miércoles, 12 de abril de 2023

Departamento en Remate Judicial en Miraflores Lima Precio Base $ 107427 🏡

El Dpto. N 301, se ubica en el Tercer Piso de un Edificio de 7 Pisos Yazotea, el Cual Tiene un Acceso a un Hall que Distribuye a Escalera Tasación: $ 161,140.92. Precio Base: $ 107,427.28 . Incremento entre ofertas: $ 322.28. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 16,114.09.. Distrito Judicial: LIMA. Depar… remateCasas
El Dpto. N 301, se ubica en el Tercer Piso de un Edificio de 7 Pisos Yazotea, el Cual Tiene un Acceso a un Hall que Distribuye a Escalera
Tasación: $ 161,140.92. Precio Base: $ 107,427.28. Incremento entre ofertas: $ 322.28. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 16,114.09.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: MIRAFLORES.
Partida Registral: 12400194 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Calle Jose Eusebio del Llano Zapata N° 349 - Departamento 301 - Tercer Piso Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion12/04/2023 21/04/2023
Validación de Inscripción24/04/2023 26/04/2023
Presentación de Ofertas27/04/2023 28/04/2023
Pago Saldo02/05/2023 04/05/2023
Validación del Saldo05/05/2023 09/05/2023
Expediente: 05308-2013-0-1817-JR-CO-10. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 10°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: PUICAN VILLACREZ ZOILA NELLY CECILIA. Especialista: ESCOBAR CHANG, CARLOS ANDRES. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 60. Fecha Resolución: 05/08/2020. Tipo Cambio: S/. 3.773 a la fecha 10/04/2023 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10499
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : PROMOTORA OPCION SA EAFC,
Resolución Nro. Sesenta Miraflores, Cinco de Agosto Del Año Dos Mil Veinte
Se da cuenta en la fecha del presente proceso mediante el sistema de trabajo remoto autorizado mediante Resolución Administrativa N° 000150- 2020-P-CSJLI, de fecha 06 de abril del año en curso. Dando cuenta en la fecha el escrito de fecha veinte de noviembre del dos mil diecinueve con los recibos de pago por derecho de notificación que acompaña: A lo expuesto y; ATENDIENDO: Con la Copia Literal actualizada, tasación, tasa judicial y estando a la solicitud de convocatoria a remate por la parte ejecutante PROMOTORA OPCION SA EAFC, y conforme al estado del proceso – etapa de ejecución forzada -de conformidad a lo dispuesto en el artículo 731 del Código Procesal Civil modificado por la Ley 30229; y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo N° 12° de la Ley N° 30229 y Articulo 13° del Reglamento de la citada Ley; por tal motivo: SE RESUELVE:
1. CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente inmueble hipotecado: 2. En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos:
A. DESCRIPCIÓN: • Inmueble ubicado en CALLE JOSE EUSEBIO DEL LLANO ZAPATA N° 349 - DEPARTAMENTO 301 - TERCER PISO - DISTRITO DE MIRAFLORES, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, inscrito en la Partida Electrónica N° 12400194 de los Registros Públicos de Lima.
B.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

• HIPOTECA a favor de PROMOTORA OPCION SA EAFC hasta por la suma de US$.86,287.30 dólares americanos. • ANOTACIÓN DE DEMANDA emitido por el 10 Juzgado Comercial de Lima.
C.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

• La Tasación en autos asciende a la suma de CIENTO SESENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA DOLARES AMERICANOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR (US$.161,140.92); debiendo tenerse como base las siguientes posturas:
EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a US$107,427.28 (Ciento Siete Mil Cuatrocientos Veintisiete con 28/100 Dólares Americanos). EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$.91,313.19 (Noventa y Un Mil Trescientos Trece con 19/100 dólares americanos). EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$.77,616.22 (Setenta y Siete Mil Seiscientos Dieciséis con 22/100 dólares americanos).
D. OBLAJE:
• Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación, conforme el artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
E. PUBLICACIÓN:
• Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15° de la Ley N° 30229; FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub- litis, autorizándose a las personas que se indican para los fines de ley; notificándose.-