martes, 24 de enero de 2023

Subasta Judicial BCP de Local en Lima Precio Base S/ 44200 🏡

Inmueble ubicado en la Sección N 37 (tienda Interior N 215- Segundo Piso), Jirón Junín N 453, distrito Cercado de Lima, Provincia V Departamento de Tasación: S/. 66,300.17. Precio Base: S/. 44,200.11 . Incremento entre ofertas: S/. 132.60. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 6,630.02.. Distrito Judici… remateCasas
Inmueble ubicado en la Sección N 37 (tienda Interior N 215- Segundo Piso), Jirón Junín N 453, distrito Cercado de Lima, Provincia V Departamento de
Tasación: S/. 66,300.17. Precio Base: S/. 44,200.11. Incremento entre ofertas: S/. 132.60. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 6,630.02.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: LIMA.
Partida Registral: 11835817 Tipo Inmueble: LOCAL. Dirección: En la Sección N° 37 (tienda Interior N° 215- Segundo Piso), Jirón Junín N° 453, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion25/01/2023 03/02/2023
Validación de Inscripción06/02/2023 08/02/2023
Presentación de Ofertas09/02/2023 10/02/2023
Pago Saldo13/02/2023 15/02/2023
Validación del Saldo16/02/2023 20/02/2023
Expediente: 04175-2021-0-1817-JR-CO-03. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 3°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GAMERO VILDOSO, LUIS MIGUEL. Especialista: CABANILLAS DULANTO, JACQUELINE. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 6. Fecha Resolución: 07/03/2022

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10051
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU,
Resolución Nro. SEIS Miraflores, siete de marzo de dos mil veintidós
AUTOS Y VISTOS: Dando cuenta del escrito del 12 de noviembre de 2021, presentado por la parte demandante; al principal: con las copias que adjunta, téngase por cumplido lo dispuesto por resolución que antecede y estando a lo solicitado por el ejecutante y; Atendiendo: PRIMERO: Estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte del ejecutante, y teniendo presente el artículo 731 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia", SEGUNDO: Estando al estado del proceso –etapa de ejecución forzada - y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo N° 12 de la Ley N° 30229 y Articulo 13 del Reglamento de la citada Ley. TERCERO: El artículo 13 de la Ley N° 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. CUARTO: Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto. SE RESUELVE:
1. CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA de los siguientes inmuebles hipotecados:
2. En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos:
1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en la Sección N° 34 (Tienda Interior N° 212 - Segundo Piso), Jirón Junín N° 453, Distrito Cercado de Lima, Provincia v Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 11835812 de Registros de Predios de Lima.
a) .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?


CARGA: Inscrita en el Asiento D00002 de la Partida Electrónica N°49027166. Los profesionales intervinientes en la presente ampliación de fabrica declaran que la construcción edificada sobre el inmueble inscrito en esta partida presenta las siguientes observaciones: I) OBSERVACIONES DEL INFORME TECNICO DE VERIFICACION (Arq. Raúl Eleazar Dulanto Zapata): 1. - Su uso no es conforme ya que en corredores turísticos no se autorizan galerías comerciales. 2. - No cumple el área libre mínima reglamentaria. Según R.N.C: 20%. Según Proyecto: 4.12%. 