sábado, 30 de septiembre de 2023

Remate Judicial de Terrenos Banco en La Libertad Moche Precio Base S/ 394653 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Departamento: LA LIBERTAD . Provincia: TRUJILLO. Distrito: MOCHE. Partida Registral: 11216165 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Sub Lote 2c Lote Vd-2 Valle de Moche Sector V €� Chavimochic, Porcentaje a Rematar: 100 % Remate judicial Desde Hasta Publi… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Departamento: LA LIBERTAD. Provincia: TRUJILLO. Distrito: MOCHE.
Partida Registral: 11216165 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Sub Lote 2c Lote Vd-2 Valle de Moche Sector V €� Chavimochic, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion30/09/2023 09/10/2023
Validación de Inscripción10/10/2023 12/10/2023
Presentación de Ofertas13/10/2023 14/10/2023
Pago Saldo16/10/2023 18/10/2023
Validación del Saldo19/10/2023 23/10/2023
Expediente: 02464-2021-0-1601-JR-CI-05. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Órgano Jurisdisccional: 5° JUZGADO CIVIL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: KARLA LLONTO ROMERO. Especialista: SANDRA BALTODANO ZELADA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 8. Fecha Resolución: 07/04/2023. Tasación: S/. 591,979.81. Precio Base: S/. 394,653.21. Incremento entre ofertas: S/. 1,183.96. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: S/. 59,197.98. Descripción: SUB LOTE 2C LOTE VD-2 VALLE DE MOCHE SECTOR V – CHAVIMOCHIC, . N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12258
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en LA LIBERTAD?

DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA
RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO Trujillo, siete de abril Del año dos mil veintidós
AUTOS Y VISTOS Dado cuenta con el escrito que antecede presentado: AGREGUESE a los autos, TÉNGASE por cumplido el mandato judicial, y CONSIDERANDO:
PRIMERO: El artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229, establece que: �Aprobada la tasación o siendo innecesaria ésta, el Juez convocará a remate. El remate o subasta de bienes muebles o inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�.
SEGUNDO: Asimismo, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia de La Libertad mediante Resolución Administrativa N� 000262-2021-P-CSJLL-PJ autoriza la aplicación del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU en esta Corte Superior de Justicia de La Libertad a partir del 28-04-2021, siendo de obligatorio cumplimiento que los Órganos Jurisdiccionales realicen los remates judiciales de conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley N� 30229 así como de los documentos normativos aprobados por el Consejo Ejecutivo.
TERCERO: En el caso de autos, se aprecia que mediante resolución número seis antes número cinco de fecha veintinueve de octubre del año dos mil veintiuno, obrante a folios 104/105, se dispuso sacar a remate en subasta pública el bien inmueble ubicado en sub lote 2C lote VD-2 Valle de Moche Sector V � Chavimochic, Distrito de Moche, Provincia de Trujillo, Departamento de la Libertad, inscrito en la Partida Electrónica N� 11216165 del Registro de Predios de la Sede Registral N� V � Sede Trujillo/oficina Registral Trujillo; atendiendo al estado del proceso, y habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia del remate electrónico judicial, de conformidad con lo establecido en la Ley N� 30229, Ley que adecua el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el sistema de remates judiciales, corresponde llevar a cabo el remate electrónico. CUARTO: Dado a los nuevos lineamientos establecidos para los remates electrónicos, es necesario señalar que en caso de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia del remate electrónico, advirtiéndose que el pegado de cartel será realizado solo una vez, antes de la fecha de remate en primera convocatoria, toda vez que luego de realizado el remate judicial en primera convocatoria, segunda y tercera convocatoria es automática. Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial, y siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya. Por tales consideraciones SE RESUELVE:
1. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL a través del Sistema de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU, a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble materia de litis, ubicado en: sub lote 2C lote VD-2 Valle de Moche Sector V � Chavimochic, Distrito de Moche, Provincia de Trujillo, Departamento de la Libertad, inscrito en la Partida Electrónica N� 11216165 del Registro de Predios de la Sede Registral N� V � Sede Trujillo/oficina Registral Trujillo 2. En caso de declararse desierto la primera convocatoria, CONVOQUESE en forma AUTOMATICA a través del Sistema de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU, llevándose a cabo el SEGUNDO REMATE ELECTRONICO y posteriormente el TERCER REMATE ELECTRONICO de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, teniendo en cuenta los términos que a continuación se detallan: a. DESCRIPCIÓN: sub lote 2C lote VD-2 Valle de Moche Sector V � Chavimochic, Distrito de Moche, Provincia de Trujillo, Departamento de la Libertad b.

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

Asiento D00002 Hipoteca y Restricción Contractual.- Se constituye hipoteca a favor del SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de S/. 554,356.80 soles a fin de garantizar entre otras deudas y obligaciones, el pago de un crédito por el monto de s/. 398,400.00 soles, así consta en la Escritura Pública N� 2290 de fecha 28/08/2017. c.

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

ACTUALIZADA: S/. 591,979.81 (QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 81/100 SOLES) d. EN PRIMERA CONVOCATORIA; La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/. 394,653.20 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 20/100 SOLES) e. SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de en la convocatoria anterior, ascendente a S/ 335,455.22 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 22/100 SOLES) f. TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/ 258,136.94 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON 94/100 SOLES) g. Los postores deberán cumplir lo siguiente: - Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju. - Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229; y el arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad. h. PUBLICACION: PROCEDASE a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria de acuerdo al artículo 15� de La Ley 30229, y FIJESE los avisos de remate en el local del juzgado e inmueble sub litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate en el inmueble al Juez de Paz de Moche. 3. EFECTUESE el registro del remate electrónico judicial en el Portal Web del Poder Judicial - REM@JU, una vez vencido el plazo legal de oposición, publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria, teniendo en cuenta el precio base señalado en la presente resolución. 4. Notifíquese conforme a ley.