Tasación: S/. 1,949,222.23. Precio Base: S/. 1,299,481.49. Incremento entre ofertas: S/. 3,898.44. Arancel: S/. 1,030.00. Oblaje: S/. 194,922.22.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN BORJA.
Partida Registral: 45458717 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Lote 16, Manzana I-10, Calle Marchand N�431-439, Urbanizaci�n San Borja Sur, Primera Etapa Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 29/08/2024 | 07/09/2024 |
Validación de Inscripción | 09/09/2024 | 11/09/2024 |
Presentación de Ofertas | 12/09/2024 | 13/09/2024 |
Pago Saldo | 16/09/2024 | 18/09/2024 |
Validación del Saldo | 19/09/2024 | 23/09/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 15392
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?
DEMANDANTE : POLICLÍNICO CRISTO VIENE S.A.C,Resolución Nro. TRECE Miraflores, catorce de agosto Del año dos mil veinticuatro.- A LOS AUTOS; conforme a lo ordenado en la resolución que antecede, estando a lo solicitado en el aplicativo Juez te escucha, y dando cuenta en forma conjunta al escrito de fecha 09/08/2024 con código CDG 228921-2024, y al escrito de fecha 12/08/2024 con código CDG 230440-2024, presentados por el demandante, con los aranceles judiciales y copia literal que adjunta, Y ATENDIENDO;
PRIMERO: Estando al estado del proceso �etapa de ejecución forzada- la solicitud de convocatoria de remate cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� de la Ley N� 30229 y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley.
SEGUNDO: Estando a las nuevas implementaciones respecto del sistema de Remate Judicial Electrónico � REM@JU, se deberá proceder conforme a las siguientes consideraciones, debiendo atenderse además, de acuerdo a la programación automática del remate electrónico en sus tres convocatorias.
TERCERO: El artículo 13� de la Ley N� 30229 refiere que de n o haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico.
CUARTO: Se precisa que en caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, se convoca automáticamente por el REM@JU al segundo remate electrónico, seguidamente al tercer remate electrónico; y si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto; RESUELVO;
SE CONVOCA A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) el inmueble constituido por el LOTE 16, MANZANA I-10, CALLE MARCHAND N� 431-439, URBANIZACIÓN SAN BORJA SUR, PRIMERA ETAPA, DISTRITO DE SAN BORJA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, inscrito en la Partida Registral N� 45458717 del Registro de Predi os de la Propiedad Inmueble de Lima, con las siguientes precisiones:
A. DESCRIPCIÓN: se trata de una vivienda, constituida por el 1er piso de un área techada y ocupada de 124.35 m2, y 2do piso de un de un área techada y ocupada de 108.64 m2.
B. ACREENCIA: (capital líquido) S/ 1,577,438.22 SOLES.
C. TASACIÓN COMERCIAL: S/ 1,949,222.23 SOLES.
BASE DE LA POSTURA
EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a S/ 1,299,481.49 SOLES.
EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/ 1,104,559.26 SOLES.
EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a S/ 938,875.37 SOLES.
D. CARGAS Y GRAVÁMENES:
HIPOTECA: Registrada en el asiento D00006 hasta por la suma de US$ 612,763.70 dólares americanos a favor del BBVA Banco Continental.
HIPOTECA: Registrada en el asiento D00007 hasta por la suma de US$ 68,100.00 dólares americanos a favor de Roberto Rafael Serra Medina y Ofelia del Carmen Quiñones Dongo.
HIPOTECA: Registrada en el asiento D00008 hasta por la suma de US$ 250,000.00 dólares americanos a favor de Roberto Rafael Serra Medina y Ofelia del Carmen Quiñones Dongo.
CESIÓN DE HIPOTECA: Registrada en el Asiento D00009 a favor del Patrimonio en fideicomiso � D.Leg. 861, CC PERU TRUST 2022, NO INSCRITO EN LA SMV, DIRIGIDO A INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES, que es la nueva acreedora de la hipoteca registrada en el Asiento D00006. CESIÓN DE HIPOTECA: Registrada en el Asiento D00010 a favor de Policlínico Cristo Viene SAC, que es la nueva acreedora de la hipoteca registrada en el Asiento D00006 y cedida en el Asiento D00009.
E. OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229; y el arancel judicial correspondiente.
F. PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme el artículo 15� de la Ley N� 30229, una vez que las pa rtes ejecutadas no hayan formulado oposición dentro del término del tercer día de notificados.
G. FÍJESE POR ÚNICA VEZ los Carteles de Remate en: (i) vitrina del local del Juzgado, y (ii) en el inmueble sub-litis.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.