lunes, 20 de noviembre de 2023

Venta de Departamento Banco en Miraflores Lima Precio Base $ 127072 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: MIRAFLORES . Partida Registral: 11776523 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Departamento N� 704 €� Setimo Piso, Av. Alfredo Leon N� 114 Porcentaje a Rematar: 100 % Remate judicial Desde Hasta Publicación e In… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: MIRAFLORES.
Partida Registral: 11776523 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Departamento N� 704 €� Setimo Piso, Av. Alfredo Leon N� 114 Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion21/11/2023 30/11/2023
Validación de Inscripción01/12/2023 05/12/2023
Presentación de Ofertas06/12/2023 07/12/2023
Pago Saldo11/12/2023 13/12/2023
Validación del Saldo14/12/2023 18/12/2023
Expediente: 00733-2018-0-1817-JR-CO-15. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 15°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: HIDALGO CHAVEZ, JOSE MIGUEL. Especialista: MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 23. Fecha Resolución: 26/07/2023. Tipo Cambio: S/. 3.768 a la fecha 17/11/2023 según la SBS.. Tasación: $ 190,608.87. Precio Base: $ 127,072.58. Incremento entre ofertas: $ 381.22. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 19,060.89. Descripción: EL INMUEBLE MATERIA DE LITIS SE ENCUENTRA UBICADO EN EL SÉTIMO PISO. DE ACUERDO A LA DECLARATORIA DE F�?BRICA INSCRITA EN EL ASIENTO B00002 DE LA PARTIDA 49039447. LA DISTRIBUCIÓN DEL INMUEBLE MATERIA DE LITIS ES: SALA – COMEDOR, COCINA, PATIO, - LAVANDER�?A, ½ BAÑO, DEPÓSITO, ESTUDIO CON CLOSET, HALL, DORMITORIO 1 CON CLOSET, ¾ DE BAÑO, CLOSET – THERMA, DORMITORIO PRINCIPAL CON CLOSET Y ¾ DE BAÑO Y DUCTO. N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12697
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA Resolución Resolución Resolución Resolución Nro. Nro. Nro. Nro.23 23 23 23 Miraflores, 26 de julio Del año dos mil veintitrés. -
A A A Al l l l escrito que antecede de fecha 11/05/2023 signado con escrito que antecede de fecha 11/05/2023 signado con escrito que antecede de fecha 11/05/2023 signado con escrito que antecede de fecha 11/05/2023 signado con el el el el código código código código de ingreso de ingreso de ingreso de ingreso N� N� N� N�9969 9969 9969 99695 5 5 5- - - -2023 2023 2023 2023, presentado por el demandante: Con el cargo del escrito que adjunta, téngase presente; en consecuencia, dándose cuenta a su solicitud de convocatoria a remate; y: ATENDIENDO: ATENDIENDO: ATENDIENDO: ATENDIENDO: PRIMERO PRIMERO PRIMERO PRIMERO: : : : Estando a la solicitud de convocatoria a remate y teniendo presente el artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229, la cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e subasta de bienes muebles e subasta de bienes muebles e subasta de bienes muebles e in in in inmuebles se efectúan por medio del Rema muebles se efectúan por medio del Rema muebles se efectúan por medio del Rema muebles se efectúan por medio del Remat t t te Judicial Electrónico e Judicial Electrónico e Judicial Electrónico e Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia caso, conforme con la ley especial sobre la materia caso, conforme con la ley especial sobre la materia caso, conforme con la ley especial sobre la materia� � � � SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO: : : : En atención a lo anterior se precisa que la ejecución del remate electrónico judicial se efectúa a través del aplicativo REM@JU, del portal web del Poder Judicial, consistente en la