jueves, 22 de junio de 2023

Venta de Departamento BCP en Breña Lima Precio Base $ 52961 🏡

Se trata de un DEPARTAMENTO Tipo Flat ubicado en el Décimo Segundo Piso de un Edificio Multüamiiiar en el distrito de Breña, Cerca de Laav Rep de Tasación: $ 79,442.70. Precio Base: $ 52,961.80 . Incremento entre ofertas: $ 158.89. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: $ 7,944.27.. Distrito Judicial: LIMA. … remateCasas
Se trata de un DEPARTAMENTO Tipo Flat ubicado en el Décimo Segundo Piso de un Edificio Multüamiiiar en el distrito de Breña, Cerca de Laav Rep de
Tasación: $ 79,442.70. Precio Base: $ 52,961.80. Incremento entre ofertas: $ 158.89. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: $ 7,944.27.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: BREÑA.
Partida Registral: 14376262 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Departamento Flat Nº 1201 – 12ºpiso, Av. Bolivia Nº 848, Urbanización Chacra Colorada Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion22/06/2023 01/07/2023
Validación de Inscripción03/07/2023 05/07/2023
Presentación de Ofertas06/07/2023 07/07/2023
Pago Saldo10/07/2023 12/07/2023
Validación del Saldo13/07/2023 17/07/2023
Expediente: 22392-2021-0-1817-JR-CO-17. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 17°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CALLE TAGUCHE, RICARDO LUIS. Especialista: ALARCÓN ROJAS SOLEDAD ELIZABETH. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 9. Fecha Resolución: 11/04/2023. Tipo Cambio: S/. 3.641 a la fecha 20/06/2023 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 11222
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU,
Resolución 9 Lima, once de abril Del dos mil veintitrés Dado cuenta al escrito Nº 269376-2023 presentado por Banco de Crédito del Perú: con el arancel judicial y las partidas registrales que se adjuntan: ATENDIENDO:

- PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731° del Código Procesal Civil modif icado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 1 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial;

--SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto.

- TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece 1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos:
a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (…) ;
el artículo 13 de la Ley 30229 – el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación.

- CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente.

--QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL – REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en departamento Flat Nº 1201 – 12º Piso, Av. Bolivia Nº 848, Urbanización Chacra Colorada - Breña inscrito en la Partida Electrónica N° 14376262 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 1.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 1.3 CARGA Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

1.3.1 CORRELACION DE SERVIDUMBRE - PREDIO SIRVIENTE: se ha inscrito en el asiento D00001 de la Partida Electrónica N° 14376262 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, parte del área inscrita en esta partida registral, ha sido afectada como servidumbre de ocupación para la instalación de una Subestación dé Distribución para servicio público de electricidad de tipo compacta bóveda N'01 dentro de un área reservada para la misma, a favor de la Concesión inscrita en la Partida N° 49089357 del Registro de Concesiones para Explotar Servicios Públicos de Lima de la cual es titular ENEL DISTRIBUCIÓN PERU S.A.A. 1.3.2 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 14376262 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida por Mery Virginia Quintos Sarmiento hasta por la suma de S/ 346,432.35 soles a favor del Banco de Crédito del Perú. 1.4 .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 79,442.70 (SETENTA Y NUEVE MIL CUATROSCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 70/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5 PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

1.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 52,961.80 (CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 80/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 45,017.53 (CUARENTA Y CINCO MIL DIECISIETE Y 53/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 38,264.90 (TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 90/100 DOLARES AMERICANOS) 2) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL – REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 2.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento 24 y Depósito 16, Sótano 1, Av. Bolivia Nº 852, Urbanización Chacra Colorada - Breña inscrito en la Partida Electrónica N° 14376108 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 2.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 2.3 CARGA Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

2.3.1 CORRELACION DE SERVIDUMBRE - PREDIO SIRVIENTE: se ha inscrito en el asiento D00001 de la Partida Electrónica N° 14376108 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, parte del área inscrita en esta partida registral, ha sido afectada como servidumbre de ocupación para la instalación de una Subestación dé Distribución para servicio público de electricidad de tipo compacta bóveda N'01 dentro de un área reservada para la misma, a favor de la Concesión inscrita en la Partida N° 49089357 del Registro de Concesiones para Explotar Servicios Públicos de Lima de la cual es titular ENEL DISTRIBUCIÓN PERU S.A.A. 2.3.2 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 14376108 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida por Mery Virginia Quintos Sarmiento hasta por la suma de S/ 346,432.35 soles a favor del Banco de Crédito del Perú. 2.4 .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 20,000.00 (VEINTE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5 PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

2.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 13,333.33 (TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 33/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 11,333.33 (ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 33/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 9,633.33 (NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 33/100 DOLARES AMERICANOS) 3) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL – REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 3.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento 50 y Depósito 32, Sótano 2, Av. Bolivia Nº 852, Urbanización Chacra Colorada - Breña inscrito en la Partida Electrónica N° 14376142 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 3.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 3.3 CARGA Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

3.3.1 CORRELACION DE SERVIDUMBRE - PREDIO SIRVIENTE: se ha inscrito en el asiento D00001 de la Partida Electrónica N° 14376142 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, parte del área inscrita en esta partida registral, ha sido afectada como servidumbre de ocupación para la instalación de una Subestación dé Distribución para servicio público de electricidad de tipo compacta bóveda N'01 dentro de un área reservada para la misma, a favor de la Concesión inscrita en la Partida N° 49089357 del Registro de Concesiones para Explotar Servicios Públicos de Lima de la cual es titular ENEL DISTRIBUCIÓN PERU S.A.A. 3.3.2 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 14376142 Zona Registral IX – Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida por Mery Virginia Quintos Sarmiento hasta por la suma de S/ 346,432.35 soles a favor del Banco de Crédito del Perú. 3.4 .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 19,000.00 (DIECINUEVE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5 PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

3.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 12,666.67 (DOCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 67/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 10,766.67 (DIEZ MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 67/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 9,151.67 (NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO Y 67/100 DOLARES AMERICANOS) 4) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del Reglamento de la L ey 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 5) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 6) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna y bajo responsabilidad. Interviene la especialista legal que da cuenta, mediante el sistema de trabajo remoto autorizado por Resolución Administrativa N° 000150- 2020-P-CSJLI, de fecha 06 de abril del año 2020