miércoles, 10 de julio de 2024

Remaju Casa en Venta en San Martin de Porres Lima Precio Base $ 117600 🏡

Area 129.90 m 2 Tasación: $ 176,400.00. Precio Base: $ 117,600.00 . Incremento entre ofertas: $ 352.80. Arancel: S/. 1,030.00. Oblaje: $ 17,640.00.. Distrito Judicial: LIMA NORTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN MARTIN DE PORRES . Partida Registral: P01160718 Tipo Inmueble: CASA… remateCasas
Area 129.90 m2
Tasación: $ 176,400.00. Precio Base: $ 117,600.00. Incremento entre ofertas: $ 352.80. Arancel: S/. 1,030.00. Oblaje: $ 17,640.00.. Distrito Judicial: LIMA NORTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN MARTIN DE PORRES.
Partida Registral: P01160718 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Asentamiento Humano Urbanizaci�n Peru, Manzana 13, Lote 6b Sector Ii, Zona 2� Zona, Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion11/07/2024 20/07/2024
Validación de Inscripción22/07/2024 25/07/2024
Presentación de Ofertas26/07/2024 27/07/2024
Pago Saldo30/07/2024 01/08/2024
Validación del Saldo02/08/2024 07/08/2024
Expediente: 06224-2009-0-1817-JR-CO-17. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 17°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CALLE TAGUCHE, RICARDO LUIS. Especialista: CHAVEZ BUSTAMANTE, OMAR MICHEL. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 205. Fecha Resolución: 30/05/2023. Tipo Cambio: S/. 3.781 a la fecha 09/07/2024 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14823
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : CHINCHAYAN EGGART, BERTHA CONSUELO
Resolución N�203 Lima, 30 de mayo del dos mil veintitrés
Dado cuenta el escrito que antecede ingresado por la mesa de partes virtual con código de digitalización N� 84588-2023, adjuntan do el arancel por concepto de notificación, presentado por la ejecutante CHINCHAYAN EGGART, BERTHA CONSUELO: y, ATENDIENDO: PRIMERO: Estando a lo glosado precedentemente, teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el la ejecutante CHINCHAYAN EGGART, BERTHA CONSUELO, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 1 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial. SEGUNDO.- Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado 1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (�) ;
ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. TERCERO.- Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. CUARTO.- En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. QUINTO.- Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble hipotecado siguiente: A. DESCRIPCION: Inmueble sito en ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACIÓN PERU, MZ. 13, LOTE 6B SECTOR II, ZONA 2� ZONA, DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRAS, DEPARTAMENTO Y PROVINCIA DE LIMA, con las aéreas y medidas perimétricas y características descritas en la partida Electrónica Nro. P01160718 de los Registros de propiedad inmueble de Lima. B. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. C.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

� ASIENTO N� 00003: TRASLADO DE HIPOTECA COMUN � CONSTITUCION BANCO CCC DEL PERU HIPOTECA CONSTITUIDA POR ZOILA DELGADO AGUILAR � QUIEN SE CONSTITUYE EN FIADOR SOLIDARIO DEL PRESTAMO OTORGADO POR EL BANCO CCC DEL PERU A FAVOR DE � MINCOLA HARO CESAR ALFREDO, HASTA POR LA SUMA DE $ 49,800.00 CONSTA ASI DEL CONT. PRIV. DEL 14.10.91 CON FIRMAS LEG. � TIT. PRS. HR. 12.01 DEL 18.10.91 NRO. 106990 T. 331 � INSCRITO EL 24.10.91 REG. FRIDA PERAL. R.- � ASIENTO N� 00005: MODIFICACIÓN DE LA HIPOTECA: CESIÓN DE HIPOTECA: BANCO REPUBLICA EN LIQUIDACIÓN, es la nueva acreedora de la hipoteca registrada en los asientos 00003 de la presente partida, en virtud de la cesión a su favor efectuada por BANCO CCC DEL PERU EN LIQUIDACIÓN mediane escritura pública de fecha 07/02/2012que obra en el titulo archivado 160520 del 17/02/2012. Aclarada mediate escritura pública del 13/12/2012 otorgada ante Notario de Lima, Mario Cesar Romero Valdivieso. � ASIENTO N� 00006: INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA: 1 CAUSANTE : DELGADO AGUILAR, ZOILA � SOLTERO (A) S/D 2 HEREDERO � TITULAR : SANCHEZ DELGADO, ANABEL CONCEPCIÓN � S/D 3 HEREDERO � TITUTLAR : SANCHEZ DELGADO, LUIS ENRIQUE � S/D Títulos que dan mérito a inscripción 1 SOLICITUD 26/06/2014 DE TRANSFERENCIA DE SUCESION INTESTADA TRANSFERENCIA POR SUCESIÓN INTERESTADA: Sus hijos LUIS ENRIQUE SANCHEZ DELGADO y ANABEL CONCEPCIÓN SANCHEZ DELGADO, adquieren las acciones y derechos que en el inmueble inscrito en la presente partida correspondiente a la causante ZOYLA GRISELIA DELGADO AGUILAR, fallecida el 09/09/2005, al haber sido declarados sus herederos mediante Acta Notarial del 20/06/2014, expedida por el Notario Publico de Lima Luis Manuel Gómez Verastegui. Así consta inscrita en el Asiento A00001 de la Partida N� 13244230 del Registro de Sucesión I ntestada de Lima. � ASIENTO N� 00007: CESION DE HIPOTECA: La hipoteca registrada en el asiento 00003, cedida en el asiento 00005 de la presente partida electrónica, ha sido cedida por el BANCO REPUBLICA EN LIQUIDACIÓN a favor de BERTHA CONSUELO CHINCHAYAN EGGART. Así consta en la escritura pública de 25/01/2017 otorgada ante Notario de Lima Clara Palmira Ysabel Carnero Avalos.
D.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$.176,400.00 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS)
E. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

� PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$. 117,600.00 (CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). � SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$. 99,960.00 (NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). � TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$. 84,966.00 (OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). F. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la L ey 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. G. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. H. FIJESE los Carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna; y en el inmueble a rematar por parte del personal responsable de los remates electrónicos judiciales REM@JU de LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE. en forma oportuna y bajo responsabilidad. Notifíquese a las partes procesales.