sábado, 6 de mayo de 2023

Remate Judicial BCP de Departamento en Lambayeque La Victoria Precio Base $ 74208 🏡

Inmueble ubicado en Mz. C, Lote 4 de la Habilitación Urbana en Condominio Jockey Club de Chiclayo, distrito y Provincia de Chiclayo, DEPARTAMENTO de Tasación: $ 111,312.80. Precio Base: $ 74,208.53 . Incremento entre ofertas: $ 222.63. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: $ 11,131.28.. Distrito Judicial: L… remateCasas
Inmueble ubicado en Mz. C, Lote 4 de la Habilitación Urbana en Condominio Jockey Club de Chiclayo, distrito y Provincia de Chiclayo, DEPARTAMENTO de
Tasación: $ 111,312.80. Precio Base: $ 74,208.53. Incremento entre ofertas: $ 222.63. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: $ 11,131.28.. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Departamento: LAMBAYEQUE. Provincia: CHICLAYO. Distrito: LA VICTORIA.
Partida Registral: 11319404 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Mz. C, Lote 4 de la Habilitación Urbana En Condominio Jockey Club de Chiclayo, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion06/05/2023 15/05/2023
Validación de Inscripción16/05/2023 18/05/2023
Presentación de Ofertas19/05/2023 20/05/2023
Pago Saldo22/05/2023 24/05/2023
Validación del Saldo25/05/2023 29/05/2023
Expediente: 00950-2021-0-1706-JR-CO-03. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Órgano Jurisdisccional: 3° JUZGADO CIVIL - COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GARCIA MAYORGA JUAN FRANCISCO. Especialista: OLIDEN ALVITRES CLAUDIA NATHALY. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: SIETE. Fecha Resolución: 17/01/2023. Tipo Cambio: S/. 3.716 a la fecha 04/05/2023 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10749
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LAMBAYEQUE?

DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU,
RESOLUCIÓN NÚMERO: SIETE Chiclayo, diecisiete de enero Del año dos mil veintitrés.- AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta con el escrito que antecede de fecha catorce de diciembre del año dos mil veintidós, presentado por la ejecutante; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con el escrito que se da cuenta, el representante de la entidad ejecutante-BANCO DE CREDITO DEL PERU, solicita que se efectué el registro de la resolución número Cinco en el sistema REMAJU. SEGUNDO: Que, revisado el presente proceso, se tiene que mediante resolución número Seis de fecha nueve de setiembre del año dos mil veintidós, se corrigió la resolución número Cinco (resolución que declara consentido el Auto Final y convoca a remate electrónico) en el extremo del monto de la tasación actualizada del inmueble a ejecutar y los montos de las convocatorias a remate, por ello es que, a fin de evitar nulidades posteriores, se procederá a descargar la presente resolución en el sistema REMAJU, pero de manera completa y correcta. Por las consideraciones antes expuestas, SE RESUELVE: [1] Declarar CONSENTIDO el AUTO FINAL contenido en la resolución número CUATRO, de fecha trece de enero del año dos mil veintidós; en consecuencia, [2]. CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL a través del Sistema de Remates Electrónicos Judiciales – REMAJU, a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble materia de litis, ubicado en Mz. C, Lote 4 de la Habilitación Urbana en Condominio Jockey Club de Chiclayo, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; inscrito en la Partida Electrónica Nº 11319404 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II- Sede Chiclayo. [3] En caso de declararse desierto la primera convocatoria, CONVOQUESE en forma AUTOMATICA a través del Sistema de Remates Electrónicos Judiciales – REMAJU, el SEGUNDO REMATE ELECTRONICO y posteriormente el TERCER REMATE ELECTRONICO de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarada desierta a través del aplicativo informático del REMAJU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, teniendo en cuenta los términos que a continuación se detallan: a. DESCRIPCIÓN: Inmueble ubicado en Mz. C, Lote 4 de la Habilitación Urbana en Condominio Jockey Club de Chiclayo, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; inscrito en la Partida Electrónica Nº 11319404 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II- Sede Chiclayo. b.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

Asiento D00003 hipoteca a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU por la suma S/ 422,733.17 así como todas las obligaciones pactadas según consta de la Escritura Pública N° 3125 de fecha 14.11.2019.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

ACTUALIZADA: ciento once mil trescientos doce con 80/100 dólares. [US$ 111,312.80] c. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a setenta y cuatro mil doscientos ocho con 53/100 dólares. [US$ 74,208.53] d. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de en la convocatoria anterior, ascendente a sesenta y tres mil setenta y siete con 25/100 dólares. [US$ 63,077.25] e. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a cincuenta y tres mil seiscientos quince con 66/100 dólares. [US$ 53,615.66]. f. OBLAJE: Los postores deberán cumplir lo siguiente: i) Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en el portal web del Sistema de Remates Virtuales - REMAJU en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju ii) Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo diecisiete del Reglamento de la Ley N° 30229; y iii) Adjuntar el arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad. El acto de remate electrónico judicial del bien se realiza en la fecha programada en un lapso de veinticuatro horas, en mérito a los lineamientos establecidos en la Ley N° 30229 g. PUBLICACION: PROCEDASE a la PUBLICACIÓN de los avisos de convocatoria a remate EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL de acuerdo al artículo quince de La Ley N° 30229 y su reglamento, y FIJESE los avisos de remate en el local del juzgado, así como también en el inmueble sub litis, DEBIENDO comisionarse la publicación del aviso de remate en el inmueble al responsable del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima. [4] Vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo catorce punto dos de la Ley N° 30229, el Especialista Legal de la causa publicará en el aplicativo REMAJU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo quince de la ley referida, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con fecha programada para el acto de remate electrónico. La publicación tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria, teniendo en cuenta el precio base señalado en la presente resolución. [5] NOTIFÍQUESE conforme a ley.-