Tasación: .. Distrito Judicial: APURIMAC. Departamento: APURIMAC. Provincia: ANDAHUAYLAS. Distrito: PACOBAMBA.
Partida Registral: 40009755 Tipo Inmueble: TERRENO RURAL. Dirección: Sector Pincurca, Predio Capulimocco U.c 34477, Area 0.4966 Ha, Distrito de Pacobamba, Provincia Andahuaylas, Departamento Apurimac. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 01/12/2023 | 10/12/2023 |
Validación de Inscripción | 11/12/2023 | 13/12/2023 |
Presentación de Ofertas | 14/12/2023 | 15/12/2023 |
Pago Saldo | 18/12/2023 | 20/12/2023 |
Validación del Saldo | 21/12/2023 | 27/12/2023 |
�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12813
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
�Cómo se realizará el remate del inmueble en APURIMAC?
DEMANDANTE : ASOCIACION PARA EL DESARROLLO EMPRESARIAL EN APURIMACANDAHUAYLAS Y CHINCHEROS,Resolución Nro. 33 Huancarama, 08 de noviembre del 2023.
VISTO: El escrito que antecede presentado por la Asociación para el Desarrollo Empresarial en Apurímac � Andahuaylas y Chincheros representado por su apoderado Henry Naveros Vargas y; CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, el Concejo Ejecutivo del Poder Judicial Aprobó la Directiva N� 001- 2020-CE-PJ �Normas para la realización del remate electrónico judicial REM@JU y el Procedimiento de �Ejecución del remate electrónico� disponiéndose la implementación del REM@JU en la Corte Superior de Justicia de Apurímac a partir del 21 de junio del 2021, exhortándose el cumplimiento del uso obligatorio del sistema de remates electrónicos;
SEGUNDO.- Que, de la revisión de autos se advierte que mediante resolución Nro. 31 este despacho aprobó la tasación que contiene el informe pericial realizado por los peritos valorizadores, el mismo que obra a fojas 348 al 393, dado que no fue materia de observación por las partes en el plazo de ley, pese a estar debidamente notificados conforme se advierte de los cargos de notificaciones que obran en autos;
TERCERO.- Que, teniendo en cuenta el escrito presentado por el demandante Asociación para el Desarrollo Empresarial en Apurímac Andahuaylas y Chincheros (ADEA- Andahuaylas) mediante el cual adjunta copia literal actualizada del bien inmueble materia de remate judicial electrónico; en atención a ello y conforme a su estado;
SE RESUELVE:
1. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL - REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble embargado siguiente:
2. DESCRIPCION: El inmueble se encuentra ubicado en zona rural sito en el Sector Pincurca, Predio Capulimocco U.C 3447, Distrito de Pacobamba, Provincia Andahuaylas, Departamento Apurímac, el terreno consta de un área 0.4966, con pastizal, 18 árboles de durazno, 05 árboles de paltas y 1 árbol de papaya, dos viviendas de 1 piso de adobe, techo de calamina. El inmueble cuenta con energía eléctrica, con áreas y características descritas en la Partida N� 400009755 de la Zona Registral N� X � Sede Cusco, Oficina Registral Andahuaylas.
3. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE EL SEGUNDO REMATE Y SEGUIDAMENTE EL TERCER REMATE ELCTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base.
4.
�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
� EMBARGO: En el asiento 00003 de la Partida N� 40009755 de la Zona Registral N� X Sede - Cusco, Oficina Registral Andahuaylas, se ha inscrito un embargo expedido por el Juzgado de Paz Letrado - Huancarama hasta por la suma de S/. 8,000.00 Soles, (Exp. 00019- 2017-0-0308-JP-CI- 01).
5.
�Cuál es el valor de tasación del inmueble?
; Tasación comercial que obra en autos, asciende a la suma de S/. 30,906.18 Soles. (TREINTA MIL NOVECIENTOS SEIS CON 18/100 SOLES).6. PRECIO .
�Cuáles son las bases del remate judicial en APURIMAC?
Sera de la siguiente forma:� PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que equivale a S/. 20,604.12 (VEINTE MIL SEISCIENTOS CUATRO CON 12/100 SOLES).
� SEGUNDA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes de la tasación reducida en un (15%) el cual asciende a la suma de S/. 17,513.50 (DIECISIETE MIL QUINIENTOS TRECE CON 50/100 SOLES).
� TERCERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes de la tasación reducida en un (15%) adicional a la base de la postura de la segunda convocatoria, el cual asciende a la suma de S/. 14,886.47 (CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 47/100 SOLES).
7. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante deposito electrónico judicial en moneda Soles conforme a la tasación del bien, en atención a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de las Ley 30229 y; b) adjuntar el arancel correspondiente.
8. PUBLICACION: Procédase con la PUBLICACIÓN de los avisos del remate en el Portal Web del Poder Judicial a través del aplicativo Informático del REM@JU por el termino de ley, conforme al artículo 15� de la Ley 30229 y su Reglamento; FIJESE por única vez los carteles en el local del Juzgado y en el inmueble materia de remate, por parte de la secretaria judicial.
9. REGISTRO: Cumpla la Secretaria Judicial con registrar la presente convocatoria de remate en el aplicativo informativo de Remate Judicial Electrónico REM@JU, una vez notificado a los sujetos procesales y haya transcurrido el plazo sin que los mismos formulen oposición a la convocatoria, en merito a lo dispuesto por el artículo 13� del Decreto Supremo N� 003-2015- JUS, Reglamento de la Ley 30229.
10. OFICIARSE: Al Encargado del Área de Informática del MBJ de la Provincia de Andahuaylas a efectos que brinde apoyo en la publicación en la Página Web del Poder Judicial y en el desarrollo de la diligencia de remate judicial; Bajo responsabilidad. Hágase Saber.-