colocación de ofertas que los usuarios postores ofrezcan. El acto de remate electrónico judicial del bien se realiza en un lapso de veinticuatro horas, en mérito a los lineamientos establecidos en la Ley N�30229. TERCERO TERCERO TERCERO TERCERO: : : : Una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 de la Ley N� 30229, el secretario judicial de la causa publicará en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo 15 de la ley referida, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate electrónico. CUARTO CUARTO CUARTO CUARTO: Por otro lado, acorde a las nuevas implementaciones respecto del sistema de Remate Judicial Electrónico � REM@JU, se deberá proceder conforme a ellas, debiendo SEDE COMERCIALES, Juez:HIDALGO CHAVEZ Jose Miguel FAU 20546303951 soft Fecha: 26/07/2023 14:54:15,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:MINAYA CASTILLO Andrea Liseth FAU 20546303951 soft Fecha: 26/07/2023 14:59:22,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE además atenerse a la programación automática del remate electrónico en sus tres convocatorias. En tal sentido, el artículo 13 de la Ley N� 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU automáticamente reprogramará una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procederá automáticamente a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. QUINTO QUINTO QUINTO QUINTO: Si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya. SEXTO SEXTO SEXTO SEXTO: Finalmente, en caso que los bienes materia de remate sean adjudicados, se deberá depositar los saldos de los precios, dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 de la Ley N�30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate, con pérdida del monto por oblaje, como concepto de multa e inhabilitación para participar como usuario postor en el Remate Electrónico Judicial (REM@JU) por el plazo de un año, con la correspondiente anotación en el registro de remates electrónicos judiciales y publicidad a nivel nacional por el periodo de inhabilitación, conforme lo estipulan los artículos 16, 17 y 18 inciso b) de la citada Ley. Por consiguiente, conforme al estado del proceso y en aplicación de lo dispuesto por los artículos 731 y 736 inciso 1 del Código Procesal Civil y demás dispositivos legales citados: SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE: : : : 1) 1) 1) 1) CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) L L L LOS SIGUIENTES DOS OS SIGUIENTES DOS OS SIGUIENTES DOS OS SIGUIENTES DOS INMUEBLES DADOS EN GARANTÍA: INMUEBLES DADOS EN GARANTÍA: INMUEBLES DADOS EN GARANTÍA: INMUEBLES DADOS EN GARANTÍA: DEPARTAMENTO N� 704 DEPARTAMENTO N� 704 DEPARTAMENTO N� 704 DEPARTAMENTO N� 704 � � � � SÉPTIMO PISO SÉPTIMO PISO SÉPTIMO PISO SÉPTIMO PISO � � � � AVENIDA ALFREDO LEÓN N�114 AVENIDA ALFREDO LEÓN N�114 AVENIDA ALFREDO LEÓN N�114 AVENIDA ALFREDO LEÓN N�114- - - - DISTRITO DE MIRAFL DISTRITO DE MIRAFL DISTRITO DE MIRAFL DISTRITO DE MIRAFLOR OR OR ORES ES ES ES � � � � PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, inscrito en la Partida Electrónica N� 11776523 del Registro de Predios de Lima. ESTACIONAMIENTO N� 75 ESTACIONAMIENTO N� 75 ESTACIONAMIENTO N� 75 ESTACIONAMIENTO N� 75 � � � � TERCER SÓTANO TERCER SÓTANO TERCER SÓTANO TERCER SÓTANO � � � � CALLE MARTÍN NAPANGA N� CALLE MARTÍN NAPANGA N� CALLE MARTÍN NAPANGA N� CALLE MARTÍN NAPANGA N�129 129 129 129 � � � � DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES � � � � PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA; inscrito en la Partida Electrónica N� 11776447 del Registro de Predios de Lima.
