Tasación: S/. 99,755.00. Precio Base: S/. 66,503.33. Incremento entre ofertas: S/. 199.51. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 9,975.50.. Distrito Judicial: LIMA NORTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: CARABAYLLO.
Partida Registral: P01359307 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: En el Conjunto Residencial Alameda San Juan Pasaje 2, Numero 161 (antes Lote 79), Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 28/03/2023 | 06/04/2023 |
Validación de Inscripción | 10/04/2023 | 12/04/2023 |
Presentación de Ofertas | 13/04/2023 | 14/04/2023 |
Pago Saldo | 17/04/2023 | 19/04/2023 |
Validación del Saldo | 20/04/2023 | 24/04/2023 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10335
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?
DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERURESOLUCIÓN N° VEINTISÉIS Miraflores, diecisiete de enero Del año dos mil veintidós.-
Dando cuenta al escrito presentado por la parte ejecutante que antecede: AL PRINCIPAL: AUTOS Y VISTOS Y ATENDIENDO: Primero: El inciso 2 del artículo 123° del Código Procesal Civil establece que la resolución adquiere la autoridad de Cosa Juzgada cuando: Las partes renuncian expresamente a interponer medios impugnatorios o dejan transcurrir los plazos sin formularlos; Segundo: Es de advertirse de autos que mediante resolución veinticuatro que obra en autos, se resuelve convocar a remate electrónico judicial (REM@JU) del inmueble hipotecado, inscrito en la Partida Electrónica Nº P01359307 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; Tercero: Que, conforme se verifica del sistema de Sernot, las partes procesales han sido notificados con la resolución Veinticuatro, sin que a la misma se haya interpuesto recurso impugnatorio en el extremo que se resuelve convocar a remate electrónico judicial (REM@JU) del inmueble hipotecado, inscrito en la Partida Electrónica Nº P01359307 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, por lo que es necesario emitir la resolución correspondiente; por lo que se RESUELVE: DECLARAR: CONSENTIDA la resolución VEINTICUATRO de fecha cinco de julio del año dos mil veintiuno; en consecuencia, CUMPLA la Secretaria cursora realice la publicidad del remate en la página web Remaju- Sistema de Remates virtuales. A LOS OTROSÍES: Téngase presente, por autorizadas a las personas que indica para los fines precisados y por designados como abogados patrocinantes a los letrados que suscriben el presente escrito. HAGASE SABER.-
