miércoles, 4 de octubre de 2023

Venta de Casa Banco en Ica Precio Base S/ 99132 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: ICA. Departamento: ICA . Provincia: ICA. Distrito: ICA. Partida Registral: P07086086 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En el Asentamiento Humano Nazarenos Mz. a Lote 3, Distrito, Provincia y Departamento de Ica Porcentaje a Rematar: 100 % Remate judic… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: ICA. Departamento: ICA. Provincia: ICA. Distrito: ICA.
Partida Registral: P07086086 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En el Asentamiento Humano Nazarenos Mz. a Lote 3, Distrito, Provincia y Departamento de Ica Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion04/10/2023 13/10/2023
Validación de Inscripción16/10/2023 18/10/2023
Presentación de Ofertas19/10/2023 20/10/2023
Pago Saldo23/10/2023 25/10/2023
Validación del Saldo26/10/2023 30/10/2023
Expediente: 01270-2015-0-1401-JR-CI-03. Distrito Judicial: ICA. Órgano Jurisdisccional: 3er JUZGADO CIVIL - Sede Central. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CUESTAS ALVARADO, CLAUDIA. Especialista: FLORES PISCONTE ESTHER GABY. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 25. Fecha Resolución: 19/07/2023. Tasación: S/. 148,698.00. Precio Base: S/. 99,132.00. Incremento entre ofertas: S/. 297.40. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 14,869.80. Descripción: INMUEBLE UBICADO EN EL ASENTAMIENTO HUMANO NAZARENOS MZ. A LOTE 3, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ICA, INSCRITO EN LA PARTIDA P07086086 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL NO. XI SEDE ICA.. N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12291
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?

DEMANDANTE : FINANCIERA TFC SA,
RESOLUCIÓN N� 25 Ica, diecinueve de julio del Año dos mil veintitrés.- DANDO CUENTA: Al escrito presentado por parte ejecutante FINANCIERA TFC S.A en liquidación, con número de ingresos N� 11034-2023; Al principal y Primer Otro Si: con la copia certificada, actualizada y en todos sus folios correspondiente al predio materia del proceso; téngase presente y agréguese en los autos; en consecuencia, estando a lo que solicita y al estado del debido proceso, y en virtud a lo establecido en el artículo 2� de la Ley N� 30229 y lo dispuesto en la R.A. N� 000139-2021-CSJIC-PJ; AUTOS, VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, mediante resolución N�07 de fecha 26.12.2017 se resolvió declarar consentida y firme la resolución N� 06 de fecha 16.02.2017 (AUTO FINAL), la misma que resuelve declarar fundada en parte la demanda de autos y es por ello se ordenó llevar adelante la ejecución. SEGUNDO.- Por otro lado, el Juzgado aprecia que concurren los siguientes presupuestos para la convocatoria a remate judicial: a) El ejecutante ha acompañado mediante el presente recurso, copias actualizadas y completas de la partida registral correspondiente al predio materia de ejecución. b) El ejecutante no acompañado la respectiva tasa judicial por remate, toda vez que al ser una entidad feneciera en liquidación, a la fecha se encuentra exonerado de la misma. c) La tasación del bien materia de remate se encuentra aprobada mediante resolución N�22 de fecha 31.03.2023, la misma que se ha declarado consentida mediante resolución N�23 de fecha 18.05.2023. TERCERO.- De lo antes expuesto, este Juzgado considera pertinente llevar adelante el remate judicial electrónico - REM@JU, el mismo que se encuentra habilitado en el Distrito Judicial de Ica de conformidad con la R.A. N� 000139- 2021-CSJIC-PJ; CUARTO.- De conformidad a la norma contenida en el artículo 731� del Código Procesal Civil, corresponde disponer la realización del remate judicial a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial; debiendo además considerarse que una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley 30229, el Especialista legal de la causa SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Juez:CUESTAS ALVARADO Claudia Mercedes FAU 20534750430 soft Fecha: 20/07/2023 15:58:53,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Secretario:FLORES PISCONTE Esther Gaby FAU 20534750430 soft Fecha: 20/07/2023 17:13:13,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE deberá publicar en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley 30229. POR LO EXPUESTO, SE RESUELVE: PRIMERO.- CONVOCAR A REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO - REM@JU a efectos de proceder al remate EN PRIMERA CONVOCATORIA sobre el inmueble materia de ejecución forzada conforme al siguiente detalle: A.DESCRIPCIÓN DEL BIEN.- Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Nazarenos Mz. A Lote 3, Distrito, Provincia y Departamento de Ica, inscrito en la Partida P07086086 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. XI Sede Ica. B. CARGAS Y GRAVÁMENES.- a. HIPOTECA, Inscrita en el asiento N� 00008, hipoteca constituida a favor del BANCO SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por la suma de $/54,109.60 dólares americanos. b.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, Inscrita en el asiento N� 00010, constituida a favor de FINANCIERA TFC S.A., hasta por la suma de S/41,500.00 Nuevos Soles. C. VALOR DE LA .