3. - No cuenta con estacionamientos: Déficit 20 espacios para estacionamiento. II) OBSERVACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA INC (Arquitecta Irene Amaltea Campos Herrera): Se conserva la volumetría de fachada de la fábrica antigua, existen 4 puertas, dos de ellos sin numeración, las puertas son metálicas enrollables. estas son inadecuadas para la zona Monumental pueden instalarse hacia el interior, hacia el exterior deberían colocarse otras plegadizas de madera u otro material con diseño y características acorde al inmueble y a la zona Monumental. Los toldos instalados en la fachada, dañan muros y columnas del inmueble además no se permite colocación de avisaje comercial que no armonice con las características propias de la fachada. El diseño y ubicación del avisaje está reglamentado IV-V 4 del Reglamento Nacional de Construcciones. El plano de la elevación presentado no corresponde a lo existente, se ha omitido una ventana, tratamiento de vanos y brunado de muros. 2. - En el primer piso se conserva parte de las estructuras de la fábrica antigua que corresponden al hall de ingreso y a la tienda, ambas con intervenciones de remodelación. En los planos de planta del primer piso no se ha graficado la distribución ni el número de tiendas de acuerdo a lo construido, en los planos figuran muros divisorios de albañilería, entre cada local, pero se ha construido las columnas con modulación diferente y tabiquería de madera, fibrablock, o similar (tienda a ambos lados del corredor central). Los planos no corresponden a lo existente. 3. - Las modificaciones en los pisos 2o, 3o, 4o y azotea son mínimas. 4. - Los pasajes de circulación no cumplen con las dimensiones reglamentarias. 5. - No cuentan con zonas de depósitos, caga y descarga, zona de eliminación de basura. 6. - Excede el coeficiente de edificación. 7. - No cumple con el área libre mínima reglamentaria. Conclusiones: * La declaratoria de fabrica como Galería Comercial es improcedente. * No obra en los archivos del Instituto Nacional de Cultura la autorización de demolición ni la aprobación de proyecto de remodelación, ampliación u obra nueva. III) OBSERVACIONES DEL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU (CAP CBP Augusto Iwamoto Ito): A continuación se deja constancia de las observaciones relacionadas a las vías de evacuación y de los Sistemas de Seguridad contra incendios: Señalización, Vías de Evacuación y Sistemas de Seguridad contra incendios: 1. - Reorientar e implementar la señalización determinando las áreas de seguridad interna y demás ambientes de la planta, zonas de refugio temporales externas para evacuación en casos de sismos o incendios, indicando las vías de salida, ubicación de los extintores. 2. - Contar con megáfonos, linternas a pilas y otros para facilitar las labores de evacuación en los casos que sean necesarios. 3. - Mantener en un lugar seguro, visible y accesible del primer piso las llaves del cuarto de bombas y otros para casos de emergencia. Sistema de Agua contra Incendios de las instalaciones sanitarias: 1. - Rediseñar la red del sistema de agua contra incendio en todo el predio. 2. - La montante de agua contra incendio deberá ser independiente del sistema de distribución de agua para uso de planta. 3. - Se deberá colocar gabinetes contra incendios operativos distribuidos de tal manera que los chorros de agua lleguen a cubrir todas la área comprometidas de la propiedad para repeler en forma óptima cualquier amago de incendio. 4. - La montante contra incendio deberá ser SCH-40 considerando el diámetro mínimo de la tubería según cálculo de diseño. 5. - Al realizar la verificación se constató que no cuenta con un sistema de bombeo contra incendio para la cual se deberá colocar una bomba contra incendio y una Jockey que cumplan con el caudal (Q) y la altura dinámica (ADT) requerida para las características del riesgo: 6. - La red de agua contra incendio deberá ser de color rojo en todo su recorrido. 7. - Asegurar que la tubería de succión de agua para uso de la planta no invada los dominios de volumen de reserva de agua entra incendio de la cisterna. 8. - La presión en la salida de las mangueras de los gabinetes contra incendios, no debera ser menor de 6 psi. 9. - Solicitar a SEDAPAL, la instalación de un hidrante de agua para uso del Cuerpo General de Bomberos en casos de incendios, ubicado en una de las esquinas de la cuadra sobre la fachada principal. 10. - Colocar siamesa con válvula de drenaje para el predio.
