Tasación: S/. 788,378.60. Precio Base: S/. 379,735.69. Incremento entre ofertas: S/. 1,139.21. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: S/. 78,837.86.. Distrito Judicial: SELVA CENTRAL. Departamento: JUNIN. Provincia: CHANCHAMAYO. Distrito: PERENE.
Partida Registral: 11035169 Tipo Inmueble: ALMACÉN. Dirección: Inmueble Ubicado En el Sector Villa Amoretti – I Etapa del Distrito y Provincia de Chanchamayo, Departamento de Junín, Inscrito En la Partida Electrónica N° 11035169 de la Zona Registral N° Viii Sede Huancayo - Oficina Registral de la Merced. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 07/04/2023 | 16/04/2023 |
Validación de Inscripción | 17/04/2023 | 19/04/2023 |
Presentación de Ofertas | 20/04/2023 | 21/04/2023 |
Pago Saldo | 24/04/2023 | 26/04/2023 |
Validación del Saldo | 27/04/2023 | 03/05/2023 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10137
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en JUNIN?
DEMANDANTE : BANCO AGROPECUARIO,Resolución N° Diecisiete La Merced, catorce de diciembre Del año dos mil veintidós
AUTOS y VISTOS: Al escrito de fecha 06/12/22, presentado por el Banco Agropecuario; y, CONSIDERANDO: Primero. - Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731° del Código Procesal Civil modificado por la Le y N° 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de REM@JU del portal web del Poder Judicial. Segundo. - Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. Tercero. - Declarado Desierto la primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 - el REM@JU generara automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. Cuarto. - En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicará el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. Quinto. - En caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya.
Por consiguiente: SE RESUELVE: 1. CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL - REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCOATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 1.1 Descripción: Inmueble ubicado en el Sector Villa Amoretti – I Etapa del Distrito y Provincia de Chanchamayo, Departamento de Junín, inscrito en la Partida Electrónica N° 110351 69 de la Zona Registral N° VIII Sede Huancayo - Oficina Registral de La Merced. 2. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. 3. CARGAS Y GAVAMENES: 3.1 Hipoteca: en el Asiento D00007 de la Partida N° 11035169 de la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo- Oficina Registral de La Merced, se ha inscrito una hipoteca constituida por CAFÉ EL MISTI S.A.C., hasta por la suma de S/ 9 48 508.00 SOLES a favor del BANCO AGROPECUARIO. 4. APRUÉBESE EL .