Tasación: S/. 66,781.35. Precio Base: S/. 44,520.90. Incremento entre ofertas: S/. 133.56. Arancel: S/. 535.00. Oblaje: S/. 6,678.14.. Distrito Judicial: CAÑETE. Departamento: LIMA. Provincia: CAÑETE. Distrito: ASIA.
Partida Registral: 21230683 Tipo Inmueble: DEPOSITO. Dirección: Deposito N� 33 Lote Multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitaci�n Urbana Destina a Vivienda Temporal o Vacacional Denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Ca�ete y Departamento de Lima, se Encuentra Inscrito En la Partida N� 21230683 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ca�ete Porcentaje a Rematar: 100 %
| Remate judicial | Desde | Hasta |
|---|---|---|
| Publicación e Inscripcion | 23/10/2025 | 01/11/2025 |
| Validación de Inscripción | 03/11/2025 | 05/11/2025 |
| Presentación de Ofertas | 06/11/2025 | 07/11/2025 |
| Pago Saldo | 10/11/2025 | 12/11/2025 |
| Validación del Saldo | 13/11/2025 | 17/11/2025 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 20205
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?
DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAAResolución Nro. DIECIOCHO Cañete, quince de julio Del dos mil veinticinco.- AUTOS Y VISTOS: En la fecha con el escrito Nro. 5714-2025 presentado por la abogada defensora de la parte demandante SCOTIBANAK PERU SAA, a lo expuesto: AL PRINCIPAL, ÚNICO OTROSÍ DIGO Y CONSIDERANDO:
- PRIMERO: Según el artículo 12� de la Ley 30229, que regula el Remate Electrónico Judicial, concordante con el artículo 731� y 734� del Código Procesal Civil, en lo que resulte aplicable: una vez aprobada la tasación o siendo innecesaria esta; y, verificándose que se haya cumplido con el pago del arancel judicial por concepto de remate, el Juez debe dictar la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando el bien y, de ser posible su descripción y característica, incluida las cargas y gravámenes, el monto de la valorización y/o tasación comercial, el precio base de la postura, equivalente a las dos terceras partes de la tasación del bien y el Oblaje que debe depositar el postor, equivalente al 10% del valor de la tasación, en estos últimos, de conformidad con el numeral primero del artículo 736� y artículo 735� de la norma adjetiva.
-SEGUNDO.- En el presente caso, el inmueble embargado ubicado en: 1) Departamento N� 308 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230464 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete a favor de los ejecutados José Enrique Vidal Hermoza e Isabel del Rosario Canalle Bueno, la misma que ha sido valorizado y/o tasado en la suma de S/ 1�452.059.45., 2) Estacionamiento N� 99 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230621 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete a favor de los ejecutados José Enrique Vidal Hermoza e Isabel del Rosario Canalle Bueno, la misma que ha sido valorizado y/o tasado en la suma de S/ 62,982.52., 3) Estacionamiento N� 100 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230622 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete a favor de los ejecutados José Enrique Vidal Hermoza e Isabel del Rosario Canalle Bueno, la misma que ha sido valorizado y/o tasado en la suma de S/ 62,982.52., 4) Estacionamiento N� 101 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230623 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete a favor de los ejecutados José Enrique Vidal Hermoza e Isabel del Rosario Canalle Bueno, la misma que ha sido valorizado y/o tasado en la suma de S/ 71,212.36., 5) Deposito N� 33 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230683 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete a favor de los ejecutados José Enrique Vidal Hermoza e Isabel del Rosario Canalle Bueno, la misma que ha sido valorizado y/o tasado en la suma de S/ 66,781.35. De otra parte, el ejecutante ha cumplido con acompañar el arancel judicial por remate de acuerdo al monto de la cuantía y también ha cumplido con presentar copias actualizadas y completas de la partida registral correspondiente a los inmuebles objetos de remate judicial.
-TERCERO.- Estando habilitado e implementado en este distrito judicial el servicio de remates electrónicos judiciales, corresponde disponer la realización del remate electrónico judicial, a través del aplicativo REM@JU del portal Web del Poder Judicial y, una vez vencido el plazo de oposición de tres días regulado en el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley 30229, el secretario del proceso deberá publicar en el aplicativo REM@JU, la convocatoria a remate, para su publicidad respectiva en el portal WEB del Poder Judicial, a través del aplicativo REM@JU, por el termino de diez días; sin perjuicio a las publicaciones establecidas en el artículo 733� del Código Procesal Civil, una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley 30229.
- Por las consideraciones expuestas, se RESUELVE:
- 1.- CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL, a través del aplicativo REM@JU, a fin de proceder al REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble que se detalla a continuación: A) DESCRIPCIÓN DEL BIEN: 1) Departamento N� 308 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230464 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete.
- B) CARGAS Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
Asiento D00003 Hipoteca constituida por sus propietarios a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A., inscrita en la Partida N� 11008578 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, hasta por la suma de $ 466,355.37 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 37/100 DOLARES AMERICANOS) en conjunto con otros predios con el objeto de garantizar las obligaciones de pago, que por extenso constan en el título que se archiva.-C) .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
La Tasación comercial efectuado efectuada según informe pericial asciende a la suma de S/ 1�452.059.45 Soles.D) PRECIO .
¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
Se fija en la suma de S/ 968,039.63 Soles, equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación del bien.- E) OBLAJE: Se establece en la suma de S/ 145,205.945 Soles, equivalente al 10% del valor de la tasación, monto que los postores deberán cumplir en cada convocatoria, conjuntamente con el arancel judicial por derecho a participar del remate, para su inscripción correspondiente en el aplicativo REM@JU.
- AUTORIZO: En caso, de declararse desierto el remate en primera convocatoria, se realice automáticamente la SEGUNDA CONVOCATORIA, que tendrá como precio base la suma de S/ 822,833.69 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en primera convocatoria; y, de ser necesario, la TERCERA CONVOCATORIA A REMATE, teniéndose como precio base la suma de S/ 699,408.64 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en segunda convocatoria.
--F) DESCRIPCIÓN DEL BIEN: 2) Estacionamiento N� 99 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230621 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete.
- G) CARGAS Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
Asiento D00003 Hipoteca constituida por sus propietarios a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A., inscrita en la Partida N� 11008578 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, hasta por la suma de $ 466,355.37 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 37/100 DOLARES AMERICANOS) en conjunto con otros predios con el objeto de garantizar las obligaciones de pago, que por extenso constan en el título que se archiva.-H) .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
La Tasación comercial efectuado efectuada según informe pericial asciende a la suma de S/ 62,982.52 Soles.- I) PRECIO .
¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
Se fija en la suma de S/ 41,988.35 Soles, equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación del bien.-J) OBLAJE: Se establece en la suma de S/ 6,298.252 Soles, equivalente al 10% del valor de la tasación, monto que los postores deberán cumplir en cada convocatoria, conjuntamente con el arancel judicial por derecho a participar del remate, para su inscripción correspondiente en el aplicativo REM@JU.
- AUTORIZO: En caso, de declararse desierto el remate en primera convocatoria, se realice automáticamente la SEGUNDA CONVOCATORIA, que tendrá como precio base la suma de S/ 35,690.10 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en primera convocatoria; y, de ser necesario, la TERCERA CONVOCATORIA A REMATE, teniéndose como precio base la suma de S/ 30,336.59 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en segunda convocatoria.
- K) DESCRIPCIÓN DEL BIEN: 3) Estacionamiento N� 100 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230622 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete.
- L) CARGAS Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
Asiento D00003 Hipoteca constituida por sus propietarios a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A., inscrita en la Partida N� 11008578 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, hasta por la suma de $ 466,355.37 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 37/100 DOLARES AMERICANOS) en conjunto con otros predios con el objeto de garantizar las obligaciones de pago, que por extenso constan en el título que se archiva.-M) .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
La Tasación comercial efectuado efectuada según informe pericial asciende a la suma de S/ 62,982.52 Soles.- N) PRECIO .
¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
Se fija en la suma de S/ 41,988.35 Soles, equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación del bien.-O) OBLAJE: Se establece en la suma de S/ 6,298.252 Soles, equivalente al 10% del valor de la tasación, monto que los postores deberán cumplir en cada convocatoria, conjuntamente con el arancel judicial por derecho a participar del remate, para su inscripción correspondiente en el aplicativo REM@JU.
