lunes, 22 de enero de 2024

Casa en Remate Judicial en La Libertad Huanchaco Precio Base $ 16419 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Departamento: LA LIBERTAD . Provincia: TRUJILLO. Distrito: HUANCHACO. Partida Registral: 11140261 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Manzana V, Lote 11 de la Urbanizacion San Francisco Huanchac0 Truijillo la Libertad Porcentaje a Rematar: 100 % Remate jud… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Departamento: LA LIBERTAD. Provincia: TRUJILLO. Distrito: HUANCHACO.
Partida Registral: 11140261 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Manzana V, Lote 11 de la Urbanizacion San Francisco Huanchac0 Truijillo la Libertad Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion19/01/2024 28/01/2024
Validación de Inscripción29/01/2024 31/01/2024
Presentación de Ofertas01/02/2024 02/02/2024
Pago Saldo05/02/2024 07/02/2024
Validación del Saldo08/02/2024 12/02/2024
Expediente: 03708-2017-0-1601-JP-CI-05. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Órgano Jurisdisccional: 5to JUZGADO PAZ LETRADO. Instancia: JUZGADO DE PAZ LETRADO. Juez: FONSECA LEON SAIDA KORINA. Especialista: JORGE VASQUEZ FIGUEROA. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 36. Fecha Resolución: 11/12/2023. Tipo Cambio: S/. 3.733 a la fecha 17/01/2024 según la SBS.. Tasación: $ 24,629.45. Precio Base: $ 16,419.63. Incremento entre ofertas: $ 49.26. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: $ 2,462.95. Descripción: INMUEBLE CONSTRUIDO DE MATERIAL NOBLE DE DOS NIVELES CON AMBIENTES DE VIVIENDA. PRIMER PISO: ESCALERA DE ACCESO AL SEGUNDO PISO, INGRESO JARD�N, COCHERA, SALA COMEDOR, KITCHENETTE Y �REA LIBRE. SEGUNDO PISO: HALL DE DISTRIBUCIÓN, DOS DORMITORIOS Y BAÑO; CUENTA CON ACABADOS Y SISTEMA DE INSTALACIONES SANITARIAS Y ELÉCTRICAS. �REA DE EDIFICACIÓN Y DE TERRENO: �REA DE TERRENO 60.00 M2 Y �REA CONSTRUIDA (DOS PISOS): 44.00M2.. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13184
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LA LIBERTAD?

DEMANDANTE : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU INTERBANK,
Resolución Nro. Resolución Nro. Resolución Nro. Resolución Nro. TREINTA Y SEIS TREINTA Y SEIS TREINTA Y SEIS TREINTA Y SEIS Trujillo, Trujillo, Trujillo, Trujillo, once de diciembre once de diciembre once de diciembre once de diciembre del año judicial dos mil veintitrés. del año judicial dos mil veintitrés. del año judicial dos mil veintitrés. del año judicial dos mil veintitrés. AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS con los presentes actuados y escrito que antecede presentado por la ejecutante, ante mesa de partes electrónica de esta Corte Superior de Justicia y que se ordena sea impreso del SIJ para los efectos de ser resuelto; consecuentemente, TENGASE por cumplido con lo ordenado mediante resolución número treinta y cinco, AGREGÁNDOSE a sus antecedentes la copia literal actualizada del bien inmueble a rematar; y resolviendo el pedido de remate a que se refiere su escrito de folios cuatrocientos uno a cuatrocientos dos: Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO PRIMERO PRIMERO PRIMERO.- Por Resolución Administrativa N° 262-2021-P-CSJLL expedida por Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, se dispuso que a partir del 28 del mes de abril del año en año curso -2021, los remates virtuales se efectivizarán como remates electrónicos judiciales REM@JU en cumplimiento a la Ley 30229; en tal sentido, corresponde adecuar el trámite del remate a las disposiciones contenidas en la Ley antes mencionada; en consecuencia,
SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO.- El artículo 731° del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229, establece en sus primeros párrafos lo siguiente: “Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocara a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia. […]”; por consiguiente, corresponde ordenar el remate electrónico judicial del inmueble sub litis.
TERCERO TERCERO TERCERO TERCERO.- La ejecución del remate electrónico judicial se efectúa a través del aplicativo REM@JU el cual se encuentra en el Portal Web del Poder Judicial; en dicho aplicativo se ingresaran las ofertas que los usuarios postores ofrezcan, previa inscripción como postor. Asimismo, el acto de remate electrónico judicial del bien, se realiza en un lapso de veinticuatro horas en merito a los lineamientos establecidos en la Ley N° 30229.
CUARTO CUARTO CUARTO CUARTO.- Una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 de la Ley N° 30229, el Secretario Judicial de la causa publicará en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo 15 de la ley referida, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate electrónico.
QUINTO QUINTO QUINTO QUINTO.- Estando a las nuevas implementaciones respecto del sistema de Remate Judicial Electrónico – REM@JU, se deberá proceder conforme a ellas, debiendo además atenerse a la programación automática del remate electrónico en sus tres convocatorias. En tal sentido, el artículo 13 de la Ley N° 30229 establece que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU automáticamente reprogramará una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procederá automáticamente a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico.
SEXTO SEXTO SEXTO SEXTO.- Si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya.
SEPTIMO SEPTIMO SEPTIMO SEPTIMO.- Finalmente, en el caso que haya adjudicación del bien materia de remate, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 de la Ley N° 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate, con pérdida del monto por oblaje, como concepto de multa e inhabilitación para participar como usuario postor en el Remate Electrónico Judicial (REM@JU) por el plazo de un año, con la correspondiente anotación en el registro de remates electrónicos judiciales y publicidad a nivel nacional por el periodo de inhabilitación, conforme lo estipulan los artículos 16, 17 y 18 inciso b) de la citada Ley.
Por las consideraciones antes expuestas, se resuelve:
a) a) a) a) CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) el bien inmueble de propiedad del ejecutado JORGE LUIS VASQUEZ JORGE LUIS VASQUEZ JORGE LUIS VASQUEZ JORGE LUIS VASQUEZ ULLOA ULLOA ULLOA ULLOA, sito en la MANZANA V, LOTE 11 DE LA URBANIZACION SAN MANZANA V, LOTE 11 DE LA URBANIZACION SAN MANZANA V, LOTE 11 DE LA URBANIZACION SAN MANZANA V, LOTE 11 DE LA URBANIZACION SAN FRANCISCO DEL DISTRITO DE HUANCHACO FRANCISCO DEL DISTRITO DE HUANCHACO FRANCISCO DEL DISTRITO DE HUANCHACO FRANCISCO DEL DISTRITO DE HUANCHACO,, ,, PROVINCIA DE PROVINCIA DE PROVINCIA DE PROVINCIA DE TRUJILLO TRUJILLO TRUJILLO TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD; ; ; ; inscrito en la Partida Registral N° ° ° ° 11140261 11140261 11140261 11140261 del Registro de la Propiedad Inmueble – Zona Registral N° V – Sede Trujillo; inmueble que según la tasación de folios trescientos veintiuno a trescientos veinticinco; cuenta con las siguientes características:
Inmueble construido de material noble de dos niveles con ambientes de vivienda. Primer piso: Escalera de acceso al segundo piso, ingreso jardín, cochera, sala comedor, kitchenette y área libre. Segundo piso: Hall de distribución, dos dormitorios y baño; cuenta con acabados y sistema de instalaciones sanitarias y eléctricas. Área de edificación y de terreno: Área de terreno 60.00 m2 y área construida (dos pisos): 44.00m2.
b) b) b) b) En caso de declararse desierta la convocatoria en PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL, CONVÓQUESE CONVÓQUESE CONVÓQUESE CONVÓQUESE automáticamente automáticamente automáticamente automáticamente por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO JUDIC SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO JUDIC SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO JUDIC SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL IAL IAL IAL. Si la segunda convocatoria también queda desierta, CONVÓQUESE CONVÓQUESE CONVÓQUESE CONVÓQUESE automáticamente automáticamente automáticamente automáticamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL.
c) c) c) c) CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

DEL INMUEBLE A REMATAR: CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

DEL INMUEBLE A REMATAR: CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

DEL INMUEBLE A REMATAR: CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

DEL INMUEBLE A REMATAR: De acuerdo a la copia literal adjuntada por la demandante en su escrito que se provee, el inmueble inscrito en la Partida Registral N° 11140261 11140261 11140261 11140261 del Registro de Predios de la Zona Registral V –Sede Trujillo, tiene la siguiente afectación: 1. 1. 1. 1. HIPOTECA HIPOTECA HIPOTECA HIPOTECA a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU BANCO INTERNACIONAL DEL PERU BANCO INTERNACIONAL DEL PERU BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – – – –INTERBANK; INTERBANK; INTERBANK; INTERBANK; INSCRITO EN EL ASIENTO D00001, hasta por la suma de S*/. 61,380.00, según escritura pública Nº 7002 de fecha 18/11/2011. 2. 2. 2. 2. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION,, ,, inscrito en el asiento D0003 por orden del 5to. Juzgado de Paz Letrado –Trujillo, hasta por la suma de S/. 41,000.00; dictado mediante Res. 3 de fecha 24/01/2019 en el EXP Nº 3708-2017-57.
d) d) d) d) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