Sistema de Emergencia contra incendios de instalaciones eléctricas: 1. - Colocar iluminación de emergencia accionada por baterías en las vías de evacuación y salidas. 2. - Colocar gong de alarma para casos de incendio. 3. - La parada manual de la bomba contra incendios solo deberá ser ubicado en el cuarto de bomba. 4. - Los sistemas antes mencionados deberán estar conectados a una central de alarmas ubicada en las cercanías de la entrada principal 5. - Las cuchillas de corte de fluido eléctrico, se recomiendan del tipo termomagnetico. 6. - Es importante que las cajas de distribución eléctrica se encuentren siempre cerradas, para evitar el corte involuntario por personas que manipulan las llaves, evitando afectar su funcionamiento. 7. - Tomar las medidas preventivas para que no se originen corto circuitos al interior de la caja de suministro eléctrico y conexiones eléctricas. 8. - Identificar cada una de las llaves de cada una de las cajas de distribución eléctrica del edificio. Por lo expuesto se deberá tomar las medidas correctivas pertinentes para regularizar las observaciones en todas sus especialidades, debiendo ser subsanadas para su aprobación final: NOTA: Si el edificio presentado tiene proyectado o ya cuenta actualmente con instalación de gas y/o petróleo, este deberá contar con la autorización del Organismo Supervisor de la Inversión de la Energía "OSINERG'. Sera de responsabilidad del interesado el velar por la !implementación y buen funcionamiento de los sistema de seguridad contra incendios, asi como el correspondiente entrenamiento del personal. IV) OBSERVACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL - INDECI • (Arq. Domnino Miguel Ore Morales): 1. - En algunas tiendas se ha podido notar que faltan tapa ciega y cable eléctricos visibles colgantes que puedan causar cortocircuito. 2. - En general el Edificio Comercial en el momento de la Inspección se observó que NO cuentan con gabinetes contra Incendios, existe extintores contra incendio de PQS tipo ABC de 12kg de capacidad en cada piso del edificio y en cada entrada del Edificio Comercial, las cuales no se encontraban operativas, estas aun no se habían instalado en el lugar adecuado. 3. - Falta señalizar algunos lugares que se dejo indicaciones para que las efectúen. Tienen botiquín de primeros auxilios que no están abastecidas, las mismas que debe ser ubicadas en un lugar adecuado y visible. Análisis: 1. - La falta de Gabinetes contra incendio, señalización de evacuación y zona seguras además de una buena ubicación de los extintores en caso de producirse un amago de incendio no se podría controlar en forma oportuna, pudiendo crecer su magnitud rápidamente. 2. - Los pasadizos tienen un ancho útil variable de circulación, además se complica cuando los comerciantes de cada tienda (ropa, bazares, etc.) ocupan los pasadizos con sus mercaderías reduciendo de esta forma mas los pasadizos. Conclusiones: De acuerdo a la inspección efectuada se concluye que el Edificio Comercial inspeccionado reúne mínimas condiciones básicas de seguridad desde el punto de vista de Defensa Civil para su funcionamiento en caso de producirse un fenómeno sísmico o incendio.
En el Asiento D00004 de la Partida N° 11835812 de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco de crédito del Perú, hasta por la suma de S/679,800.00 soles, a fin de garantizar el pago del préstamo que se le concede y demás obligaciones adicionales.
b) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En autos asciende a la suma de S/. 110,892.65.
b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 73,928.43 b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 62,839.17. b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 53,413.29.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso de remate en el inmueble y en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate.
1.2 DESCRIPCION: inmueble ubicado en la Sección N° 37 (Tienda Interior N° 215- Segundo Piso), Jirón Junín N° 453, Distrito Cercado de Lima, Provincia v Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 11835817 de Registros de Predios de Lima.
a) .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?


