viernes, 1 de diciembre de 2023

Remate de Terrenos por Embargo en Junin Pichanaqui Precio Base S/ 51108 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: SELVA CENTRAL. Departamento: JUNIN . Provincia: CHANCHAMAYO. Distrito: PICHANAQUI. Partida Registral: 11056056 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Inmueble Ubicado En el Lote 15 Mz. €�k�? Urbanizaci�n €�el Naranjal�?, del Distrito de Pichanaki, Provincia de Chancham… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: SELVA CENTRAL. Departamento: JUNIN. Provincia: CHANCHAMAYO. Distrito: PICHANAQUI.
Partida Registral: 11056056 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Inmueble Ubicado En el Lote 15 Mz. €�k�? Urbanizaci�n €�el Naranjal�?, del Distrito de Pichanaki, Provincia de Chanchamayo y Departamento de Jun�?n, Inscrito En la Partida Electr�nica N� 11056056 de la Zona Registral N� Viii- Oficina Registral de Satipo. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion01/12/2023 10/12/2023
Validación de Inscripción11/12/2023 13/12/2023
Presentación de Ofertas14/12/2023 15/12/2023
Pago Saldo18/12/2023 20/12/2023
Validación del Saldo21/12/2023 27/12/2023
Expediente: 00092-2023-0-3401-JR-CO-01. Distrito Judicial: SELVA CENTRAL. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO CIVIL - SEDE LA MERCED. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: BALBIN SOLIS AUGUSTO PEDRO. Especialista: CASTILLO ORE ADIS. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 03. Fecha Resolución: 21/09/2023. Tasación: S/. 76,663.40. Precio Base: S/. 51,108.93. Incremento entre ofertas: S/. 153.33. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: S/. 7,666.34. Descripción: INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE 15 MZ. "K�? URBANIZACIÓN "EL NARANJAL�?, DEL DISTRITO DE PICHANAKI, PROVINCIA DE CHANCHAMAYO Y DEPARTAMENTO DE JUN�?N, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11056056 DE LA ZONA REGISTRAL N° VIII- OFICINA REGISTRAL DE SATIPO.. N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12810
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en JUNIN?

DEMANDANTE : CMAC - HUANCAYO S.A.,
Resolución N� Tres La Merced, veintiuno de setiembre Del año dos mil veintitrés
AUTOS y VISTOS: Al escrito de fecha 15/08/23, presentado por Rolly Armando Casanova Flores, Abogado de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE HUANCAYO S.A.; y CONSIDERANDO: Primero. - Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley N� 3022 9; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de REM@JU del portal web del Poder Judicial. Segundo. - Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. Tercero. - Declarado Desierto la primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 - el REM@JU generara automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. Cuarto. - En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicará el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. Quinto. - En caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1. TÉNGASE POR CONSENTIDO la resolución dos (AUTO FINAL); en consecuencia, APRUÉBESE la valorización del predio materia de remate en la suma de S/ 76 663.40 (SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES CON 40/100 SOLES).
2. CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL - REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCOATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 2.1. Descripción: Inmueble ubicado en el Lote 15 Mz. �K� Urbanización �El Naranjal�, del Distrito de Pichanaki, Provincia de Chanchamayo y Departamento de Junín, inscrito en la Partida Electrónica N� 11056056 de la Zona Registral N� VIII- Oficina Registral de Satipo .
3. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base.
4. CARGAS Y GAVAMENES: 4.1 Hipoteca: en el Asiento D00001 de la Partida N� 11056056 de la Zona Registral N� VIII - Sede Huancayo- Oficina Registra l de Satipo, se ha inscrito una hipoteca constituida por MARÍA DEL CARMEN RIOS QUISPE (Garante Hipotecario) y RAÚL RICARDO FLORES NÚÑEZ (Deudor) hasta por la suma de S/ 100 000.00 SOLES a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE HUANCAYO S.A.
5.

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de S/ 76 663.40 (SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES CON 40/100 SOLES).
6. PRECIO .

�Cuáles son las bases del remate judicial en JUNIN?

6.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de S/ 51 108.93 (CINCUENTA Y UN MIL CIENTO OCHO CON 93/100 SOLES) 6.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/ 43 442.60 (CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 60/100 SOLES) 6.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: S/ 36 926.21 (TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS CON 21/100 SOLES)
7. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante deposito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del reglamento de la l ey 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente.
8. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución.
9. FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis, diligencia que se realizara a través del Área de Notificaciones o del Juez de Paz del lugar donde se encuentre el bien materia de remate, al no contar con el personal suficiente para realizar dichas diligencias.
10. Del Primer al Tercer Otrosíes. - TÉNGASE presente. 11. NOTIFÍQUESE.