lunes, 24 de julio de 2023

Venta de Casa Banco en San Juan de Lurigancho Lima Precio Base S/ 220352 🏡

El Inmueble se Encuentra ubicado en el Programa Ciudad Mrcal. Cáceres, Sector Iv, 2da y 3era Etapa, Mz. Y1, Lote13, distrito de San Juan de Tasación: S/. 330,529.00. Precio Base: S/. 220,352.67 . Incremento entre ofertas: S/. 661.06. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: S/. 33,052.90.. Distrito Judicial: L… remateCasas
El Inmueble se Encuentra ubicado en el Programa Ciudad Mrcal. Cáceres, Sector Iv, 2da y 3era Etapa, Mz. Y1, Lote13, distrito de San Juan de
Tasación: S/. 330,529.00. Precio Base: S/. 220,352.67. Incremento entre ofertas: S/. 661.06. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: S/. 33,052.90.. Distrito Judicial: LIMA ESTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN JUAN DE LURIGANCHO.
Partida Registral: P02091124 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: El Programa Ciudad Mrcal. Cáceres, Sector Iv, 2da y 3era Etapa, Mz. Y1, Lote13, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion22/07/2023 31/07/2023
Validación de Inscripción01/08/2023 03/08/2023
Presentación de Ofertas04/08/2023 05/08/2023
Pago Saldo07/08/2023 09/08/2023
Validación del Saldo10/08/2023 14/08/2023
Expediente: 16234-2018-0-1817-JR-CO-03. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 3°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GAMERO VILDOSO, LUIS MIGUEL. Especialista: TAFUR JARECA, DIANA MAVEL. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 21. Fecha Resolución: 27/03/2023

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 11547
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¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA
RESOLUCIÓN NRO. VEINTIUNO RESOLUCIÓN NRO. VEINTIUNO RESOLUCIÓN NRO. VEINTIUNO RESOLUCIÓN NRO. VEINTIUNO Miraflores, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés
Dado cuenta en la fecha el escrito del día 21 de diciembre 2022, con el reintegro del arancel, copias literal y certificado de gravamen del inmueble materia de autos, téngase presente lo expuesto por el demandante; y, ATENDI ATENDI ATENDI ATENDIENDO ENDO ENDO ENDO a que, Primero Primero Primero Primero: : : : Por otro lado, estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte del ejecutante, y teniendo presente el artículo 731 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley No. 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia". Segundo Segundo Segundo Segundo: : : : Siendo el estado del proceso –etapa de ejecución forzada - - - - y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo No. 12 de la Ley No. 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley. T T T Te e e ercero rcero rcero rcero: : : : El artículo 13 de la Ley No. 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. Cuar Cuar Cuar Cuart t t to o o o: : : : Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto. SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE: : : : 1. 1. 1. 1. CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate del inmueble dado en garantía, precisándose que en caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, se convocará automáticamente por el REM@JU al segundo y tercer remate electrónico, en los siguientes términos: 2. 2. 2. 2. DESC DESC DESC DESCRIPCIÓN RIPCIÓN RIPCIÓN RIPCIÓN: : : : El inmueble se encuentra ubicado en el Programa Ciudad Mrcal. Cáceres, Sector IV, 2da y 3era etapa, Mz. Y1, Lote13, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida electrónica No. P02091124 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. IX - Sede Lima. 3. 3. 3. 3. CARGAS Y GRAVÁMENES CARGAS Y GRAVÁMENES CARGAS Y GRAVÁMENES .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

: : : - En el Asiento Asiento Asiento Asiento 00011 00011 00011 00011, se ha inscrito una HIPOTECA HIPOTECA HIPOTECA HIPOTECA hasta por la suma de S/. 203,817.42, a favor de Scotiabank Perú S.A.A. a fin de garantizar el pago del préstamo otorgado a su favor, en garantía de las obligaciones asumidas, así consta en el titulo que se archiva. En la escritura pública de fecha 13/02/2018 otorgada ante la Notaria de Lima Dra. Carola Cecilia Hidalgo Moran, inscrito el 26/03/2018. - En el Asiento 000 Asiento 000 Asiento 000 Asiento 0001 1 1 12 2 2 2, se ha inscrito el embargo en forma de inscripción, mediante resolución dos, de fecha 14/08/2019, expedida por el Dr. Atilio Machaca Gil Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Lima -Norte, especialista legal Rosa Esperanza Julca Carranza, se ordenó embargo en forma de inscripción sobre la totalidad de acciones y derechos del inmueble inscrito en la presente partida que corresponde a la ejecutada Lourdes Ana Rojas Romero, hasta por la suma de S/. 40,000.00 soles Exp Exp Exp Exp. . . . 02744 02744 02744 02744- - - -2019 2019 2019 2019- - - -1 1 1 1- - - -0903 0903 0903 0903- - - -JP JP JP JP- - - -CI CI CI CI- - - -0 0 0 02, sobre Obligación de Dar Suma de dinero, en los seguidos por BANCO INTERNACIONALDEL PERU - INTERBANK. Inscrito el 28/11/2019. 4. 4. 4. 4.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL ACTUALIZADA .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL ACTUALIZADA .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL ACTUALIZADA .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

En autos asciende a la suma de S/. 330,529.00 (TRESCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON 00/100 SOLES).
4.1 4.1 4.1 4.1 EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. S/. S/. S/. 220,352.67 220,352.67 220,352.67 220,352.67 (DOSCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 67/100 SOELS). 4.2 4.2 4.2 4.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. S/. S/. S/. 187,299.77 187,299.77 187,299.77 187,299.77 (CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 77/100 SOLES). 4.3 4.3 4.3 4.3 TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. S/. S/. S/. 159,204.80 159,204.80 159,204.80 159,204.80 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUATRO CON 80/100 SOLES).
5. 5. 5. 5. OBLAJE OBLAJE OBLAJE OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley No. 30229; y el arancel judicial correspondiente.
6. 6. 6. 6. PUBLICACIÓN: PUBLICACIÓN: PUBLICACIÓN: PUBLICACIÓN: Procédase Procédase Procédase Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL JUDICIAL JUDICIAL JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley No. 30229; ; ; ; FÍJESE FÍJESE FÍJESE FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónicos Judiciales de Lima -Este, debiendo el recurrente adjuntar el arancel por diligencia fuera del juzgado.
7. 7. 7. 7. CÚRSESE CÚRSESE CÚRSESE CÚRSESE oficio al Juez Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Lima -Norte, a efectos de informarle que la judicatura procederá con el remate del inmueble embargado en el asiento 00012 de la partida electrónica No. P02091124 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. IX - Sede Lima. Exp Exp Exp Exp. 02744 . 02744 . 02744 . 02744- - - -2019 2019 2019 2019- - - -1 1 1 1- - - -0903 0903 0903 0903- - - -JP JP JP JP- - - -CI CI CI CI- - - -0 0 0 02, sobre Obligación de Dar Suma de dinero, en los seguidos por BANCO INTERNACIONALDEL PERU - INTERBANK. Inscrito el 28/11/2019. Notificar.





Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Subespecialidad Subespecialidad Subespecialidad Subespecialidad Comercial Comercial Comercial Comercial "Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo
Miraflores, 27 de marzo de 2023 Oficio N Oficio N Oficio N Oficio No. 16234 o. 16234 o. 16234 o. 16234- - - -2018 2018 2018 2018- - - -0 0 0 0- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CV CV CV CVO O O O- - - -03 03 03 03 Señor JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA - - - -NORTE NORTE NORTE NORTE Presente.
R R R Re e e ef. Exp. f. Exp. f. Exp. f. Exp. 02744 02744 02744 02744- - - -2019 2019 2019 2019- - - -1 1 1 1- - - -0903 0903 0903 0903- - - -JP JP JP JP- - - -CI CI CI CI- - - -02 02 02 02
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en los autos seguidos por SCOTIABANK PERÚ S.A.A. contra LOURDES ANA ROJAS ROMERO sobre ejecución de garantía, a efectos de INFORMARLE INFORMARLE INFORMARLE INFORMARLE que la judicatura procederá al remate el inmueble descrito en la Partida Electrónica No. P02091124 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. IX - Sede Lima, proceso que guarda relación con la causa que gira ante su Despacho con el Exp Exp Exp Expediente ediente ediente ediente No. No. No. No. 02744 02744 02744 02744- - - -2019 2019 2019 2019- - - -1 1 1 1- - - -0903 0903 0903 0903- - - -JP JP JP JP- - - -CI CI CI CI- - - -02 02 02 02, seguido por Banco Internacional del Perú – INTERBANK, especialista legal Rosa Esperanza Julca Carranza, conforme a lo ordenado por la Judicatura a mi cargo mediante resolución número veintiuno, de fecha 27 de marzo de 2023, cuya copia certificada se adjunta a la presente con firmas digitales del magistrado que suscribe y del especialista cursor del proceso.
Se deja constancia que el proceso materia de autos se tramita a través de un expediente electrónico, cuyas firmas son digitales, conforme a la Ley No. 27269 – Ley de Firmas y Certificados Digitales y su reglamento.
Hago propicia la oportunidad para testimoniarle las seguridades de mi consideración.
Atentamente,