CARGA: Inscrita en el Asiento D00002 de la Partida Electrónica N°49027166. Los profesionales intervinientes en la presente ampliación de fabrica declaran que la construcción edificada sobre el inmueble inscrito en esta partida presenta las siguientes observaciones: I) OBSERVACIONES DEL INFORME TECNICO DE VERIFICACION (Arq. Raúl Eleazar Dulanto Zapata): 1. - Su uso no es conforme ya que en corredores turísticos no se autorizan galerías comerciales. 2. - No cumple el área libre mínima reglamentaria. Según R.N.C: 20%. Según Proyecto: 4.12%. 3. - No cuenta con estacionamientos: Déficit 20 espacios para estacionamiento. II) OBSERVACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA INC (Arquitecta Irene Amaltea Campos Herrera): Se conserva la volumetría de fachada de la fábrica antigua, existen 4 puertas, dos de ellos sin numeración, las puertas son metálicas enrollables. estas son inadecuadas para la zona Monumental pueden instalarse hacia el interior, hacia el exterior deberían colocarse otras plegadizas de madera u otro material con diseño y características acorde al inmueble y a la zona Monumental. Los toldos instalados en la fachada, dañan muros y columnas del inmueble además no se permite colocación de avisaje comercial que no armonice con las características propias de la fachada. El diseño y ubicación del avisaje está reglamentado IV-V 4 del Reglamento Nacional de Construcciones. El plano de la elevación presentado no corresponde a lo existente, se ha omitido una ventana, tratamiento de vanos y brunado de muros. 2. - En el primer piso se conserva parte de las estructuras de la fábrica antigua que corresponden al hall de ingreso y a la tienda, ambas con intervenciones de remodelación. En los planos de planta del primer piso no se ha graficado la distribución ni el número de tiendas de acuerdo a lo construido, en los planos figuran muros divisorios de albañilería, entre cada local, pero se ha construido las columnas con modulación diferente y tabiquería de madera, fibrablock, o similar (tienda a ambos lados del corredor central). Los planos no corresponden a lo existente. 3. - Las modificaciones en los pisos 2o, 3o, 4o y azotea son mínimas. 4. - Los pasajes de circulación no cumplen con las dimensiones reglamentarias. 5. - No cuentan con zonas de depósitos, caga y descarga, zona de eliminación de basura. 6. - Excede el coeficiente de edificación. 7. - No cumple con el área libre mínima reglamentaria. Conclusiones: * La declaratoria de fabrica como Galería Comercial es improcedente. * No obra en los archivos del Instituto Nacional de Cultura la autorización de demolición ni la aprobación de proyecto de remodelación, ampliación u obra nueva. III) OBSERVACIONES DEL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU (CAP CBP Augusto Iwamoto Ito): A continuación se deja constancia de las observaciones relacionadas a las vías de evacuación y de los Sistemas de Seguridad contra incendios: Señalización, Vías de Evacuación y Sistemas de Seguridad contra incendios: 1. - Reorientar e implementar la señalización determinando las áreas de seguridad interna y demás ambientes de la planta, zonas de refugio temporales externas para evacuación en casos de sismos o incendios, indicando las vías de salida, ubicación de los extintores. 2. - Contar con megáfonos, linternas a pilas y otros para facilitar las labores de evacuación en los casos que sean necesarios. 3. - Mantener en un lugar seguro, visible y accesible del primer piso las llaves del cuarto de bombas y otros para casos de emergencia. Sistema de Agua contra Incendios de las instalaciones sanitarias: 1. - Rediseñar la red del sistema de agua contra incendio en todo el predio. 2. - La montante de agua contra incendio deberá ser independiente del sistema de distribución de agua para uso de planta. 3. - Se deberá colocar gabinetes contra incendios operativos distribuidos de tal manera que los chorros de agua lleguen a cubrir todas la área comprometidas de la propiedad para repeler en forma óptima cualquier amago de incendio. 4. - La montante contra incendio deberá ser SCH-40 considerando el diámetro mínimo de la tubería según cálculo de diseño. 5. - Al realizar la verificación se constató que no cuenta con un sistema de bombeo contra incendio para la cual se deberá colocar una bomba contra incendio y una Jockey que cumplan con el caudal (Q) y la altura dinámica (ADT) requerida para las características del riesgo: 6. - La red de agua contra incendio deberá ser de color rojo en todo su recorrido. 7. - Asegurar que la tubería de succión de agua para uso de la planta no invada los dominios de volumen de reserva de agua entra incendio de la cisterna. 8. - La presión en la salida de las mangueras de los gabinetes contra incendios, no debera ser menor de 6 psi. 9. - Solicitar a SEDAPAL, la instalación de un hidrante de agua para uso del Cuerpo General de Bomberos en casos de incendios, ubicado en una de las esquinas de la cuadra sobre la fachada principal. 10. - Colocar siamesa con válvula de drenaje para el predio.
