Saldo01/04/2024 03/04/2024
Validación del Saldo04/04/2024 08/04/2024
Expediente: 00002-2016-0-0102-JM-CI-01. Distrito Judicial: AMAZONAS. Órgano Jurisdisccional: 1°JUZGADO CIVIL - SEDE BAGUA. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: UGAZ MONTENEGRO LADY MABEL. Especialista: ALTAMIRANO RISCO FERNANDO. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: DIECINUEVE. Fecha Resolución: 23/10/2023. Tipo Cambio: S/. 3.687 a la fecha 12/03/2024 según la SBS.. Tasación: $ 42,417,000.00. Precio Base: $ 28,278,000.00. Incremento entre ofertas: $ 84,834.00. Arancel: S/. 1,030.00. Oblaje: $ 4,241,700.00. Descripción: CASA UBICADA EN MZ. 6 LOTE 5 CENTRO POBLADO DE ALENYA, DISTRITO DE COPALL�N, PROVINCIA DE BAGUA, DEPARTAMENTO DE AMAZONAS.. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13425
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en AMAZONAS?

DEMANDANTE : BANCO PICHINCHA,
RESOLUCIÓN NÚMERO: DIECINUEVE Bagua, veintitrés de octubre Del año dos mil veintitrés.- AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con el escrito que antecede; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, por escrito de fecha veintiséis de setiembre del año dos mil veintitrés, la parte demandante solicita a remate en primera subasta el bien dado en garantía. SEGUNDO: Que, si bien por resolución número dieciséis, corregida por resolución número diecisiete, se dispuso convocar a remate en primera convocatoria, no se puede establecer si tuvo el éxito deseado, por lo que a fin de que se vea efectivo el derecho de la parte ejecutante, corresponde ordenar se convoque a remate nuevamente en primera convocatoria. TERCERO: Que, el artículo 731° del Código Procesal Civil, establece: “Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia. (…)”. Por otro lado, según R.A 157-2021-P-CSJAM-PJ se dispone la puesta en marcha del Servicio de remates Electrónicos Judicial- REM@JU en la Corte Superior de Justicia de Amazonas, siendo su uso obligatorio. CUARTO: De conformidad con lo regulado en el artículo 12 de la Ley N° 30229, corresponde ordenar el remate judicial electrónico. La resolución que dispone dicho remate electrónico es inimpugnable sin perjuicio del pedido de corrección de errores de forma, materiales y de datos, que debe ser formulado dentro del plazo de ley. QUINTO: Respecto a la valorización del inmueble materia de Litis, se debe tomar como referencia lo estipulado en la escritura pública de préstamo hipotecario que obra de folios 15 a 36, en la que las partes han convenido en asignar como valor comercial para fines de ejecución del inmueble la suma de S/ 99,333.33 (Noventa y nueve mil trescientos treinta y tres y 33/100 soles). SEXTO: Cabe precisar que la ejecución del remate electrónico judicial se efectúa a través del aplicativo REM@JU, el cual se encuentra en el portal web del Poder Judicial; en dicho aplicativo se ingresan las ofertas que los usuarios postores ofrezcan, previa inscripción como postor. Asimismo, el acto de remate electrónico judicial del bien se realiza por un periodo de veinticuatro horas, en merito a los lineamientos establecidos en la Ley N° 30229. SETIMO: Para tal efecto el secretario de la causa publicara en el portal web del Poder Judicial el aviso de la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15 de la Ley 30229, a partir del tercer día, sin que las partes hayan presentado oposición a la misma, en merito a los dispuesto por el artículo 13 del Decreto Supremo N° 003-2015-JUS, reglamento de la Ley N° 30229. El sistema REM@JU generara automáticamente el cronograma de ejecución de remate electrónico en primera, segunda y tercera convocatoria, según el caso, comprendiendo las fases de publicidad, inscripción, desarrollo y adjudicación. OCTAVO: El postor ganador deberá registrar el pago del saldo del precio dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 de la Ley N° 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate, con pérdida del monto por oblaje, como concepto de multa e inhabilitación para participar como usuario postor en el remate electrónico judicial (REM@JU), por el plazo de un año, con la correspondiente anotación en el registro de remates electrónicos y publicidad a nivel nacional por el periodo de inhabilitación. Por tales fundamentos y normas invocadas: SE RESUELVE: 1. CONVOCAR A PRIMER REMATE PÚBLICO ELECTRÓNICO respecto del bien materia de Litis, cuyas características son las siguientes: a. Tipo de inmueble: Casa. b. Ubicación: Mz. 6 Lote 5 Centro Poblado de Alenya, distrito de Copallín, provincia de Bagua, departamento de Amazonas. 2.1.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

Hipoteca a favor del Banco Pichincha. 2.2. VALOR DE LA .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

US$. 42,417.00 (cuarenta y dos mil cuatrocientos diecisiete y 00/100 dólares americanos). 2.3. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en AMAZONAS?

PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA: Será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, ascendiendo a la suma de US$ 28,278.30 (veintiocho mil doscientos setenta y ocho y 00/100 dólares americanos). 2.4. OBLAJE: Se realizara en efectivo o mediante presentación de cheque de gerencia, por el monto correspondiente al diez por ciento (10%) del valor de la tasación. 2.5. Publicación: Proceda el secretario de la causa con la publicación de los avisos de remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU, una vez vencido el plazo de oposición, publicación que tendrá validez para todas las convocatorias. 3. NOTIFIQUESE.