miércoles, 13 de marzo de 2024

Venta de Casa Banco en Junin Sapallanga Precio Base $ 42060 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: JUNIN. Departamento: JUNIN . Provincia: HUANCAYO. Distrito: SAPALLANGA. Partida Registral: P16009840 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Lote Nâ° 20, Manzana D, del Centro Poblado de Sapallanga, Distrito de Sapallanga y Provincia de Huancayo, Departamento de Junã?n. Po… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: JUNIN. Departamento: JUNIN. Provincia: HUANCAYO. Distrito: SAPALLANGA.
Partida Registral: P16009840 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Lote Nâ° 20, Manzana D, del Centro Poblado de Sapallanga, Distrito de Sapallanga y Provincia de Huancayo, Departamento de Junã?n. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion14/03/2024 23/03/2024
Validación de Inscripción25/03/2024 27/03/2024
Presentación de Ofertas28/03/2024 29/03/2024
Pago Saldo01/04/2024 03/04/2024
Validación del Saldo04/04/2024 08/04/2024
Expediente: 02397-2014-0-1501-JR-CI-02. Distrito Judicial: JUNIN. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO COMERCIAL - SEDE CENTRAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: ALANYA CASTILLO MIGUEL ANGEL. Especialista: DE LA CRUZ MERCADO ANALI CANDY FELISA. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 08. Fecha Resolución: 26/06/2023. Tipo Cambio: S/. 3.687 a la fecha 12/03/2024 según la SBS.. Tasación: $ 63,090.05. Precio Base: $ 42,060.03. Incremento entre ofertas: $ 126.18. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: $ 6,309.01. Descripción: PREDIO URBANO. UBICACIÓN: LOTE N° 20, MANZANA D, DEL CENTRO POBLADO DE SAPALLANGA, DISTRITO DE SAPALLANGA Y PROVINCIA DE HUANCAYO, DEPARTAMENTO DE JUN�N, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P16009840, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE HUANCAYO - ZONA REGISTRAL N° VIII - SEDE HUANCAYO.. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13422
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en JUNIN?

DEMANDANTE : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA SUCURSAL HUANCAYO REP POR JUDITH YOVANNA SANCHEZ VERA
Resolución N° Ocho. Huancayo, 26 de junio del 2023. VISTOS: El escrito presentado por la ejecutante Banco Internacional del Perú S.A.A., de fecha 11 de mayo del presente año y el estado procesal de la causa; Al principal: de conocimiento a los peritos judiciales; y,
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos e intereses con sujeción a un debido proceso, conforme prescribe el artículo I del título preliminar del Código Procesal Civil; SEGUNDO: Que, uno de los Principios que regula nuestro ordenamiento proceso y que se encuentra contemplado por el artículo IX del Código Adjetivo Civil, es el de vinculación y de formalidad, según el cual las normas y formalidades son de carácter imperativo, salvo regulación permisiva en contrario; TERCERO: Que, de autos se advierte que la orden de llevar adelante la ejecución forzada en la Resolución Número dos - Auto Definitivo-, de fecha 24 de junio del 2015 quedado consentida y firme a la fecha, asimismo, debemos tener presente que pese al tiempo transcurrido los ejecutados no han efectuado el pago de la suma reclamada, debiendo proseguir la causa conforme corresponde; CUARTO: Que, asimismo se aprecia de autos que la recurrente ha cumplido con el pago del arancel judicial respectivo, asimismo, con los requisitos que establece el artículo 12 de la Ley N° 30229, y su reglamento Anexo - Decreto Supremo N° 003-2015-JUS, por lo que, corresponde ordenar el remate judicial electrónico, cabe precisar que en la circunscripción jurisdiccional del Distrito Judicial de Junín, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes, por tanto, debe procederse al remate electrónico judicial del bien a través del aplicativo de REM@JU del portal web del Poder Judicial y su ejecución forzada en concordancia con lo dispuesto en el artículo 731 del Código Procesal Civil, por lo expuesto; SE RESUELVE: 1. CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL del bien inmueble sub litis, constituido: 1.1. Tipo de Inmueble: Predio urbano. 1.2. Ubicación: Lote N° 20, Manzana D, del Centro Poblado de Sapal langa, Distrito de Sapallanga y Provincia de Huancayo, Departamento de Junín. 1.3. Ficha Registral: Partida Electrónica N° P16009840, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huancayo - Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo. 2. CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE y seguidamente AL TERCER REMATE de ser necesario, en caso de no haber adjudicación en la primera y segunda convocatoria. 3.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

El bien inmueble objeto del remate tiene las siguientes cargas y gravámenes actualmente: 3.1. MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION anotada en el Asiento 00003 de Partida Electrónica N° P16009840, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huancayo - Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo, otorgado a favor de la BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A., hasta por la suma de S/ 59,600.00 soles. 4. VALOR DE LA .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Según el Informe de Valuación adjuntado el bien a rematar llega a un valor de US$. 63,090.05 (SESENTA Y TRES MIL NOVENTA CON 05/100 DÓLARES AMERICANOS). 5. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en JUNIN?

5.1. PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de CUARENTA Y DOS MIL SESENTA CON 03/100 DOLARES AMERICANOS ($ 42,060.03). 5.2. PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes de su tasación deducida en un 15%, ascendiendo a la suma de TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 03/100 DOLARES AMERICANOS ($ 35,751.03). 5.3. PARA LA TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes de su tasación, reducida en un 15%; dicho monto será reducido adicionalmente en un 15%, ascendiendo la suma de TREINTA MIL TRECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 38/100 DOLARES AMERICANOS ($ 30,388.38). 6. OBLAJE: Los postores deberán de cumplir con lo siguiente: 6.1. Depositar el 10 % del valor de la tasación arriba señalada, mediante depósito judicial electrónico en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 30229 ; 6.2. La exclusión del ejecutante o del tercero legitimado del pago del oblaje, no exonera de la declaración jurada sobre fondos lícitos. 6.3. El usuario postor debe ingresar en el REM@JU los datos de referencia de los depósitos del arancel y del oblaje, correspondientes. 7. PUBLICACION: Procédase a la publicación de los avisos de remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU vinculado al Portal Institucional del Poder Judicial, por el plazo de DIEZ (10) DÍAS calendario, publicación que tendrá validez para todas las convocatorias y que deberá realizarse consentida sea la presente resolución y/o VENCIDO SEA EL PLAZO DE OPOSICION; 8. REALICESE el PEGADO DE CARTELES en el bien inmueble materia de la presente y en la vitrina del local del Juzgado, para lo cual deberá habilitarse día y hora terminada sea la emergencia sanitaria, a fin de que el Especialista Legal de Actos Externos y/o Responsable de REM@JU asignada al juzgado cumpla con realizar dicha diligencia, debiendo prestar las facilidades del caso la empresa ejecutante a su cuenta y costo, bajo responsabilidad. - NOTIFÍQUESE. -