Sistema de Emergencia contra incendios de instalaciones eléctricas: 1. - Colocar iluminación de emergencia accionada por baterías en las vías de evacuación y salidas. 2. - Colocar gong de alarma para casos de incendio. 3. - La parada manual de la bomba contra incendios solo deberá ser ubicado en el cuarto de bomba. 4. - Los sistemas antes mencionados deberán estar conectados a una central de alarmas ubicada en las cercanías de la entrada principal 5. - Las cuchillas de corte de fluido eléctrico, se recomiendan del tipo termomagnetico. 6. - Es importante que las cajas de distribución eléctrica se encuentren siempre cerradas, para evitar el corte involuntario por personas que manipulan las llaves, evitando afectar su funcionamiento. 7. - Tomar las medidas preventivas para que no se originen corto circuitos al interior de la caja de suministro eléctrico y conexiones eléctricas. 8. - Identificar cada una de las llaves de cada una de las cajas de distribución eléctrica del edificio. Por lo expuesto se deberá tomar las medidas correctivas pertinentes para regularizar las observaciones en todas sus especialidades, debiendo ser subsanadas para su aprobación final: NOTA: Si el edificio presentado tiene proyectado o ya cuenta actualmente con instalación de gas y/o petróleo, este deberá contar con la autorización del Organismo Supervisor de la Inversión de la Energía "OSINERG'. Sera de responsabilidad del interesado el velar por la !implementación y buen funcionamiento de los sistema de seguridad contra incendios, asi como el correspondiente entrenamiento del personal. IV) OBSERVACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL - INDECI • (Arq. Domnino Miguel Ore Morales): 1. - En algunas tiendas se ha podido notar que faltan tapa ciega y cable eléctricos visibles colgantes que puedan causar cortocircuito. 2. - En general el Edificio Comercial en el momento de la Inspección se observó que NO cuentan con gabinetes contra Incendios, existe extintores contra incendio de PQS tipo ABC de 12kg de capacidad en cada piso del edificio y en cada entrada del Edificio Comercial, las cuales no se encontraban operativas, estas aun no se habían instalado en el lugar adecuado. 3. - Falta señalizar algunos lugares que se dejo indicaciones para que las efectúen. Tienen botiquín de primeros auxilios que no están abastecidas, las mismas que debe ser ubicadas en un lugar adecuado y visible. Análisis: 1. - La falta de Gabinetes contra incendio, señalización de evacuación y zona seguras además de una buena ubicación de los extintores en caso de producirse un amago de incendio no se podría controlar en forma oportuna, pudiendo crecer su magnitud rápidamente. 2. - Los pasadizos tienen un ancho útil variable de circulación, además se complica cuando los comerciantes de cada tienda (ropa, bazares, etc.) ocupan los pasadizos con sus mercaderías reduciendo de esta forma mas los pasadizos. Conclusiones: De acuerdo a la inspección efectuada se concluye que el Edificio Comercial inspeccionado reúne mínimas condiciones básicas de seguridad desde el punto de vista de Defensa Civil para su funcionamiento en caso de producirse un fenómeno sísmico o incendio.
En el Asiento D00004 de la Partida N° 11835817 de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco de crédito del Perú, hasta por la suma de S/369,600.00 soles, a fin de garantizar el pago del préstamo que se le concede y demás obligaciones adicionales.
b) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En autos asciende a la suma de S/. 66,300.17.
b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 44,200.11. b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 37,570.10. b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 31,934.58.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso de remate en el inmueble y en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate.
1.3 DESCRIPCION: inmueble ubicado en la Sección N° 45 (Tienda Interior N° 223- Segundo Piso), Jirón Junín N° 453, Distrito Cercado de Lima, Provincia v Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 11835827 de Registros de Predios de Lima.
a) .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?


