Tasación: S/. 145,701.41. Precio Base: S/. 97,134.27. Incremento entre ofertas: S/. 291.40. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 14,570.14.. Distrito Judicial: MADRE DE DIOS. Departamento: MADRE DE DIOS. Provincia: TAMBOPATA. Distrito: TAMBOPATA.
Partida Registral: 03000023 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Inmueble Denominado Bethel, Unidad Catastral 30432, Ubicado En el Sector la Joya Comprensi�n del Distrito y Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios de un �?rea Superficial de 0.569 Hect�?reas, Inscrita En la Partida Electr�nica N� 03000023 del Registro de Predio de la Oficina Registral de Madre de Dios. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 16/08/2024 | 25/08/2024 |
Validación de Inscripción | 26/08/2024 | 28/08/2024 |
Presentación de Ofertas | 29/08/2024 | 30/08/2024 |
Pago Saldo | 02/09/2024 | 04/09/2024 |
Validación del Saldo | 05/09/2024 | 09/09/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 15244
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en MADRE DE DIOS?
DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU,Resolución Nro. 25. Puerto Maldonado, treinta de Mayo del dos mil veinticuatro.
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta en la fecha el escrito con registro N� 4234-2024, presentado vía mesa de partes electrónico por CESAR AUGUSTO AUCCA BARCENA, Abogado y apoderado del BANCO DE CREDITO DEL PERU, mediante el cual solicita el impulso procesal correspondiente para proseguir con la ejecución de la sentencia; y, CONSIDERADO: PRIMERO: Nótese que mediante Auto Final contenido en la resolución N� 02 de fecha treinta de julio del 2014, haciendo efectivo el apercibimiento dictado en autos, se ha ordenado el remate del bien dado en garantía por los ejecutados, inmueble denominado �Bethel� ubicado en el sector La Joya, comprensión del distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, identificado con Unidad Catastral N� 30432, Código Catastral N� 9-4758605-30432 con un área de ceo hectáreas cuatrocientos setenta y uno metros cuadrados (0.0569ha) y un perímetro de 92.00ml-. con los siguientes colindantes: a) Por el norte con el predio de María Sandy Ríos, b) por el sur con el predio de Enma Lucas de Saavedra, c) por el Este con el predio de Zuelde Saavedra Lucas y d) por el oeste con el predio de Salomón Gonzales Rodríguez; y se dispuso girar oficio a la REPEJ para que designe al martillero pública de conformidad al artículo 731 del Código Procesal Civil; consentida la misma mediante resolución N� 04 de fecha 26 de noviembre del 2014; asimismo mediante resolución N� 08 del 23 de junio del 2016, se dispuso cursar oficio a la REPEJ para la designación de los peritos judiciales para la valorización del predio materia de autos; en tal sentido los peritos designados Ingeniero César Rolando Fernández Baca Bellota y Julio Pareja Yáñez, presentan sus informes periciales con registro N� 4377-2018, que obran a folios 159 y siguientes; y aprobada la tasación mediante resolución N� 19 de fecha 18 de octubre del 2018, obrante a folios 226 y siguiente; en consecuencia, en ese entender el presente proceso se encuentra en la actualidad en etapa de ejecución; corresponde convocar en primera ronda al primer remate público el bien materia de garantía hipotecaria del inmueble mencionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229,
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS JUZGADO CIVIL PERMANENTE PUERTO MALDONADO - TAMBOPATA
su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N� 003-2015-JUS y directiva vigente, cabe indicar que la ejecución del remate judicial se efectuará a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial. SEGUNDO: Nótese que corresponde precisar que la ejecución del remate judicial es efectuada a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial, bajo responsabilidad del secretario judicial; en atención con los requisitos señalados en el artículo 12� de la Ley N� 30229, así como artículo 13� del Reglamento de la citada Ley, dicha situación debe tenerse presente. TERCERO: Por otra parte, téngase presente lo dispuesto en el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley N� 30229, siendo que el secretario judicial de la causa deberá proceder a publicar en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate judicial electrónico y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley N� 30229, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate, asimismo, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16� del Reglamento de la Ley N� 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate. CUARTO: En consecuencia, conforme al estado del proceso y en aplicación de lo dispuesto por los artículos 731� y siguientes del Código Procesal Civil, previo pago del arancel judicial por solicitud de remate, se debe darse cumplimiento al remate judicial electrónico conforme a ley, bajo responsabilidad funcional. Por las consideraciones expuestas SE RESUELVE: 1. CONVOCAR a REMATE JUDICIAL ELECTRONICO-REM@JU para los efectos de proceder al remate en primera ronda de PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble materia de ejecución forzada conforme al siguiente detalle: i) DESCRIPCION: Inmueble denominado Bethel, Unidad Catastral 30432, ubicado en el sector La Joya comprensión del distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios de un área superficial de 0.569 hectáreas, inscrita en la partida electrónica N� 03000023 del Registro de predio de la Oficina Registral de Madre de Dios. ii) CARGA Y GRAMENES: HIPOTECA: Constituido a favor del Banco de Crédito del Perú, representado por Jorge Isaac Vásquez Najar y Raphael Pezo Fernández Baca, a fin de garantizar las obligaciones según Asiento D0006, de la partida electrónica N� 03000023 de los Registros Públicos, inscripción de hipoteca constituida hasta por $55,033.72 dólares americanos, (CINCUENTA Y CINCO MIL TREINTA Y TRES CON 72/100 DOLARES AMERICANOS), según testimonio N� 832 de fecha 06 de junio del 2011, a favor de Banco de Crédito del Perú. iii) .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
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Tasación comercial hasta por el monto de S/ 145,701.41 soles, equivalente en dólar $43,492.95 dólares americanos, según la tasación actualizada de fecha mayo del 2018. iv) PRECIO .