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¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

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¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

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¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

DEL BIEN INMUEBLE A REMATAR: Conforme a la Res. Nº 31 de fecha 19/06/2023 (folios 375-376), se aprobó la tasación en la suma de US $ US $ US $ US $ 24,629.45 24,629.45 24,629.45 24,629.45 ( ( ( (VEINTICUATRO VEINTICUATRO VEINTICUATRO VEINTICUATRO MIL MIL MIL MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE CON SEISCIENTOS VEINTINUEVE CON SEISCIENTOS VEINTINUEVE CON SEISCIENTOS VEINTINUEVE CON 45/100 45/100 45/100 45/100 DOLAR DOLAR DOLAR DOLARES AMRICANOS) ES AMRICANOS) ES AMRICANOS) ES AMRICANOS)
e) e) e) e) .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LA LIBERTAD?

PARA LAS CONVOCATORIAS SERÁ LA .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LA LIBERTAD?

PARA LAS CONVOCATORIAS SERÁ LA .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LA LIBERTAD?

PARA LAS CONVOCATORIAS SERÁ LA .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LA LIBERTAD?

PARA LAS CONVOCATORIAS SERÁ LA SIGUIENTE SIGUIENTE SIGUIENTE SIGUIENTE: e.1. BASE DE LA POSTURA PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación; esto es, la suma de: US $ US $ US $ US $ 16 16 16 16,, , ,419.63 419.63 419.63 419.63 ( ( ( (DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON CON CON CON 63/100 DÓLARES AMERICANOS 63/100 DÓLARES AMERICANOS 63/100 DÓLARES AMERICANOS 63/100 DÓLARES AMERICANOS) ) ) ). . . . e.2.BASE DE LA POSTURA PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA: Será con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la primera convocatoria,. e.3.BASE DE LA POSTURA PARA LA TERCERA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA TERCERA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA TERCERA CONVOCATORIA BASE DE LA POSTURA PARA LA TERCERA CONVOCATORIA: Será con la deducción del 15% del precio que sirvió de base para la segunda convocatoria.
f) f) f) f) OBLAJE OBLAJE OBLAJE OBLAJE: Los postores deben cumplir con lo siguiente: a) a) a) a) pagar el oblaje equivalente al 10 % del valor de tasación del inmueble, en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 30229; y, b) b) b) b) presentar el arancel judicial correspondiente de acuerdo al valor de tasación del inmueble a rematar.
g) g) g) g) PUBLICIDAD PUBLICIDAD PUBLICIDAD PUBLICIDAD: Una vez vencido el plazo de oposición y firme que sea la presente resolución, el Especialista Legal del proceso deberá proceder con la publicación de los avisos de remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU, publicación que tendrá validez para todas las convocatorias.
h) h) h) h) PUBLICÍTESE PUBLICÍTESE PUBLICÍTESE PUBLICÍTESE los avisos judiciales de la convocatoria en los televisores instalados en esta sede por el plazo de SEIS DIAS HABILES, debiendo REQUERIRSE su publicación al Jefe de la Oficina de Imagen Institucional de esta Corte Superior de Justicia, remitiéndosele al correo: csjll_imageninstitucional@pj.gob.pe el aviso de remate para su publicación; quien además deberá de comunicar al Juzgado, bajo responsabilidad, su cumplimiento, al término de la misma con indicación de los días en que se ha efectuado las publicaciones.
i) i) i) i) PUBLICITESE PUBLICITESE PUBLICITESE PUBLICITESE el aviso del REMATE en el aplicativo REMAJU para conocimiento del público general.
j) j) j) j) CUMPLA CUMPLA CUMPLA CUMPLA el Secretario del proceso con publicitar el aviso del remate en el inmueble objeto de remate por el plazo de SEIS DIAS; en caso que el inmueble se encuentre en otra Distrito Judicial COMISIONESE al encargado de REM@JU del Distrito Judicial respectivo para que cumpla con el pegado del aviso del remate en el inmueble, remitiendo la constancia respectiva.
k) k) k) k) HAGASE SABER HAGASE SABER HAGASE SABER HAGASE SABER que la presente resolución posee la misma validez con la firma manuscrita, con la firma digital (electrónica) o con ambas, conforme a la Ley N° 27269.
l) l) l) l) NOTIFÍQUESE NOTIFÍQUESE NOTIFÍQUESE NOTIFÍQUESE la presente resolución a la parte ejecutada en su domicilio procesal física y/o Casilla Electrónica, además de su domicilio real; y a la entidad ejecutante en su Casilla Electrónica.