CARGA: Inscrita en el Asiento D00002 de la Partida Electrónica N°49027166. Los profesionales intervinientes en la presente ampliación de fabrica declaran que la construcción edificada sobre el inmueble inscrito en esta partida presenta las siguientes observaciones: I) OBSERVACIONES DEL INFORME TECNICO DE VERIFICACION (Arq. Raúl Eleazar Dulanto Zapata): - Su uso no es conforme ya que en corredores turísticos no se autorizan galerías comerciales. 2. - No cumple el área libre mínima reglamentaria. Según R.N.C: 20%. Según Proyecto: 4.12%. 3. - No cuenta con estacionamientos: Déficit 20 espacios para estacionamiento. II) OBSERVACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA INC (Arquitecta Irene Amaltea Campos Herrera): Se conserva la volumetría de fachada de la fábrica antigua, existen 4 puertas, dos de ellos sin numeración, las puertas son metálicas enrollables. estas son inadecuadas para la zona Monumental pueden instalarse hacia el interior, hacia el exterior deberían colocarse otras plegadizas de madera u otro material con diseño y características acorde al inmueble y a la zona Monumental. Los toldos instalados en la fachada, dañan muros y columnas del inmueble además no se permite colocación de avisaje comercial que no armonice con las características propias de la fachada. El diseño y ubicación del avisaje está reglamentado IV-V 4 del Reglamento Nacional de Construcciones. El plano de la elevación presentado no corresponde a lo existente, se ha omitido una ventana, tratamiento de vanos y brunado de muros. 2. - En el primer piso se conserva parte de las estructuras de la fábrica antigua que corresponden al hall de ingreso y a la tienda, ambas con intervenciones de remodelación. En los planos de planta del primer piso no se ha graficado la distribución ni el número de tiendas de acuerdo a lo construido, en los planos figuran muros divisorios de albañilería, entre cada local, pero se ha construido las columnas con modulación diferente y tabiquería de madera, fibrablock, o similar (tienda a ambos lados del corredor central). Los planos no corresponden a lo existente. 3. - Las modificaciones en los pisos 2o, 3o, 4o y azotea son mínimas. 4. - Los pasajes de circulación no cumplen con las dimensiones reglamentarias. 5. - No cuentan con zonas de depósitos, caga y descarga, zona de eliminación de basura. 6. - Excede el coeficiente de edificación. 7. - No cumple con el área libre mínima reglamentaria. Conclusiones: La declaratoria de fabrica como Galería Comercial es improcedente. No obra en los archivos del Instituto Nacional de Cultura la autorización de demolición ni la aprobación de proyecto de remodelación, ampliación u obra nueva. III) OBSERVACIONES DEL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU (CAP CBP Augusto Iwamoto Ito): A continuación se deja constancia de las observaciones relacionadas a las vías de evacuación y de los Sistemas de Seguridad contra incendios: Señalización, Vías de Evacuación y Sistemas de Seguridad contra incendios: 1. - Reorientar e implementar la señalización determinando las áreas de seguridad interna y demás ambientes de la planta, zonas de refugio temporales externas para evacuación en casos de sismos o incendios, indicando las vías de salida, ubicación de los extintores. 2. - Contar con megáfonos, linternas a pilas y otros para facilitar las labores de evacuación en los casos que sean necesarios. 3. - Mantener en un lugar seguro, visible y accesible del primer piso las llaves del cuarto de bombas y otros para casos de emergencia. Sistema de Agua contra Incendios de las instalaciones sanitarias: 1. - Rediseñar la red del sistema de agua contra incendio en todo el predio. 2. - La montante de agua contra incendio deberá ser independiente del sistema de distribución de agua para uso de planta. 3. - Se deberá colocar gabinetes contra incendios operativos distribuidos de tal manera que los chorros de agua lleguen a cubrir todas la área comprometidas de la propiedad para repeler en forma óptima cualquier amago de incendio. 4. - La montante contra incendio deberá ser SCH-40 considerando el diámetro mínimo de la tubería según cálculo de diseño. 5. - Al realizar la verificación se constató que no cuenta con un sistema de bombeo contra incendio para la cual se deberá colocar una bomba contra incendio y una Jockey que cumplan con el caudal (Q) y la altura dinámica (ADT) requerida para las características del riesgo: 6. - La red de agua contra incendio deberá ser de color rojo en todo su recorrido. 7. - Asegurar que la tubería de succión de agua para uso de la planta no invada los dominios de volumen de reserva de agua entra incendio de la cisterna. 8. - La presión en la salida de las mangueras de los gabinetes contra incendios, no debera ser menor de 6 psi. 9. - Solicitar a SEDAPAL, la instalación de un hidrante de agua para uso del Cuerpo General de Bomberos en casos de incendios, ubicado en una de las esquinas de la cuadra sobre la fachada principal. 10. - Colocar siamesa con válvula de drenaje para el predio.