2) 2) 2) 2) EN CASO DE DECLARARSE DESIERTAS LAS CONVOCATORIAS EN PRIMER REMATE EN CASO DE DECLARARSE DESIERTAS LAS CONVOCATORIAS EN PRIMER REMATE EN CASO DE DECLARARSE DESIERTAS LAS CONVOCATORIAS EN PRIMER REMATE EN CASO DE DECLARARSE DESIERTAS LAS CONVOCATORIAS EN PRIMER REMATE ELECTRONI ELECTRONI ELECTRONI ELECTRONIC C C CO JUDICIAL O JUDICIAL O JUDICIAL O JUDICIAL, convóquese AUTOMATICAMENTE AUTOMATICAMENTE AUTOMATICAMENTE AUTOMATICAMENTE por el REM@JU REM@JU REM@JU REM@JU al SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL. REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL. REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL. REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL. Si las segundas convocatorias también quedan desiertas, convóquese AUTOMATICAMENTE AUTOMATICAMENTE AUTOMATICAMENTE AUTOMATICAMENTE al TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL. En consecuencia, se procede a detallar En consecuencia, se procede a detallar En consecuencia, se procede a detallar En consecuencia, se procede a detallar cada uno de los inmuebles con sus respectivas cargas cada uno de los inmuebles con sus respectivas cargas cada uno de los inmuebles con sus respectivas cargas cada uno de los inmuebles con sus respectivas cargas y gravámenes, tasación comercial y bases que servi y gravámenes, tasación comercial y bases que servi y gravámenes, tasación comercial y bases que servi y gravámenes, tasación comercial y bases que servirá rá rá rán para las convocatorias n para las convocatorias n para las convocatorias n para las convocatorias: : : : INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL DEPARTAMENTO N� DEPARTAMENTO N� DEPARTAMENTO N� DEPARTAMENTO N�704 704 704 704 � � � � SÉPTIMO PISO SÉPTIMO PISO SÉPTIMO PISO SÉPTIMO PISO � � � � AVENIDA ALFREDO LEÓN N�114 AVENIDA ALFREDO LEÓN N�114 AVENIDA ALFREDO LEÓN N�114 AVENIDA ALFREDO LEÓN N�114- - - -DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES � � � � PROVINCIA Y PROVINCIA Y PROVINCIA Y PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA DEPARTAMENTO DE LIMA DEPARTAMENTO DE LIMA DEPARTAMENTO DE LIMA; INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N� ; INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N� ; INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N� ; INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N�11776523 11776523 11776523 11776523 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LI DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LI DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LI DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA MA MA MA. . . . Cargas y gravámenes Cargas y gravámenes Cargas y gravámenes Cargas y gravámenes: : : : De acuerdo a la copia literal adjuntada por la demandante, el inmueble inscrito en la P.E. N� 11776523 del Registro de Predios de Lima tiene la siguiente afectación: HIPOTECA HIPOTECA HIPOTECA HIPOTECA INSCRITA EN EL ASIENTO D0000 INSCRITA EN EL ASIENTO D0000 INSCRITA EN EL ASIENTO D0000 INSCRITA EN EL ASIENTO D00007 7 7 7, constituida a favor del SCOTIABANK PERU SAA, hasta por la suma de S/. 609,688.79 Soles, en conjunto con otro inmueble, a fin de garantizar el préstamo concedido por S/. 480,000.00 Soles, por el plazo de 240 años contados a partir de la fecha del desembolso. Así consta en la Escritura Pública de fecha 21/11/2015, extendida ante Notario de Lima Dr. Ricardo José Barba Castro. EMBARGO INSC EMBARGO INSC EMBARGO INSC EMBARGO INSCRITO EN EL ASIENTO D00008 RITO EN EL ASIENTO D00008 RITO EN EL ASIENTO D00008 RITO EN EL ASIENTO D00008, otorgado por el Juez del 5�Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores hasta por la suma de S/32,000.00 soles. Tasaci Tasaci Tasaci Tasación ón ón ón Comercial Comercial Comercial Comercial del inmueble antes descrito asciende a US$. US$. US$. US$. 190,608.87 190,608.87 190,608.87 190,608.87 (ciento noventa mil seiscientos ocho con 87/100 dólares americanos). Base del Remate Base del Remate Base del Remate Base del Remate para las convocatorias serán las siguientes: Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a US$. US$. US$. US$. 127,072.58 127,072.58 127,072.58 127,072.58 (ciento veintisiete mil setenta y dos con 58/100 dólares americanos). Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Será con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a US$. US$. US$. US$. 108,011.69 108,011.69 108,011.69 108,011.69 (ciento ocho mil once con 69/100 dólares americanos). Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: Será con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a US$. US$. US$. US$. 91,809.94 91,809.94 91,809.94 91,809.94 (noventa y un mil ochocientos nueve con 94/100 dólares americanos). INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL ESTACIONAMIENTO N� 75 ESTACIONAMIENTO N� 75 ESTACIONAMIENTO N� 75 ESTACIONAMIENTO N� 75 � � � � TERCER SÓTANO TERCER SÓTANO TERCER SÓTANO TERCER SÓTANO � � � � CALLE MARTÍN NAPANGA N�129 CALLE MARTÍN NAPANGA N�129 CALLE MARTÍN NAPANGA N�129 CALLE MARTÍN NAPANGA N�129 � � � � DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES DISTRITO DE MIRAFLORES � � � � PROVINCIA Y PROVINCIA Y PROVINCIA Y PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA DEPARTAMENTO DE LIMA DEPARTAMENTO DE LIMA DEPARTAMENTO DE LIMA; INSCRITO EN L ; INSCRITO EN L ; INSCRITO EN L ; INSCRITO EN LA A A A PARTIDA ELECTRÓNICA N� PARTIDA ELECTRÓNICA N� PARTIDA ELECTRÓNICA N� PARTIDA ELECTRÓNICA N�11776447 11776447 11776447 11776447 D D D DEL EL EL EL REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA. REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA. REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA. REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA. Cargas y gravámenes Cargas y gravámenes Cargas y gravámenes Cargas y gravámenes: : : : De acuerdo a la copia literal adjuntada por la demandante, el inmueble inscrito en la P.E. N� 11776447 del Registro de Predios de Lima tiene la siguiente afectación: HI HI HI HIPO PO PO POTECA TECA TECA TECA INSCRITA EN EL ASIENTO D0000 INSCRITA EN EL ASIENTO D0000 INSCRITA EN EL ASIENTO D0000 INSCRITA EN EL ASIENTO D00007 7 7 7, constituida a favor del SCOTIABANK PERU SAA, hasta por la suma de S/. 609,688.79 Soles, en conjunto con otro inmueble, a fin de garantizar el préstamo concedido por S/. 480,000.00 Soles, por el plazo de 240 años contados a partir de la fecha del desembolso. Así consta en la Escritura Pública de fecha 21/11/2015, extendida ante Notario de Lima Dr. Ricardo José Barba Castro. Tasación Comercial Tasación Comercial Tasación Comercial Tasación Comercial del inmueble antes descrito asciende a US$. US$. US$. US$. 21, 21, 21, 21,409 409 409 409. . . .20 20 20 20 (Veintiún mil cuatrocientos nueve con 20/100 dólares americanos). Base del Remate Base del Remate Base del Remate Base del Remate para las convocatorias serán las siguientes: Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Base de la Postura para la Primera Convocatoria: Las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a US$. US$. US$. US$. 14 14 14 14,272 ,272 ,272 ,272. . . .8 8 8 80 0 0 0 (Catorce mil doscientos setenta y dos con 80/100 dólares americanos). Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Será con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a US$. US$. US$. US$. 12, 12, 12, 12,131 131 131 131. . . .88 88 88 88 (Doce mil ciento treinta y uno y dos con 88/100 dólares americanos). Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: Base de la Postura para la Tercera Convocatoria: Será con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria, ascendente a US$. US$. US$. US$. 10, 10, 10, 10,312 312 312 312. . . .1 1 1 10 0 0 0 (Diez mil trescientos doce con 10/100 dólares americanos). Oblaj Oblaj Oblaj Oblajes es es es: : : : Los postores deben cumplir con lo siguiente: a) a) a) a) pagar el oblaje equivalente al 10 % del valor de tasación de los inmuebles, en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229; y b) b) b) b) presentar el arancel judicial correspondiente de acuerdo al valor de tasación de cada inmueble a rematar. Publicidad Publicidad Publicidad Publicidad: : : : Una vez vencido el plazo de oposición y habiendo quedado firme la presente resolución, el Especialista Legal del proceso deberá proceder con la publicación de los avisos de remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU, publicación que tendrá validez para todas las convocatorias. Fíjese Fíjese Fíjese Fíjese los avisos de remate en el inmueble sub litis y en la vitrina del Juzgado a través de la Especialista Legal de actos externos.