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

- Tasación aprobada por el juzgado, establece un valor de realización en soles ascendente a la suma de S/148,698.00 Nuevos Soles. D. PRECIO .

�Cuáles son las bases del remate judicial en ICA?

- Siendo la base de la postura el monto equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación, se tiene que el precio base del remate asciende a la suma de S/99,132.00 Nuevos Soles. E. OBLAJE.- Los postores deberán cumplir con los siguientes requerimientos: a. Depositar el 10% (diez por ciento) del valor de la tasación indicada líneas arriba, mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se ha realizado la tasación del bien. b. Adjuntar el arancel judicial correspondiente. DISPONER que en el supuesto de no haber adjudicación en la primera convocatoria, SE REALICE AUTOMÁTICAMENTE LA SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE y seguidamente de ser necesario LA TERCERA CONVOCATORIA A REMATE, respetándose los siguientes parámetros respecto al PRECIO BASE: A. PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA.- La base de la postura será establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15% de la misma, haciendo un monto equivalente a la suma de S/84,262.20 Nuevos Soles. B. PARA LA TERCERA CONVOCATORIA.- La base de la postura será establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15% de la anterior, haciendo un monto equivalente a la suma de S/71,622.87 Nuevos Soles. SEGUNDO.- Procédase a la PUBLICACIÓN de los avisos de remate en el PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático REM@JU por el término de ley, una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución. TERCERO.- FÍJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte del especialista legal y en el inmueble a rematar, debiendo la parte actora prestar las facilidades del caso a fin de que se realicen los pegados del cartel en el local del inmueble, bajo su entera responsabilidad, una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución. CUARTO.- HÁGASE SABER que la presente resolución es inimpugnable de conformidad a la norma contenida en el artículo 12� de la Ley 30229, salvo lo dispuesto en el tercer párrafo del referido artículo. QUINTO.- Conforme a la naturaleza del presente acto procesal, NOTIFIQUESE a los ejecutados y a los terceros ocupantes del inmueble con copia de la presente resolución y escrito respectivo, asimismo, ofíciese acreedor no ejecutante el BANCO SCOTIABANK PERU S.A.A, ante el domicilio institucional, debiéndose adjuntar copia certificada de la presente resolución para los fines de ley. SEXTO.- Al Otro Si: Téngase presente; NOTIFÍQUESE.- DADO CUENTA.- Y proveyendo el escrito ingresado con cargo de ingreso N�12158-2023, presentado por MARINA A. ROSA DE NAVEA perito designado por el REPEJ. A lo expuesto téngase presente y estando a lo que solicita; ESTESE a lo resuelto con lo dispuesto mediante resolución que antecede, asimismo, se le EXHORTA a dicha perito judicial que en lo sucesivo no presente escrito que solo traen como consecuencia la distracción de este juzgado, bajo apercibimiento de multa, en caso de incumplimiento; Notifíquese.-
3er JUZGADO CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 01270-2015-0-1401-JR-CI-03 MATERIA : OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO JUEZ : CUESTAS ALVARADO, CLAUDIA ESPECIALISTA : FLORES PISCONTE ESTHER GABY PERITO : ROSAS DE NAVEA, MARIAN ADELA ARCE ARCE, EFRAIN JORGE DEMANDANTE : FINANCIERA TFC SA,
RESOLUCIÓN N�26 Ica, veintitrés de agosto del Año dos mil veintitrés.- DADO CUENTA.- Y proveyendo el escrito ingresado de manera digital a mesa de partes electrónica con cargo de ingreso N� 15245-2023, presentado por FINANCIERA TFC S.A.; No habiendo sido materia de impugnación la resolución N�25 de fecha 19 de julio del año 2023, de fojas 305 a 307, resolución que fue notificada a las partes procesales el 24 y 26 de julio del 2023, a fojas 307 vuelta a 309 Siendo que el plazo de impugnación se encuentra vencido, sin que esto se haya producido por ninguna de las partes, a pesar de encontrarse válidamente notificados conforme consta a fojas 306 vuelta, 307 vuelta, 308 vuelta y 309 del expediente. En consecuencia DECLARESE CONSENTIDA la resolución N�25 de fecha 19 de julio del año 2023, debiendo PUBLICARSE el aviso de remate en el portal WEB del poder judicial a través del aplicativo informativo REMAJU. Asimismo cúmplase con hacer el pegado en el cartel de la vitrina del local del Juzgado. Al Otro si: Téngase presente en lo que fuera de ley; Notifíquese.-
SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Juez:CUESTAS ALVARADO Claudia Mercedes FAU 20534750430 soft Fecha: 29/08/2023 15:45:16,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Secretario:FLORES PISCONTE Esther Gaby FAU 20534750430 soft Fecha: 31/08/2023 07:43:33,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE