viernes, 5 de enero de 2024

Casa en Remate Judicial BBVA en Chorrillos Lima Precio Base $ 95600 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA SUR. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: CHORRILLOS . Partida Registral: 11050021 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Ubicado En: Jir�n Julio V�?ctor Aguirre 197 y Santa Teresa N� 969, Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima, Inscrito En… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA SUR. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: CHORRILLOS.
Partida Registral: 11050021 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Ubicado En: Jir�n Julio V�?ctor Aguirre 197 y Santa Teresa N� 969, Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima, Inscrito En la Partida Electr�nica N� 11050021 Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion05/01/2024 14/01/2024
Validación de Inscripción15/01/2024 17/01/2024
Presentación de Ofertas18/01/2024 19/01/2024
Pago Saldo22/01/2024 24/01/2024
Validación del Saldo25/01/2024 29/01/2024
Expediente: 14191-2017-0-1817-JR-CO-05. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 5°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: ARENAS SOTO SHEILA ETHEL. Especialista: BENITES CLAVIJO ROSA JEANINA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 47. Fecha Resolución: 07/09/2023. Tipo Cambio: S/. 3.726 a la fecha 03/01/2024 según la SBS.. Tasación: $ 143,401.00. Precio Base: $ 95,600.67. Incremento entre ofertas: $ 286.80. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 14,340.10. Descripción: TERRENO RECTANGULAR, UBICADO EN ESQUINA, SOBRE EL CUAL SE HA LEVANTADO UNA EDIFICACIÓN DE MATERIAL NOBLE DE 3 PISOS Y AZOTEA. PRESENTA UN INGRESO PEATONAL Y OTRO VEHICULAR, Y RETIRO POR EL JR. SANTA TERESA. DISTRIBUCIÓN.- SEGÚN INSPECCIÓN EFECTUADA 1ER PISO.- HALL, HABITACIÓN CON 3/4 DE BAÑO, GARAJE, ESCALERA; 2DO PISO.- SALA, COMEDOR - COCINA, 1/2 BAÑO, HALL - ESCALERA; 3ER PISO.- 2 DORMITORIOS CON CLOSETS Y BAÑO INCORPORADO, DORMITORIO, ESCALERA. AZOTEA.- HALL, LLEGA ESCALERA, HABITACIÓN CON BAÑO, LAVANDER�?A, TERRAZA.. N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13042
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : BBVA BANCO CONTINENTAL,
Resolución Nro. CUARENTA Y SIETE Miraflores, siete de setiembre Dos mil veintitrés.
DANDO CUENTA: Al escrito numero 203677-2023, presentado por el ejecutante, al Principal, primer y segundo otrosí: Estese a la providencia emitida por resolución 46 en la que se tiene por aprobada la tasación efectuada por los peritos tasadores; Al tercer Otrosí: ATENDIENDO: PRIMERO: Estando a la solicitud de convocatoria a remate y de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley N� 30229 y su Reglamento D.S. N�003-2015-JUS y directiva vigente, corresponde precisar que la ejecución del remate judicial se efectuará a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial; SEGUNDO: De la revisión de los presente autos; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� de Ley 30229(1) y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley;
1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (�) ;
SEDE COMERCIALES, Juez:GENG ORELLANA Elma Victoria Solange FAU 20546303951 soft Fecha: 07/09/2023 16:39:43,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:BENITES CLAVIJO Rosa Jeanina FAU 20546303951 soft Fecha: 08/09/2023 07:13:28,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE TERCERO: Una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 del reglamento de la Ley N� 30229, el secretario judicial de la causa publicará en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo 15 de la Ley 30229, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate electrónico; CUARTO: En el caso que haya adjudicación del bien materia de remate, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 del reglamento de la Ley N� 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate; en ese sentido, y conforme al estado del proceso, y en aplicación de lo dispuesto por los Artículos 731� y 736� inciso uno del código acotado, este Juzgado: RESUELVE:
� CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble materia de ejecución forzada siguiente, conforme al siguiente detalle:
1. DESCRIPCION: A).- Inmueble ubicado en: Jirón Julio Víctor Aguirre 197 y Santa Teresa N� 969, Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N� 11050021
2.

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?


2.1. HIPOTECA: Constituida a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$ 206,148.23 Dólares Americanos, con el fin de garantizar las obligaciones que se encuentran en el presente título. Así consta en la Escritura Pública de fecha 10/10/2016, otorgada por ante Notario de Lima Alfredo Paino Scarpati. El Título fue Presentado el 18/10/2016, bajo el número 2016-01884101 del Tomo Diario 0492; (asiento D00010) 2.2. ANOTACION DE DEMANDA: Por resolución Judicial N� Dos de fecha 17/11/2017 expedida por el Juez Supernumerario del 5� Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, que despacha la Dra. María del Rosario Matos Cuzcano y Especialista Legal Margarita Torobeo Tapia, se resuelve anotar la demanda sobre ejecución de garantías, interpuesta por BBVA BANCO CONTINENTAL contra PEDRO AMBROSIO YOVIO CUELLAR y SOLEDAD PACHECO TORREZ, expediente N� 14191-2017- 73-1817-JR-CO-05�. El Título fue presentado el 20/12/2017, bajo el número 2017-02745975 del tomo Diario 0492. (asiento D00011).
3.

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos presentada por los peritos tasadores, su fecha 20 de setiembre del 2022, que asciende a la suma de US $. 143,401.00 (Ciento Cuarenta y tres mil cuatrocientos uno CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).
4. PRECIO .

�Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de Noventa y cinco mil seiscientos CON 27/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 95,600.27). 5. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente;
6. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley, conforme lo regula el artículo 15 del reglamento de la Ley 30229, luego de haber quedado firme la presente resolución;
7. FIJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte del especialista legal de actos externos y en el inmueble a rematar en forma oportuna, bajo responsabilidad;
8. En el supuesto de no haber adjudicación en la primera convocatoria, y de conformidad con la regulación vigente, CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE y seguidamente AL TERCER REMATE de ser necesario, con los siguientes parámetros:
9. PRECIO BASE:
9.1. PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15%; la misma que asciende a la suma de Ochenta y un mil doscientos sesenta CON 57/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 81,260.57). 9.2. PARA LA TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la establecida para la segunda convocatoria, reducida en un 15%; la misma que asciende a la suma de Sesenta y nueve mil setenta y uno CON 48/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 69,071.48).
De conformidad con el artículo 12 de Ley N� 30229 la presente resolución es inimpugnable bajo la salvedad señalada en el tercer párrafo del indicado articulo; NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes procesales. 5�JUZGADO CIVIL-COMERCIAL EXPEDIENTE : 14191-2017-0-1817-JR-CO-05 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : GENG ORELLANA, ELMA VICTORIA SOLANGE ESPECIALISTA : BENITES CLAVIJO ROSA JEANINA DEMANDANTE : BBVA BANCO CONTINENTAL
Resolución Nro. CUARENTA Y OCHO Miraflores, doce de octubre Dos mil veintitrés.
AUTOS Y VISTOS: Al escrito número 241841- 2023, presentado por el ejecutante: A los autos y ATENDIENDO:
PRIMERO: Por escrito que antecede el recurrente señala que se ha incurrido en error al momento de expedir el auto de convocatoria a remate, al señalar en el item 4 precio base del remate que: �La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de Noventa y cinco mil seiscientos CON 27/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 95,600.27)�, siendo lo correcto �La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de Noventa y cinco mil seiscientos CON 67/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 95,600.67)� .
SEGUNDO: De conformidad en el artículo cuatrocientos siete del Código Procesal Civil señala: �� el Juez puede, de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución.�
TERCERO: Revisado el auto de convocatoria a remate se observa que efectivamente se incurrido en error al indicar en el item 4 que: �La base de la postura asciende a US$ 95,600.27�, siendo lo correcto que �La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de Noventa y cinco mil seiscientos CON 67/100 DOLARES SEDE COMERCIALES, Juez:GENG ORELLANA Elma Victoria Solange FAU 20546303951 soft Fecha: 13/10/2023 09:39:50,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:BENITES CLAVIJO ROSA JEANINA /Servicio Digital - Poder Judicial del Perú Fecha: 13/10/2023 10:03:39,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE AMERICANOS (US$ 95,600.67), por lo tanto al haberse señalado erróneamente la base de la postura del item 4, se debe corregir la resolución 47 tan solo en el extremo indicado; en tal sentido a fin de evitar futuras nulidades y en aplicación del artículo 407 del Código Procesal Civil se RESUELVE CORREGIR la resolución 47 de fecha 07 de setiembre del 2023; tan solo en el extremo que en el item 4 se debe entender que: �LA BASE DE LA POSTURA SERÁ LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA .

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

, ASCENDIENDO A LA SUMA DE NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CON 67/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 95,600.67),� y no como erróneamente había sido indicado, formando la presente resolución parte integrante de la resolución 47.-
5�JUZGADO CIVIL-COMERCIAL EXPEDIENTE : 14191-2017-0-1817-JR-CO-05 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : GENG ORELLANA, ELMA VICTORIA SOLANGE ESPECIALISTA : BENITES CLAVIJO ROSA JEANINA PERITO : CABRERA LONGA, LUIS ALFREDO GOMEZ MASIAS, MIGUEL RAUL YOVIO CUELLAR, PEDRO AMBROSIO PACHECO TORREZ, SOLEDAD DEMANDANTE : BBVA BANCO CONTINENTAL
Resolución Nro. CUARENTA Y NUEVE Miraflores, treinta de noviembre Dos mil veintitrés.
DANDO CUENTA: Al escrito numero 291110- 2023, presentado por el ejecutante: A los autos y, advirtiéndose de los actuados que los ejecutados, han sido debidamente notificadas con la resolución número 47 e integrada por resolución 48, que declara la CONVOCATORIA A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL el inmueble materia de ejecución, conforme se desprende del cargo obrante en autos, y no habiendo los ejecutados interpuesto recurso impugnatorio alguno contra la mencionada resolución; por el cual se dispone DECLARAR: CONSENTIDA la resolución número CUARENTA Y SIETE integrada por resolución 48, en cuyo efecto se dispone proceder a la Publicación en el Portal Web del Poder judicial con la información relacionada al remate electrónico judicial y demás actos pertinentes conforme el artículo 15� de la Ley N� 30229 y artículo 13� del D.S. N� 003-2015-JUS; Notificándose.
SEDE COMERCIALES, Juez:GENG ORELLANA Elma Victoria Solange FAU 20546303951 soft Fecha: 01/12/2023 10:21:30,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:BENITES CLAVIJO Rosa Jeanina FAU 20546303951 soft Fecha: 01/12/2023 10:45:38,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE