viernes, 21 de junio de 2024

Venta de Casa BBVA en Pueblo Libre Lima Precio Base S/ 274446 🏡

El Inmueble se Encuentra ubicado en la Unidad Inmobiliaria, Av. 28 de Julio No. 645, Pueblo Libre, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Tasación: S/. 411,669.83. Precio Base: S/. 274,446.55 . Incremento entre ofertas: S/. 823.34. Arancel: S/. 772.50. Oblaje: S/. 41,166.98.. Distrito Jud… remateCasas
El Inmueble se Encuentra ubicado en la Unidad Inmobiliaria, Av. 28 de Julio No. 645, Pueblo Libre, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la
Tasación: S/. 411,669.83. Precio Base: S/. 274,446.55. Incremento entre ofertas: S/. 823.34. Arancel: S/. 772.50. Oblaje: S/. 41,166.98.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: PUEBLO LIBRE.
Partida Registral: 11962055 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: La Unidad Inmobiliaria, Av. 28 de Julio No. 645, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion19/06/2024 28/06/2024
Validación de Inscripción01/07/2024 03/07/2024
Presentación de Ofertas04/07/2024 05/07/2024
Pago Saldo08/07/2024 10/07/2024
Validación del Saldo11/07/2024 15/07/2024
Expediente: 24006-2022-0-1817-JR-CO-03. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 3°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GAMERO VILDOSO, LUIS MIGUEL. Especialista: TAFUR JARECA, DIANA MAVEL. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 6. Fecha Resolución: 15/08/2023

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14556
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU
RESOLUCIÓN NRO. RESOLUCIÓN NRO. RESOLUCIÓN NRO. RESOLUCIÓN NRO. SEIS SEIS SEIS SEIS Miraflores, quince de agosto de dos mil veintitrés
Dado cuenta en la fecha el escrito del día 16 de mayo, 18 de julio de 2023; al principal: con el arancel judicial y certificado de gravamen del inmueble materia de litis, téngase presente lo expuesto por el ejecutante; y, ATENDIENDO ATENDIENDO ATENDIENDO ATENDIENDO a que, Primero Primero Primero Primero: : : : Estando a lo indicado por el recurrente, se verifica que las partes procesales han sido debidamente notificadas con el auto final emitido en los presentes actuados mediante resolución número cinco, conforme se desprenden de los cargos de notificaciones que obran en autos, y verificándose que las partes procesales no han interpuesto medio impugnatorio alguno contra dicho auto, debe procederse conforme a lo prescrito en el numeral 2 del artículo 123 del Código Procesal Civil. Segundo Segundo Segundo Segundo: : : : Por otro lado, estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte del ejecutante, y teniendo presente el artículo 731 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley No. 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�. Tercero Tercero Tercero Tercero: : : : Siendo el estado del proceso �etapa de ejecución forzada - - - - y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo No. 12 de la Ley No. 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley. Cuarto Cuarto Cuarto Cuarto: : : : El artículo 13 de la Ley No. 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. Quinto Quinto Quinto Quinto: : : : Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto. SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE: : : :
1. 1. 1. 1. Declarar CONSENTIDO EL AUTO FINAL, CONSENTIDO EL AUTO FINAL, CONSENTIDO EL AUTO FINAL, CONSENTIDO EL AUTO FINAL, expedido por resolución número cinco, de fecha 21 de marzo de 2023. 2. 2. 2. 2. CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate del inmueble dado en garantía, precisándose que en caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, se convocará automáticamente por el REM@JU al segundo y tercer remate electrónico, en los siguientes términos:
3. 3. 3. 3. DESCRIPCIÓN DESCRIPCIÓN DESCRIPCIÓN DESCRIPCIÓN: : : : El inmueble se encuentra ubicado en la Unidad Inmobiliaria, Av. 28 de Julio No. 645, Pueblo Libre, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida No. 11962055 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. a) a) a) a) CARGAS Y GRAVÁMENES CARGAS Y GRAVÁMENES CARGAS Y GRAVÁMENES CARGAS Y GRAVÁMENES: : : : - En el Asiento Asiento Asiento Asiento D00003 D00003 D00003 D00003, se ha inscrito una HIPOTECA HIPOTECA HIPOTECA HIPOTECA hasta por la suma de US$. 100.000.00 dólares americanos, a favor del Banco Continental, a fin de garantizar el pago del préstamo otorgado a su favor, en garantía de las obligaciones asumidas. - En el Asiento Asiento Asiento Asiento D00004 D00004 D00004 D00004, se ha inscrito se ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 90,000.00 soles, ordenado mediante resolución cuatro de fecha 16/02/2022, expedida por el Juez de 8vo Juzgado Comercial de Lima, Dra. Ana Patricia Lau Deza y Especialista Legal Mónica Graner Casas, en el proceso seguido por Banco BBVA Perú sobre medida cautelar fuera de proceso, Expe Expe Expe Expediente diente diente diente No. 000703 No. 000703 No. 000703 No. 000703- - - -2022 2022 2022 2022- - - -70 70 70 70- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -0 0 0 08 8 8 8, inmueble de propiedad de los ejecutados Alicia Jara Polinar De Esparza y Franco Wilder Esparza Abanto.
