lunes, 15 de abril de 2024

Venta de Inmueble Departamento Banco en Arequipa Yanahuara Precio Base S/ 213541 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: AREQUIPA. Departamento: AREQUIPA . Provincia: AREQUIPA. Distrito: YANAHUARA. Partida Registral: 11169864 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Urbanizaciã“n Piedra Santa, Manzana C, Lote 5, Seccion A. Porcentaje a Rematar: 100 % Remate judicial Desde Hasta Public… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: AREQUIPA. Departamento: AREQUIPA. Provincia: AREQUIPA. Distrito: YANAHUARA.
Partida Registral: 11169864 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Urbanizaciã“n Piedra Santa, Manzana C, Lote 5, Seccion A. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion16/04/2024 25/04/2024
Validación de Inscripción26/04/2024 30/04/2024
Presentación de Ofertas01/05/2024 02/05/2024
Pago Saldo03/05/2024 07/05/2024
Validación del Saldo08/05/2024 10/05/2024
Expediente: 05125-2016-0-0401-JR-CI-02. Distrito Judicial: AREQUIPA. Órgano Jurisdisccional: 11° JUZGADO CIVIL _ SEDE CENTRAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: TORREBLANCA GOMEZ CHRISTIAN OMAR. Especialista: FERNANDEZ HUAQUIPACO NORMA HILDA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 66. Fecha Resolución: 03/04/2024. Tasación: S/. 320,312.84. Precio Base: S/. 213,541.89. Incremento entre ofertas: S/. 640.63. Arancel: S/. 772.50. Oblaje: S/. 32,031.28. Descripción: URBANIZACIÓN PIEDRA SANTA, MANZANA C, LOTE 5, SECCION A, DISTRITO DE YANAHUARA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA.. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13802
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en AREQUIPA?

DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA,
Resolución N° 66-2024 Arequipa, dos mil veinticuatro Abril, tres.-
Puesto a Despacho en la fecha atendiendo a la excesiva sobrecarga procesal que soporta este Juzgado de Ejecución que recibe diariamente expedientes con sentencia firme y autos finales de cinco juzgados de la Oralidad Civil.

- AL ESCRITO ELECTRÓNICO N° 19726-2024.- Presentado por la demandante Scotiabank Perú S.A., solicita corrección de la resolución N° 65-2024 respecto a los gravámenes actuales que contiene el bien inmueble y presenta partida registral actualizada. VISTOS.- De la actividad Procesal, Y CONSIDERANDO.- PRIMERO: MARCO LEGAL: 1.1.- Que, conforme al artículo II del Título Preliminar del Código Procesal Civil, concordante con el artículo 50° inciso 1 del mismo cuerpo legal, el Juez como director del proceso está en el deber de velar por su rápida solución, adoptar las medidas convenientes a impedir su paralización y procurar la economía procesal. 1.2.- Que, el Artículo 731° del Código Procesal Civil establece que: “Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia. En los demás casos, el remate público es realizado por martillero público hábil.”. SEGUNDO: Que; mediante resolución N° 65-2024, de fecha veintinueve de febrero del dos mil veinticuatro, dispuso en su numeral 4 de la parte resolutiva: “4) CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

i) Asiento 00003, Hipoteca a favor de Banco Scotiabank Peru S.A.A., hasta por la suma de $88.976-.89 dólares americanos. ii) Asiento 00007, hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A., hasta por la suma de S/. 354,564.74 soles. iii) Asiento 00008, medida cautelar de embargo hasta por la suma de S/. 160.00.00 soles. a favor del Banco Internacional del Perú – Interbank. iv) Asiento 00009, embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 29,624.95. 5) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Valorizado en la suma de S/. 320,312.84 (trescientos veinte mil trescientos doce con 84/100 soles) $ 86,571.04 (ochenta y seis mil quinientos setenta y uno con 04/100 dólares americanos) conforme a la Resolución N° 63-2023, obrante a folio 479 a 481” TERCERO.- VALORACIÓN: 3.1.- La demandante Scotiabank mediante escrito que antecede solicita corrección de la resolución N° 65-2024 respecto de los gravámenes y presenta partida registral actualizada. 3.2.- De la revisión de la resolución N° 65-2024, en el numeral 4) CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

i) Asiento 00003, Hipoteca a favor de Banco Scotiabank Peru S.A.A., hasta por la suma de $88.976-.89 dólares americanos. ii) Asiento 00007, hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A., hasta por la suma de S/. 354,564.74 soles. iii) Asiento 00008, medida cautelar de embargo hasta por la suma de S/. 160.00.00 soles. a favor del Banco Internacional del Perú – Interbank. iv) Asiento 00009, embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 29,624.95, DEBIENDO SER LO CORRECTO: 4) CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

i) Asiento D00007, Hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A., hasta por la suma de S/. 354,564.76 soles. ii) Asiento D00008, medida cautelar de embargo hasta por la suma de S/. 160,000.00 soles, a favor del Banco Internacional del Perú – Interbank. iii) Asiento D00009, embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 29,624.95 soles, en el expediente N° 04712-2016-83-JP-CI-08; por lo que su pedido de corrección debe ser amparado por existir errores materiales. 3.3.- Además, acompaña partida registral actualizada y debe de agregarse los siguientes gravámenes: iv) Asiento D00010, Embargo en forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 90,000.00 soles a favor del Banco de Crédito del Perú, expediente N° 05246-2016-82-0401-JR-Ci-01. v) Asiento D00011, Medida Cautelar de Embargo, expediente N° 5605-2017-6-0401-JR-CI-02, hasta por la suma de S/. 160,000.00 soles a favor de Scotiabank Perú S.A.A; fundamentos por los que; SE RESUELVE: 1) CORREGIR la resolución N° 65-2024, de fecha veintinueve de febrero del dos mil veinticuatro, en el numeral 4 de la parte resolutiva: “4) CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

i) Asiento 00003, Hipoteca a favor de Banco Scotiabank Peru S.A.A., hasta por la suma de $88.976-.89 dólares americanos. ii) Asiento 00007, hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A., hasta por la suma de S/. 354,564.74 soles. iii) Asiento 00008, medida cautelar de embargo hasta por la suma de S/. 160.00.00 soles. a favor del Banco Internacional del Perú – Interbank. iv) Asiento 00009, embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 29,624.95.” DEBIENDO SER LO CORRECTO: 4) CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

i) Asiento D00007, Hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A., hasta por la suma de S/. 354,564.76 soles. ii) Asiento D00008, medida cautelar de embargo hasta por la suma de S/. 160,000.00 soles, a favor del Banco Internacional del Perú – Interbank. iii) Asiento D00009, embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 29,624.95 soles, en el expediente N° 04712-2016-83-JP-CI-08, quedando subsistente lo demás que contiene. 2) INTEGRAR la resolución N° 65-2024 de fecha veintinueve de febrero del dos mil veinticuatro, en el numeral 4 de la parte resolutiva, debiendo DE AGREGARSE iv) Asiento D00010, Embargo en forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 90,000.00 soles a favor del Banco de Crédito del Perú, expediente N° 05246-2016-82-0401-JR-Ci-01. v) Asiento D00011, Medida Cautelar de Embargo, expediente N° 5605-2017-6-0401-JR-CI-02, hasta por la suma de S/. 160,000.00 soles a favor de Scotiabank Perú S.A.A. TÓMESE RAZÓN Y HAGASE SABER.