Tasación: .. Distrito Judicial: ICA. Departamento: ICA. Provincia: ICA. Distrito: SUBTANJALLA.
Partida Registral: P07002876 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Programa de Vivienda Parcela 2 Damnificados del Fenomeno del Ni�o 2 Mz G Lote 9 Distrito de Subtanjalla, Provincia y Departamento de Ica, de un �?rea de 90.0000 M2 Cuyas Caracter�?sticas Obran Inscritas En la Partida Registral P07002876 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros P�blicos de Ica. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 15/11/2023 | 24/11/2023 |
Validación de Inscripción | 27/11/2023 | 29/11/2023 |
Presentación de Ofertas | 30/11/2023 | 01/12/2023 |
Pago Saldo | 04/12/2023 | 06/12/2023 |
Validación del Saldo | 11/12/2023 | 13/12/2023 |
�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12649
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�Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?
DEMANDANTE : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA MARIA MAGDALENA,Resolución Nro.26.- Ica, cuatro de setiembre del Año dos mil veintitrés.-
AUTOS Y VISTOS: Con el escrito que antecede presentado por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO �SANTA MARIA MAGDALENA� LTDA N� 219; mediante el cual adjunta la partida registral del bien a rematar y pago por el derecho; CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que mediante resolución No. 03 de fecha 01 de marzo del 2019 obrante a folios 21/23 del expediente, se ha emitido auto final en este proceso, el mismo que ha sido declarado consentido mediante resolución No. 04 de fecha 28 de junio del 2019 obrante a folios 27 del expediente. SEGUNDO.- Por otro lado, el Juzgado aprecia que concurren los siguientes presupuestos para la convocatoria a remate judicial: a. El ejecutante ha acompañado la respectiva tasa judicial por remate, como se verifica en autos. b. El ejecutante ha acompañado copias certificadas, actualizadas y completas de la partida registral correspondiente al predio materia de ejecución, tal como se aprecia en autos. c. La tasación del bien materia de remate, se ha efectuado en fecha 09 de setiembre del 2022, tal como se verifica a folios 133/136 del expediente, en consecuencia el valor comercial del predio objeto de remate es un valor actualizado, el mismo que ha sido aprobado mediante resolución N� 22 de fecha 05 de diciembre del 2022, obrante a folios 142 del expediente. TERCERO.- De lo antes expuesto, este Juzgado considera pertinente llevar adelante el remate a través de remate judicial electrónico REMAJU que está habilitado en el Distrito Judicial de Ica a partir del 04-03-2021 de conformidad con la R.A. N� 000160-2021-CSJIC-PJ; CUARTO.- De conformidad a la norma contenida en el artículo 731� del Código Procesal Civil, corresponde disponer la realización del remate judicial a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial; debiendo además considerarse que una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley 30229, el Especialista legal de la causa deberá publicar en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley 30229. Por lo expuesto, SE RESUELVE PRIMERO.- CONVOCAR A REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO - REM@JU a efectos de proceder al remate EN PRIMERA CONVOCATORIA sobre el bien inmueble materia de ejecución forzada conforme al siguiente detalle: A. DESCRIPCIÓN DEL BIEN.- Inmueble ubicado en PROGRAMA DE VIVIENDA PARCELA 2 DAMNIFICADOS DEL FENOMENO DEL NIÑO 2 MZ G LOTE 9 DISTRITO DE SUBTANJALLA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ICA, de un área de 90.0000 m2 cuyas características obran inscritas en la partida registral P07002876 del registro de propiedad inmueble de los Registros Públicos de Ica. B. CARGAS Y GRAVÁMENES.- a. Asiento 00007, se ha inscrito un Embargo a favor de Cooperativa de ahorro y crédito Santa María Magdalena Ltda N� 219, hasta por la suma de S/ 25,000.00 soles, ordenado por el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Ica (Expediente N�776-2018-67), en la partida registral P07002876. C. VALOR DE LA .