? Po Po Po Por r r r último, último, último, último, para los fines de para los fines de para los fines de para los fines del proceso l proceso l proceso l proceso observándose observándose observándose observándose que obra que obra que obra que obra una una una una inscripción inscripción inscripción inscripción en el en el en el en el ASIENTO D00008 ASIENTO D00008 ASIENTO D00008 ASIENTO D00008 de de de de la la la la P.E. N� P.E. N� P.E. N� P.E. N� 11776523 11776523 11776523 11776523 del Registro de Predios del Registro de Predios del Registro de Predios del Registro de Predios de de de de Lima Lima Lima Lima,, ,, un embargo de un embargo de un embargo de un embargo de inscripción inscripción inscripción inscripción hasta por hasta por hasta por hasta por la la la la suma de suma de suma de suma de S/ S/ S/ S/32,000.00 32,000.00 32,000.00 32,000.00 soles, otorgado soles, otorgado soles, otorgado soles, otorgado por el por el por el por el Juez del 5�Juzgado de Paz Letrado de Barranco Juez del 5�Juzgado de Paz Letrado de Barranco Juez del 5�Juzgado de Paz Letrado de Barranco Juez del 5�Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores y Miraflores y Miraflores y Miraflores; en ; en ; en ; en consecuencia, consecuencia, consecuencia, consecuencia, a lo expuesto para los fines del proceso: a lo expuesto para los fines del proceso: a lo expuesto para los fines del proceso: a lo expuesto para los fines del proceso: PONGASE a conocimiento del presente PONGASE a conocimiento del presente PONGASE a conocimiento del presente PONGASE a conocimiento del presente proceso a dicha proceso a dicha proceso a dicha proceso a dicha dependencia dependencia dependencia dependencia judicial, para tal fin judicial, para tal fin judicial, para tal fin judicial, para tal fin CURS CURS CURS CURSES ES ES ESE el oficio respectivo E el oficio respectivo E el oficio respectivo E el oficio respectivo. . . . NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. - - - -
15�JUZGADO CIVIL 15�JUZGADO CIVIL 15�JUZGADO CIVIL 15�JUZGADO CIVIL- - - -COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL EXPEDIENTE EXPEDIENTE EXPEDIENTE EXPEDIENTE : 00733 : 00733 : 00733 : 00733- - - -2018 2018 2018 2018- - - -0 0 0 0- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -15 15 15 15 MATERIA MATERIA MATERIA MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS : EJECUCION DE GARANTIAS : EJECUCION DE GARANTIAS : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ JUEZ JUEZ JUEZ : ESPINO CABEZAS, MARCO ANTONIO : ESPINO CABEZAS, MARCO ANTONIO : ESPINO CABEZAS, MARCO ANTONIO : ESPINO CABEZAS, MARCO ANTONIO ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH TERCERO TERCERO TERCERO TERCERO : ARMIRA DEL AGUILA AGUILAR PERITO : ARMIRA DEL AGUILA AGUILAR PERITO : ARMIRA DEL AGUILA AGUILAR PERITO : ARMIRA DEL AGUILA AGUILAR PERITO ALEXIS RO ALEXIS RO ALEXIS RO ALEXIS RODRIGUEZ DRIGUEZ DRIGUEZ DRIGUEZ CABANILLAS PERITO CABANILLAS PERITO CABANILLAS PERITO CABANILLAS PERITO DEMANDADO DEMANDADO DEMANDADO DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA RESOLUCIÓN NRO.24 RESOLUCIÓN NRO.24 RESOLUCIÓN NRO.24 RESOLUCIÓN NRO.24 Miraflores, tres de agosto Del año dos mil veintitrés. �
AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS: Puestos los autos a despacho, y; Atendiendo: Atendiendo: Atendiendo: Atendiendo: Primero Primero Primero Primero: Conforme al artículo 407� del Código Procesal Civil, �Antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede, de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución. Mediante la corrección las partes también piden al Juez que complete la resolución respecto de puntos controvertidos, pero no resueltos. La resolución que desestima la corrección solicitada es inimpugnable�. Segundo Segundo Segundo Segundo: De la resolución que antecede se desprende que se consignó respecto al INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL ESTACIONAMIENTO N� 75 � TERCER SÓTANO � CALLE MARTÍN NAPANGA N�129 � DISTRITO DE MIRAFLORES � PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA; INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N�11776447 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA �Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Será con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a US$. 12,131.88 (Doce mil ciento treinta y uno y dos con 88/100 dólares americanos).�; sin sin sin sin embargo, embargo, embargo, embargo, debe decir debe decir debe decir debe decir �Base de la Postura para la Segunda Convocatoria: Será con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria, ascendente a US$. 12,131.88 (Doce mil ciento treinta y uno con 88/100 dólares americanos).�. Tercero Tercero Tercero Tercero: Siendo ello así y de conformidad con el artículo antes mencionado, se dispone: CORRIJASE LA RESOLUCION NUMERO CORRIJASE LA RESOLUCION NUMERO CORRIJASE LA RESOLUCION NUMERO CORRIJASE LA RESOLUCION NUMERO VEINTITRES VEINTITRES VEINTITRES VEINTITRES EN LOS EXTREMOS ANTES EN LOS EXTREMOS ANTES EN LOS EXTREMOS ANTES EN LOS EXTREMOS ANTES SEÑALADOS SEÑALADOS SEÑALADOS SEÑALADOS, formando la presente resolución parte integrante de la resolución número veintitrés. Avocandose al conocimiento de la presente causa el señor juez que suscribe la presente por disposicion superior.
NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. - - - - SEDE COMERCIALES, Juez:ESPINO CABEZAS MARCO ANTONIO /Servicio Digital - Poder Judicial del Perú Fecha: 03/08/2023 11:25:20,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:MINAYA CASTILLO Andrea Liseth FAU 20546303951 soft Fecha: 03/08/2023 16:17:37,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE 15�JUZGADO CIVIL 15�JUZGADO CIVIL 15�JUZGADO CIVIL 15�JUZGADO CIVIL- - - -COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL EXPEDIENTE EXPEDIENTE EXPEDIENTE EXPEDIENTE : 00733 : 00733 : 00733 : 00733- - - -2018 2018 2018 2018- - - -0 0 0 0- - - -1817 1817 1817 1817- - - -JR JR JR JR- - - -CO CO CO CO- - - -15 15 15 15 MATERIA MATERIA MATERIA MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS : EJECUCION DE GARANTIAS : EJECUCION DE GARANTIAS : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ JUEZ JUEZ JUEZ : PIMENTEL SILVA, ROCIO MINNELLI : PIMENTEL SILVA, ROCIO MINNELLI : PIMENTEL SILVA, ROCIO MINNELLI : PIMENTEL SILVA, ROCIO MINNELLI ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH : MINAYA CASTILLO ANDREA LISETH TERCERO TERCERO TERCERO TERCERO : ARMIRA DEL AGUILA AGUILAR PERITO : ARMIRA DEL AGUILA AGUILAR PERITO : ARMIRA DEL AGUILA AGUILAR PERITO : ARMIRA DEL AGUILA AGUILAR PERITO ALEXIS RODRIGUEZ ALEXIS RODRIGUEZ ALEXIS RODRIGUEZ ALEXIS RODRIGUEZ C C C CABANILLAS PERITO ABANILLAS PERITO ABANILLAS PERITO ABANILLAS PERITO DEMANDADO DEMANDADO DEMANDADO RAYMUNDO CARRILLO, MARCO ANTONIO : RAYMUNDO CARRILLO, MARCO ANTONIO : RAYMUNDO CARRILLO, MARCO ANTONIO : RAYMUNDO CARRILLO, MARCO ANTONIO DEMAN DEMAN DEMAN DEMANDANTE DANTE DANTE DANTE : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA : SCOTIABANK PERU SAA RESOLUCIÓN NRO.25 RESOLUCIÓN NRO.25 RESOLUCIÓN NRO.25 RESOLUCIÓN NRO.25 Miraflores, 13 de octubre Del año dos mil veintitrés. �
Al Al Al Al escrito que antecede de fecha 21/08/2023 signado con el escrito que antecede de fecha 21/08/2023 signado con el escrito que antecede de fecha 21/08/2023 signado con el escrito que antecede de fecha 21/08/2023 signado con el código código código código de ingreso de ingreso de ingreso de ingreso N� N� N� N�200 200 200 200376 376 376 376- - - -2023 2023 2023 2023, presentado por el demandante; a lo solicitado: No habiéndose formulado oposición a la convocatoria a remate electrónico dispuesta mediante la resolución número veintitrés, se declara CONSENTIDA CONSENTIDA CONSENTIDA CONSENTIDA la acotada resolución; en consecuencia, procédase procédase procédase procédase a efectuar la publicidad del remate electrónico a efectuar la publicidad del remate electrónico a efectuar la publicidad del remate electrónico a efectuar la publicidad del remate electrónico conforme a las disposiciones que para el efecto se encuentran establecidas en el sistema de Remates Virtuales; disponiéndose el pegado de cartel en el inmueble sub litis a través del Responsable del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales del distrito judicial. Disponiéndose además la notificación a las partes de la fecha de remate Disponiéndose además la notificación a las partes de la fecha de remate Disponiéndose además la notificación a las partes de la fecha de remate Disponiéndose además la notificación a las partes de la fecha de remate que se establezca en el sistema virtual del REMAJU que se establezca en el sistema virtual del REMAJU que se establezca en el sistema virtual del REMAJU que se establezca en el sistema virtual del REMAJU; previa razón del Especialista Legal del proceso. Al otrosí: Téngase presente.
Al Al Al Al escrito que antecede de fecha 21/08/2023 signado con el escrito que antecede de fecha 21/08/2023 signado con el escrito que antecede de fecha 21/08/2023 signado con el escrito que antecede de fecha 21/08/2023 signado con el código código código código de ingreso de ingreso de ingreso de ingreso N�200 N�200 N�200 N�200376 376 376 376- - - -2023 2023 2023 2023, presentado por la JUNTA DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO UBICADO EN LA AV. ALFREDO LEON N�110-112-114-118-120; a lo solicitado: PREVIAMENTE cumpla apersonarse con las formalidades que la ley exigen, debiendo adjuntar vigencia de poder y DNI de su apoderado legal, asimismo cumpla con señalar en que calidad solicita se le apersone al proceso, debiendo adjuntar para ello el arancel judicial respectivo, así como los aranceles judiciales por concepto de notificación a las partes del proceso.
Avocándose al conocimiento de la presente causa la señora Magistrada que suscribe por disposición superior.
NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE.- - - -
SEDE COMERCIALES, Juez:PIMENTEL SILVA Rocio Minnelli FAU 20546303951 soft Fecha: 16/10/2023 12:01:46,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:MINAYA CASTILLO Andrea Liseth FAU 20546303951 soft Fecha: 16/10/2023 12:06:29,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE