Tasación: .. Distrito Judicial: AYACUCHO. Departamento: AYACUCHO. Provincia: HUAMANGA. Distrito: AYACUCHO.
Partida Registral: P11016851 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En el Centro Poblado Barrio de Santa Ana Mz. C Lote 02 Sector Santa Ana del Distrito de Ayacucho de la Provincia de Huamanga y Departamento de Ayacucho, Inscrito En la Partida Registral Nâ° P11016851 de la Superintendencia Nacional de los Registros Pãšblicos, Inscrita la Hipoteca En Asiento Nâ° D00005 Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 01/06/2024 | 10/06/2024 |
Validación de Inscripción | 11/06/2024 | 13/06/2024 |
Presentación de Ofertas | 14/06/2024 | 15/06/2024 |
Pago Saldo | 17/06/2024 | 19/06/2024 |
Validación del Saldo | 20/06/2024 | 24/06/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14305
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en AYACUCHO?
DEMANDANTE : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE HUANCAYO, RAZÓN SEÑORA JUEZ: Doy cuenta a usted: Que se procede a dar cuenta del escrito que antecede, en el día de la fecha a razón de que este Juzgado afronta una excesiva carga procesal; situación que genera el retardo del proveído de los escritos. Lo que doy cuenta para los fines de Ley. Ayacucho, 20 de julio de 2023AUTO QUE CONVOCA A REM AUTO QUE CONVOCA A REM AUTO QUE CONVOCA A REM AUTO QUE CONVOCA A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL ATE ELECTRÓNICO JUDICIAL ATE ELECTRÓNICO JUDICIAL ATE ELECTRÓNICO JUDICIAL Resolución N° 11 Resolución N° 11 Resolución N° 11 Resolución N° 11 Ayacucho, 20 de julio del 2023. Ayacucho, 20 de julio del 2023. Ayacucho, 20 de julio del 2023. Ayacucho, 20 de julio del 2023.- - - - I. I. I. I.- - - - MATERIA: MATERIA: MATERIA: MATERIA: Dilucidar si corresponde o programar el remate electrónico en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 0225-2021-P-CSJAY/PJ de fecha 12 de mayo de 2021; y, II. II. II. II.- - - - ANTECEDENTE ANTECEDENTE ANTECEDENTE ANTECEDENTE: : : : 2.1 2.1 2.1 2.1. Que mediante resolución número TRES TRES TRES TRES, de fecha 27 de abril del 2021, se ordena llevar adelante la ejecución forzada, declarándose consentida mediante resolución número CUATRO CUATRO CUATRO CUATRO, de fecha 21 de junio de 2021. 2.2. 2.2. 2.2. 2.2. Mediante escrito número “5224-2023” presentado por el apoderado de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo, solicita que se programe el remate publico electrónico por REMAJU REMAJU REMAJU REMAJU. 2.3. 2.3. 2.3. 2.3. Que, mediante Resolución Administrativa No 0225-2021-P-CSJAY-PJ emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Ayacucho, se puso en marcha el Servicio de Remates Electrónicos Judiciales – REM@JU en la Corte Superior de Justicia de Ayacucho a partir del 17 de mayo del 2021, siendo obligatorio que los órganos Jurisdiccionales realicen los remates judiciales de conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley No 30229 así como de los documentos normativos aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; III. III. III. III.- - - -FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: : : : Primero Primero Primero Primero: : : : Estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte del apoderado de la entidad ejecutante, y teniendo presente el artículo 731º del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia”, Segundo Segundo Segundo Segundo: : : : Estando al estado del proceso – etapa de ejecución forzada - y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo N° 12° de la Ley N° 30229 y Artículo 13° del Reglamento de la citada Ley. Tercero Tercero Tercero Tercero: : : : El artículo 13 de la Ley N° 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base de la bien materia de remate electrónico. Cuarto Cuarto Cuarto Cuarto: : : : Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya. Por estas consideraciones y de conformidad a lo establecido en el artículo 723° del Código Procesal Civil y Ley N° 30229;
IV. IV. IV. IV.- - - - DECISIÓN DECISIÓN DECISIÓN DECISIÓN: : : : RESUELVE: RESUELVE: RESUELVE: RESUELVE: 4.1. 4.1. 4.1. 4.1.- - - - CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA PRIMERA CONVOCATORIA PRIMERA CONVOCATORIA PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente inmueble hipotecado: 4.2. 4.2. 4.2. 4.2.- - - - En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO TERCER REMATE ELECTRÓNICO TERCER REMATE ELECTRÓNICO TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos: a) a) a) a) DESCRIPCION DESCRIPCION DESCRIPCION DESCRIPCION: inmueble ubicado en el Centro Poblado Barrio de Santa Ana Mz. C lote 02 Sector Santa Ana del distrito de Ayacucho de la Provincia de Huamanga y Departamento de Ayacucho, inscrito en la Partida Registral N° P11016851 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscrita la hipoteca en asiento N° D00005. b) b) b) b) .