Tasación: $ 425,220.16. Precio Base: $ 204,814.38. Incremento entre ofertas: $ 614.44. Arancel: S/. 1,070.00. Oblaje: $ 42,522.02.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SANTIAGO DE SURCO.
Partida Registral: 49051961 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Departamento 201, Segundo Piso del Edificio A, Calle Batall�n Tarma 180 Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
---|---|---|
Publicación e Inscripcion | 14/02/2025 | 23/02/2025 |
Validación de Inscripción | 24/02/2025 | 26/02/2025 |
Presentación de Ofertas | 27/02/2025 | 28/02/2025 |
Pago Saldo | 03/03/2025 | 05/03/2025 |
Validación del Saldo | 06/03/2025 | 10/03/2025 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 16783
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?
DEMANDANTE : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO AELU,Resolución 11 Lima, dieciocho de abril Del dos mil veinticuatro Dado cuenta al escrito N� 296861-2023 presentado por Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu en Liquidación: estando a lo que se expone téngase presente el estado de liquidación de la recurrente y dando cuenta como corresponde a la solicitud de remate: con las partidas registrales adjuntas por el demandante a su escrito de fecha quince de enero pasado: ATENDIENDO:
PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modif icado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 1 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial;
--SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado
1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos:
a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (�) ;
SEDE COMERCIALES, Juez:CALLE TAGUCHE Ricardo Luis FAU 20546303951 soft Fecha: 18/04/2024 14:39:45,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:ALARCÓN ROJAS Soledad Elizabeth FAU 20546303951 soft Fecha: 18/04/2024 16:23:59,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto.
- TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación.
- CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente.
--QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Departamento 201, Segundo Piso, Calle Batallón Tarma 180, Santiago de Surco inscrita en la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 1.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 1.3 CARGA Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
1.3.1 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00007 de la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida por Giovanna Sara Mezarina Shimabukuro hasta por la suma de US$ 296,600.00 Dólares Americanos a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu. 1.3.2 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00010 de la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca hasta por la suma de US$ 296,600.00 Dólares Americanos a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu.1.4 .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 425,220.16 (CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE Y 16/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
1.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 283,480.11 (DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y 11/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 240,958.09 (DOSCIENTOS CUANRENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 09/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 204,814.38 (DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CATORCE Y 38/100 DOLARES AMERICANOS)2) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 2.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento N� 5, Primer Piso, Calle Batallón Tarma 178, Santiago de Surco inscrita en la Partida Registral N� 49051935 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 2.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 2.3 CARGA Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
2.3.1 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00007 de la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida por Giovanna Sara Mezarina Shimabukuro hasta por la suma de US$ 15,000.00 Dólares Americanos a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu. 2.3.2 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00010 de la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca hasta por la suma de US$ 15,000.00 Dólares Americanos a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu. 2.4 .¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 13,465.93 (TRECE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 93/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
2.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 8,977.29 (OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 29/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 7,630.69 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y 69/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 6,486.09 (SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 09/100 DOLARES AMERICANOS) 3) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la L ey 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 4) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 5) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna y bajo responsabilidad.17� JUZGADO CIVIL-COMERCIAL EXPEDIENTE : 01134-2021-0-1817-JR-CO-17 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : CALLE TAGUCHE, RICARDO LUIS ESPECIALISTA : ALARCÓN ROJAS SOLEDAD ELIZABETH DEMANDANTE : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO AELU,
Resolución 13 Lima, veintitrés de septiembre Del dos mil veinticuatro Dado cuenta al escrito N� 108747-2024 presentado por Cooperativa de Ahorro y Crédito AELU: Atendiendo: Primero: Que, las normas contenidas en nuestro ordenamiento procesal son de carácter imperativo y de carácter obligatorio, conforme lo dispone el artículo IX del Titulo Preliminar del Código Procesal Civil;
- Segundo: Que, conforme lo dispone el artículo 407 del mismo cuerpo legal, antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede, de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución;
--Tercero: Que mediante resolución once de fecha dieciocho de abril de dos mil veinticuatro se dispone sacar a remate los inmuebles materia de garantía, precisándose: a) en el punto 1.1 Descripción: inmueble ubicado en Departamento 201, Segundo Piso, Calle Batallón Tarma 180, Santiago de Surco inscrita en la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, debiendo haberse precisado inmueble ubicado en Departamento 201, Segundo Piso del Edificio A, Calle Batallón Tarma 180, Santiago de Surco inscrita en la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima y b) en los puntos 2.3.1 y 2.3.2 se ha señalado la Partida Registral N� 49051961, debiendo corresponder Partida Registral N� 49051935 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima; por lo que siendo esto así, precédase a la CORRECCION de la resolución once y entiéndase que debe decir: �1) SEDE COMERCIALES, Juez:CALLE TAGUCHE Ricardo Luis FAU 20546303951 soft Fecha: 25/09/2024 07:31:29,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:ALARCÓN ROJAS Soledad Elizabeth FAU 20546303951 soft Fecha: 25/09/2024 07:37:06,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Departamento 201, Segundo Piso del Edificio A, Calle Batallón Tarma 180, Santiago de Surco inscrita en la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 1.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 1.3 CARGA Y .
¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
1.3.1 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00007 de la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida por Giovanna Sara Mezarina Shimabukuro hasta por la suma de US$ 296,600.00 Dólares Americanos a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu. 1.3.2 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00010 de la Partida Registral N� 49051961 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca hasta por la suma de US$ 296,600.00 Dólares Americanos a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu.1.4 .
¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 425,220.16 (CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE Y 16/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
1.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 283,480.11 (DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y 11/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 240,958.09 (DOSCIENTOS CUANRENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 09/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 204,814.38 (DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CATORCE Y 38/100 DOLARES AMERICANOS) 2) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 2.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento N� 5, Primer Piso, Calle Batallón Tarma 178, Santiago de Surco inscrita en la Partida Registral N� 49051935 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 2.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 2.3 CARGA Y .¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
2.3.1 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00007 de la Partida Registral N� 49051935 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca constituida por Giovanna Sara Mezarina Shimabukuro hasta por la suma de US$ 15,000.00 Dólares Americanos a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu. 2.3.2 Hipoteca: se ha inscrito en el asiento D00010 de la Partida Registral N� 49051935 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca hasta por la suma de US$ 15,000.00 Dólares Americanos a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu. 2.4 .¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 13,465.93 (TRECE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 93/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5 PRECIO .¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?
2.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 8,977.29 (OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 29/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 7,630.69 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y 69/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 6,486.09 (SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 09/100 DOLARES AMERICANOS) 3) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la L ey 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 4) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 5) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna y bajo responsabilidad.