lunes, 26 de junio de 2023

Remaju Casa en Venta en San Juan de Lurigancho Lima Precio Base $ 234289 🏡

De un Inmueble de dos Pisos Vivineda Tasación: $ 351,434.52. Precio Base: $ 234,289.68 . Incremento entre ofertas: $ 702.87. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 35,143.45.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN JUAN DE LURIGANCHO . Partida Registral: 14453598 Tipo I… remateCasas
De un Inmueble de dos Pisos Vivineda
Tasación: $ 351,434.52. Precio Base: $ 234,289.68. Incremento entre ofertas: $ 702.87. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 35,143.45.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN JUAN DE LURIGANCHO.
Partida Registral: 14453598 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Calle 7, Manzana E, Lote 11, Sub Lote 11-b, Urbanización Cantogrande, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamentode Lima. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion20/06/2023 29/06/2023
Validación de Inscripción03/07/2023 05/07/2023
Presentación de Ofertas06/07/2023 07/07/2023
Pago Saldo10/07/2023 12/07/2023
Validación del Saldo13/07/2023 17/07/2023
Expediente: 09605-2022-0-1817-JR-CO-09. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 9°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: SACHA FLORES KARELY EDITH. Especialista: PERALTA DELGADO, JACKELINE BEATRIZ. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 12. Fecha Resolución: 06/06/2023. Tipo Cambio: S/. 3.631 a la fecha 16/06/2023 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 11057
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : BRAVO LOPEZ, NINO FRANKLIN
RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE Miraflores, seis de junio De dos mil veintitrés.-
Dando cuenta a los dos escritos que anteceden; AL PRINCIPAL Con lo expuesto por la parte ejecutante téngase presente y estando a lo solicitado se advierte que mediante resolución que antecede, se ordena cúmplase lo ejecutoriado, habiéndose confirmado las resoluciones siete y ocho de autos, conforme a lo resuelto por resolución de vista número cuatro de fecha 27 de abril del 2022, expedido por la Segunda Sala Civil Subespecialidad Comercial de Lima; en consecuencia, resulta procedente lo solicitado y con los aranceles por solicitud de remate electrónico judicial y copia literal de inmueble obrante en autos; y de conformidad a lo preceptuado en el artículo 731º del Código adjetivo, modificado por la ley 30229; y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12° de la Ley N° 30229 y artículo 13° del Reglamento de la citada ley y estando a las nuevas implementaciones respecto del sistema de Remate Judicial Electrónico – REM@JU, se deberá proceder conforme a las siguientes consideraciones, debiendo atenderse además, de acuerdo a la programación automática del remate electrónico en sus tres convocatorias. Por tal motivo: SE RESUELVE :
1.- CONVÓQUESE a remate electrónico judicial (REM@JU) a efecto de que proceda al remate electrónico del inmueble hipotecado:
1.2.- DESCRIPCION:
• Calle 7, Manzana E, Lote 11, Sub Lote 11-B, Urbanización Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N° 14453598 del Registro de Predios de Lima.
1.3.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?


• En el asiento D00002 HIPOTECA constituida a favor de NINO FRANKLIN BRAVO LOPEZ hasta por la suma de US$. 200,000.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar las obligaciones contenidas en el titulo que se archiva.
1.4.- .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL:
• IMMUEBLE INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 14453598 del Registro de Predios de Lima: valorizado en la suma de US$. 351,434.52 Dólares Americanos, siendo la base de la postura:
EN PRIMERA CONVOCATORIA: debiendo tenerse como BASE DE LA POSTURA las DOS TERCERAS PARTES DE SU .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

, esto es la suma de US$. 234,289.68 Dólares Americanos.
EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 199,146.23 Dólares Americanos.
EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 169.274.29 Dólares Americanos.
a) OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17° 1
del Reglamento de la Ley N° 30229; y el arancel judicial correspondiente.
2.- PROCÉDASE a LA PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL el aviso de convocatoria a remate electrónico por el plazo de diez días, en conformidad con lo previsto en el artículo 15° del reglamento de la Ley N° 30229, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electrónico Judicial de Lima.
3.- ASIMISMO conforme a la naturaleza del presente acto procesal NOTIFIQUESE con las formalidades de ley la presente resolución a todas las partes procesales en el presente proceso con copia de la presente resolución y escrito respectivo.
4.- IGUALMENTE OFICIESE a los Juzgados que tengan cargas y/o gravámenes en el presente inmueble materia de ejecución, con copia de la presente resolución y escrito respectivo. NOTIFICÁNDOSE. -


1 .- Articulo 17.- Pago de Oblaje: 17.1 El pago se oblaje se efectúa en la moneda en que se realizo la tasación del bien- 17.2 La exclusión del ejecutante o del tercero legitimado del pago de oblaje, no exonera de la declaración jurada sobre fondos lícitos. 17.3 El usuario postor debe ingresar en el REM@JU los datos de referencia de los depósitos del arancel y de oblaje, correspondiente.