- AUTORIZO: En caso, de declararse desierto el remate en primera convocatoria, se realice automáticamente la SEGUNDA CONVOCATORIA, que tendrá como precio base la suma de S/ 35,690.10 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en primera convocatoria; y, de ser necesario, la TERCERA CONVOCATORIA A REMATE, teniéndose como precio base la suma de S/ 30,336.59 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en segunda convocatoria.
- P) DESCRIPCIÓN DEL BIEN: 4) Estacionamiento N� 101 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230623 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete.
- Q) CARGAS Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
Asiento D00003 Hipoteca constituida por sus propietarios a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A., inscrita en la Partida N� 11008578 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, hasta por la suma de $ 466,355.37 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 37/100 DOLARES AMERICANOS) en conjunto con otros predios con el objeto de garantizar las obligaciones de pago, que por extenso constan en el título que se archiva.-R) .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
La Tasación comercial efectuado efectuada según informe pericial asciende a la suma de S/ 71,212.36 Soles.- S) PRECIO .
¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
Se fija en la suma de S/ 47,474.91 Soles, equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación del bien.-T) OBLAJE: Se establece en la suma de S/ 7,121.236 Soles, equivalente al 10% del valor de la tasación, monto que los postores deberán cumplir en cada convocatoria, conjuntamente con el arancel judicial por derecho a participar del remate, para su inscripción correspondiente en el aplicativo REM@JU.
- AUTORIZO: En caso, de declararse desierto el remate en primera convocatoria, se realice automáticamente la SEGUNDA CONVOCATORIA, que tendrá como precio base la suma de S/ 40,353.67 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en primera convocatoria; y, de ser necesario, la TERCERA CONVOCATORIA A REMATE, teniéndose como precio base la suma de S/ 34,300.62 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en segunda convocatoria.
- U) DESCRIPCIÓN DEL BIEN: 5) Deposito N� 33 Lote multifamiliar Cuarta Fila Lote F3 � Zona de Habilitación Urbana destina a vivienda temporal o vacacional denominada Condominio la Jolla del Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida N� 21230683 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete.
- V) CARGAS Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
Asiento D00003 Hipoteca constituida por sus propietarios a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A., inscrita en la Partida N� 11008578 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, hasta por la suma de $ 466,355.37 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 37/100 DOLARES AMERICANOS) en conjunto con otros predios con el objeto de garantizar las obligaciones de pago, que por extenso constan en el título que se archiva.-W) .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
La Tasación comercial efectuado efectuada según informe pericial asciende a la suma de S/ 66,781.35 Soles.- X) PRECIO .
¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
Se fija en la suma de S/ 44,520.90 Soles, equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación del bien.-Y) OBLAJE: Se establece en la suma de S/ 6,678.135 Soles, equivalente al 10% del valor de la tasación, monto que los postores deberán cumplir en cada convocatoria, conjuntamente con el arancel judicial por derecho a participar del remate, para su inscripción correspondiente en el aplicativo REM@JU.
- AUTORIZO: En caso, de declararse desierto el remate en primera convocatoria, se realice automáticamente la SEGUNDA CONVOCATORIA, que tendrá como precio base la suma de S/ 37,842.77 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en primera convocatoria; y, de ser necesario, la TERCERA CONVOCATORIA A REMATE, teniéndose como precio base la suma de S/ 32,166.35 Soles, equivalente a la reducción en un 15% del precio base del remate en segunda convocatoria.
- 3.- DISPONGO: Que el secretario del proceso, bajo responsabilidad funcional, REGISTRE y/o INSCRIBA el remate en el sistema REM@JU, consentida y/o ejecutoriada sea la presente resolución.
--4.- EFECTÚESE las publicaciones de los avisos del remate por el plazo de DIEZ DIAS en el aplicativo REM@JU, del Portal Institucional del Poder Judicial, una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución; sin perjuicio de las publicaciones a realizarse por el secretario del proceso en la vitrina del Juzgado y en el inmueble objeto de ejecución forzada por el plazo de ley.- Notifíquese a los ejecutados y a los terceros ocupantes del inmueble objetos de remate judicial.
- Notificándose.-