Sistema de Emergencia contra incendios de instalaciones eléctricas: 1. - Colocar iluminación de emergencia accionada por baterías en las vías de evacuación y salidas. 2. - Colocar gong de alarma para casos de incendio. 3. - La parada manual de la bomba contra incendios solo deberá ser ubicado en el cuarto de bomba. 4. - Los sistemas antes mencionados deberán estar conectados a una central de alarmas ubicada en las cercanías de la entrada principal 5. - Las cuchillas de corte de fluido eléctrico, se recomiendan del tipo termomagnetico. 6. - Es importante que las cajas de distribución eléctrica se encuentren siempre cerradas, para evitar el corte involuntario por personas que manipulan las llaves, evitando afectar su funcionamiento. 7. - Tomar las medidas preventivas para que no se originen corto circuitos al interior de la caja de suministro eléctrico y conexiones eléctricas. 8. - Identificar cada una de las llaves de cada una de las cajas de distribución eléctrica del edificio. Por lo expuesto se deberá tomar las medidas correctivas pertinentes para regularizar las observaciones en todas sus especialidades, debiendo ser subsanadas para su aprobación final: NOTA: Si el edificio presentado tiene proyectado o ya cuenta actualmente con instalación de gas y/o petróleo, este deberá contar con la autorización del Organismo Supervisor de la Inversión de la Energía "OSINERG'. Sera de responsabilidad del interesado el velar por la !implementación y buen funcionamiento de los sistema de seguridad contra incendios, asi como el correspondiente entrenamiento del personal. IV) OBSERVACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL - INDECI • (Arq. Domnino Miguel Ore Morales): 1. - En algunas tiendas se ha podido notar que faltan tapa ciega y cable eléctricos visibles colgantes que puedan causar cortocircuito. 2. - En general el Edificio Comercial en el momento de la Inspección se observó que NO cuentan con gabinetes contra Incendios, existe extintores contra incendio de PQS tipo ABC de 12kg de capacidad en cada piso del edificio y en cada entrada del Edificio Comercial, las cuales no se encontraban operativas, estas aun no se habían instalado en el lugar adecuado. 3. - Falta señalizar algunos lugares que se dejo indicaciones para que las efectúen. Tienen botiquín de primeros auxilios que no están abastecidas, las mismas que debe ser ubicadas en un lugar adecuado y visible. Análisis: 1. - La falta de Gabinetes contra incendio, señalización de evacuación y zona seguras además de una buena ubicación de los extintores en caso de producirse un amago de incendio no se podría controlar en forma oportuna, pudiendo crecer su magnitud rápidamente. 2. - Los pasadizos tienen un ancho útil variable de circulación, además se complica cuando los comerciantes de cada tienda (ropa, bazares, etc.) ocupan los pasadizos con sus mercaderías reduciendo de esta forma mas los pasadizos. Conclusiones: De acuerdo a la inspección efectuada se concluye que el Edificio Comercial inspeccionado reúne mínimas condiciones básicas de seguridad desde el punto de vista de Defensa Civil para su funcionamiento en caso de producirse un fenómeno sísmico o incendio.
En el Asiento D00004 de la Partida N° 11835827 de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor del Banco de crédito del Perú, hasta por la suma de S/547,200.00 soles, a fin de garantizar el pago del préstamo que se le concede y demás obligaciones adicionales.
b) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En autos asciende a la suma de S/. 99,425.55.
b.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 66,283.70. b.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 56,341.15. b.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. 47,889.97.
c) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente. d) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse a la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso de remate en el inmueble y en la vitrina del juzgado, debiendo la parte ejecutante apersonarse al local del Juzgado a efectos de programar dicha diligencia, una vez quede firme la presente resolución y se fije a través del sistema electrónico la fecha para la diligencia a remate. Notificar.