- En el Asiento Asiento Asiento Asiento D0000 D0000 D0000 D00005 5 5 5, se ha inscrito se ha inscrito un EMBARGO EN EMBARGO EN EMBARGO EN EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN FORMA DE INSCRIPCIÓN FORMA DE INSCRIPCIÓN FORMA DE INSCRIPCIÓN hasta por la suma de S/. 134,697.53 soles, ordenado mediante resolución dos, de fecha 14 de setiembre de 2021, expedida por el Juez del 3er Juzgado Comercial de Lima, Dr. Luis Miguel Gamero Vildoso y Especialista Legal Diana Mavel Tafur Jareca, en el proceso seguido por Banco BBVA Perú sobre medida cautelar fuera de proceso, Expe Expe Expe Expediente No. diente No. diente No. diente No. 15075 15075 15075 15075- - - -2021 2021 2021 2021- - - -14 14 14 14- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -03 03 03 03, seguido por Banco Internacional del Perú S.A.A. inmueble de propiedad de los ejecutados Alicia Jara Polinar De Esparza y Franco Wilder Esparza Abanto. - En el Asiento Asiento Asiento Asiento D0000 D0000 D0000 D00006 6 6 6, se ha inscrito se ha inscrito un EMBARGO EN EMBARGO EN EMBARGO EN EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN FORMA DE INSCRIPCIÓN FORMA DE INSCRIPCIÓN FORMA DE INSCRIPCIÓN hasta por la suma de S/. 67,500.00 soles, ordenado mediante resolución dos, de fecha 04 de julio de 2022, expedida por el Juez del Décimo Tercer Juzgado Civil -Comercial de Lima, Dr. Juan Pablo Rengifo Santander, en el proceso seguido por Mibanco -Banco de la Microempresa S.A., contra Distribuidora AJP E.I.R.L., Alicia Jara Polinar De Esparza y Franco Wilder Esparza Abanto, Expediente No. 10468-2022-49-1817-JR-CO-13. 4. 4. 4. 4. TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA. En autos asciende a la suma de S/. S/. S/. S/. 411,669.83 411,669.83 411,669.83 411,669.83 (CUATROCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 83/100 SOLES)
4.1 4.1 4.1 4.1 PRIMERA CONVO PRIMERA CONVO PRIMERA CONVO PRIMERA CONVOCATORIA: CATORIA: CATORIA: CATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. S/. S/. S/. 274,446.55 274,446.55 274,446.55 274,446.55 (DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 55/100 SOLES).
4.2 4.2 4.2 4.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. S/. S/. S/. 233,279.57 233,279.57 233,279.57 233,279.57 (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 57/100 SOLES).
4.3 4.3 4.3 4.3 TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/. S/. S/. S/. 198,287.63 198,287.63 198,287.63 198,287.63 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 63/100 SOLES).
5. 5. 5. 5. OBLAJE OBLAJE OBLAJE OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17 del Reglamento de la Ley No. 30229; y el arancel judicial correspondiente.
6. 6. 6. 6. PUBLICACIÓN: PUBLICACIÓN: PUBLICACIÓN: PUBLICACIÓN: Procédase Procédase Procédase Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL PODER JUDICIAL PODER JUDICIAL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15 de la Ley No. 30229; ; ; ; FÍJESE FÍJESE FÍJESE FÍJESE los edictos en la vitrina del juzgado y en el inmueble materia de remate, debiendo coordinarlo con la especialista de actos externos Dra. Ana Pantoja Portuguez, previo arancel judicial por diligencia fuera de juzgado.
7. 7. 7. 7. C C C CÚRS ÚRS ÚRS ÚRSESE ESE ESE ESE oficio al Juez del 8vo Juzgado Comercial de Lima, Dra. Ana Patricia Lau Deza, en el proceso seguido por Banco BBVA Perú sobre medida cautelar fuera de proceso, Expe Expe Expe Expediente diente diente diente No. No. No. No. 00703 00703 00703 00703- - - -2022 2022 2022 2022- - - -70 70 70 70- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - - CO CO CO CO- - - -0 0 0 08 8 8 8, a efectos que tomen conocimiento del remate del inmueble embargado.
8. 8. 8. 8. PROCEDA PROCEDA PROCEDA PROCEDASE SE SE SE con agregar la copia certificada de la presente providencia al Expe Expe Expe Expediente No. diente No. diente No. diente No. 15075 15075 15075 15075- - - -2021 2021 2021 2021- - - -14 14 14 14- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -03 03 03 03, seguido por Banco Internacional del Perú S.A.A. inmueble de propiedad de los ejecutados Alicia Jara Polinar De Esparza y Franco Wilder Esparza Abanto. 9. 9. 9. 9. CÚRSESE CÚRSESE CÚRSESE CÚRSESE oficio al Juez del Décimo Tercer Juzgado Civil -Comercial de Lima, Dr. Juan Pablo Rengifo Santander, en el proceso seguido por Mibanco - Banco de la Microempresa S.A., contra Distribuidora AJP E.I.R.L., Alicia Jara Polinar De Esparza y Franco Wilder Esparza Abanto, Expediente No. 10468 Expediente No. 10468 Expediente No. 10468 Expediente No. 10468- - - - 2022 2022 2022 2022- - - -49 49 49 49- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -13 13 13 13, a efectos de poner en conocimiento el remate del inmueble embargado NOTIFICAR
Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Subespecialidad Subespecialidad Subespecialidad Subespecialidad Comercial Comercial Comercial Comercial �Año de la Unidad de la Paz y el Desarrollo��
Miraflores, 15 de agosto de 2023
Oficio No Oficio No Oficio No Oficio No. . . . 2400 2400 2400 24006 6 6 6- - - -2022 2022 2022 2022- - - -0 0 0 0- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -03 03 03 03 Señor J J J JUEZ DE UEZ DE UEZ DE UEZ DEL L L L OCTAVO JUZGADO OCTAVO JUZGADO OCTAVO JUZGADO OCTAVO JUZGADO CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL SUBESPECIALIDAD COMERC SUBESPECIALIDAD COMERC SUBESPECIALIDAD COMERC SUBESPECIALIDAD COMERCIAL IAL IAL IAL Presente. - Ref. Exp Exp Exp Exp. . . . No. No. No. No. 00703 00703 00703 00703- - - -2022 2022 2022 2022- - - -70 70 70 70- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -0 0 0 08 8 8 8
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en los autos seguidos por BANCO BBVA PERÚ contra ALICIA JARA POLINAR y otro sobre ejecución de garantía, a efectos de INFOR INFOR INFOR INFORM M M MALE ALE ALE ALE que la judicatura a mi cargo ha convocado a remate electrónico el inmueble descrito en la partida electrónica No. 11962055 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, en la cual obra inscrito una medida cautelar de embargo en forma de inscripción en el proceso Expe Expe Expe Expediente diente diente diente No. No. No. No. 00703 00703 00703 00703- - - -2022 2022 2022 2022- - - -70 70 70 70- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -0 0 0 08 8 8 8, seguido Banco BBVA Perú sobre medida cautelar fuera de proceso, que se acompaña con firmas digitales del señor Juez que suscribe y del especialista cursor del proceso. Se deja constancia que el proceso materia de autos se tramita a través de un expediente electrónico, cuyas firmas son digitales, conforme a la Ley No. 27269 � Ley de Firmas y Certificados Digitales y su reglamento. Hago propicia la oportunidad para testimoniarle las seguridades de mi consideración. Atentamente.


Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Tercer Juzgado Civil Subespecialidad Subespecialidad Subespecialidad Subespecialidad Comercial Comercial Comercial Comercial �Año de la Unidad de la Paz y el Desarrollo��
Miraflores, 15 de agosto de 2023
Oficio No Oficio No Oficio No Oficio No. . . . 2400 2400 2400 24006 6 6 6- - - -2022 2022 2022 2022- - - -0 0 0 0- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -03 03 03 03 Señor J J J JUEZ DE UEZ DE UEZ DE UEZ DEL L L L DECIMO TER DECIMO TER DECIMO TER DECIMO TERCER CER CER CER JUZGADO JUZGADO JUZGADO JUZGADO CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL SUBESPECIALIDAD COMERC SUBESPECIALIDAD COMERC SUBESPECIALIDAD COMERC SUBESPECIALIDAD COMERCIAL IAL IAL IAL Presente. - Ref. Exp Exp Exp Exp. . . . No. No. No. No. 10468 10468 10468 10468- - - -2022 2022 2022 2022- - - -49 49 49 49- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -13 13 13 13,
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en los autos seguidos por BANCO BBVA PERÚ contra ALICIA JARA POLINAR y otro sobre ejecución de garantía, a efectos de INFOR INFOR INFOR INFORM M M MALE ALE ALE ALE que la judicatura a mi cargo ha convocado a remate electrónico el inmueble descrito en la partida electrónica No. 11962055 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, en la cual obra inscrito una medida cautelar de embargo en forma de inscripción en el proceso Expe Expe Expe Expediente diente diente diente No. No. No. No. 10468 10468 10468 10468- - - -2022 2022 2022 2022- - - -49 49 49 49- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -13 13 13 13, seguido por Mibanco -Banco de la Microempresa S.A., contra Distribuidora AJP E.I.R.L. y otros sobre medida cautelar fuera de proceso, que se acompaña con firmas digitales del señor Juez que suscribe y del especialista cursor del proceso. Se deja constancia que el proceso materia de autos se tramita a través de un expediente electrónico, cuyas firmas son digitales, conforme a la Ley No. 27269 � Ley de Firmas y Certificados Digitales y su reglamento. Hago propicia la oportunidad para testimoniarle las seguridades de mi consideración. Atentamente.