viernes, 5 de julio de 2024

Subasta Judicial de Casa en La Libertad Trujillo Precio Base S/ 372784 🏡

Area de 287.00 m 2 Tasación: S/. 559,176.60. Precio Base: S/. 372,784.40 . Incremento entre ofertas: S/. 1,118.35. Arancel: S/. 1,030.00. Oblaje: S/. 55,917.66.. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Departamento: LA LIBERTAD . Provincia: TRUJILLO. Distrito: TRUJILLO. Partida Registral: P 14127639 Tipo … remateCasas
Area de 287.00 m2
Tasación: S/. 559,176.60. Precio Base: S/. 372,784.40. Incremento entre ofertas: S/. 1,118.35. Arancel: S/. 1,030.00. Oblaje: S/. 55,917.66.. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Departamento: LA LIBERTAD. Provincia: TRUJILLO. Distrito: TRUJILLO.
Partida Registral: P 14127639 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Lote 19 Manzana B (frente a la Calle Nueve de Octubre) del Centro Urbano Informal la Molina Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion05/07/2024 14/07/2024
Validación de Inscripción15/07/2024 17/07/2024
Presentación de Ofertas18/07/2024 19/07/2024
Pago Saldo22/07/2024 25/07/2024
Validación del Saldo30/07/2024 01/08/2024
Expediente: 04518-2015-0-1601-JR-CI-05. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Órgano Jurisdisccional: 5° JUZGADO CIVIL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CARLOS HERNAN ROMERO GRAUS. Especialista: SEGUNDO JOSE MERCEDES AZAÑERO LEIVA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 29. Fecha Resolución: 04/08/2023

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14760
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LA LIBERTAD?

DEMANDANTE : BANCO PICHINCHA POR BANCO FINANCIERO DEL PERU,
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTINUEVE RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTINUEVE RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTINUEVE RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTINUEVE Trujillo, cuatro de agosto del dos mil veintitrés.
AUTOS Y VISTOS; AUTOS Y VISTOS; AUTOS Y VISTOS; AUTOS Y VISTOS; dado cuenta con los dos escritos que anteceden: y CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
PRIMERO: PRIMERO: PRIMERO: PRIMERO: Con fecha 03 de junio del 2015, los peritos judiciales OLSON AVELLANEDA VARGAS y AMANDA OTOYA AYESTA presentan el informe pericial respecto de los inmuebles: � LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B (frente a la calle nueve de octubre) del Centro Urbano Informal la Molina distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad inscrito en la partida electrónica P 14127639 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N� V- Sede Trujillo. � LOTE VD LOTE VD LOTE VD LOTE VD- - - -123 123 123 123 SECTOR FORNTON BAJO PRIMERA ETAPA, DISTRITO Y PROVINCIADE DE VIRÚ, DEPARTAMENTO DE La Libertad, inscrito en la partida electrónica N� 11046821 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral V- Sede Trujillo.
SEGUNDO: SEGUNDO: SEGUNDO: SEGUNDO: El abogado de BANCO PICHINCHA a través del escrito con código 33729-2023, solicita se aprueba la tasación comercial y solicito se sirva a convocar a remate; sin que, a la fecha, haya absuelto el traslado a la parte demandada. Asimismo, por escrito con código 34847-2023 presentado por el apoderado del BANCO DE PICHINCHA, pone de conocimiento que el ejecutado ha cumplido con cancelar el pago parcial al pagaré N� 746094167, por lo que ahora el capital de dicho pagaré asciende a S/3 937.82 Soles, de lo cual indica que ha procedido con el levantamiento de hipoteca por US$30 600 sobre el inmueble en el LOTE VD-123 I ETAPA, SECTOR FRONTON BAJO, DISTRITO DE VIRÚ, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, inscrito en la Partida N� 11046821 del Registro de Propiedad Inmueble de Trujillo, por lo cual carece emitir pronunciamiento de aprobación respecto del citado inmueble. TERCERO TERCERO TERCERO TERCERO: Siendo ello así, de conformidad con lo establecido en el artículo 730� del Código Procesal Civil señala que: � � � �La tasación será puesta en conocimiento de los interesados por tres La tasación será puesta en conocimiento de los interesados por tres La tasación será puesta en conocimiento de los interesados por tres La tasación será puesta en conocimiento de los interesados por tres días, plazo en el que pueden formular observaciones. Vencido el plazo, el Juez aprueba o días, plazo en el que pueden formular observaciones. Vencido el plazo, el Juez aprueba o días, plazo en el que pueden formular observaciones. Vencido el plazo, el Juez aprueba o días, plazo en el que pueden formular observaciones. Vencido el plazo, el Juez aprueba o desaprueba la desaprueba la desaprueba la desaprueba la tasación. Si la desaprueba, ordenará se realice nuevamente, optando entre los tasación. Si la desaprueba, ordenará se realice nuevamente, optando entre los tasación. Si la desaprueba, ordenará se realice nuevamente, optando entre los tasación. Si la desaprueba, ordenará se realice nuevamente, optando entre los mismos peritos u otros�; mismos peritos u otros�; mismos peritos u otros�; mismos peritos u otros�; por tanto, no existiendo observación por ninguna de las partes procesales se procede a aprobar la tasación realizada por los peritos judiciales designado en autos. CUARTO: CUARTO: CUARTO: CUARTO: El artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229, establece que: �Aprobada la tasación o siendo innecesaria ésta, el Juez convocará a remate. El remate o subasta de bienes muebles o inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�.
QUINTO QUINTO QUINTO QUINTO: Asimismo, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia de La Libertad mediante Resolución Administrativa N� 000262-2021-P-CSJLL-PJ autoriza la aplicación del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU en esta Corte Superior de Justicia de La Libertad a partir del 28-04-2021, siendo de obligatorio cumplimiento que los Órganos Jurisdiccionales realicen los remates judiciales de conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley N� 30229 así como de los documentos normativos aprobados por el Consejo Ejecutivo. SEXTO SEXTO SEXTO SEXTO: En el caso de autos, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia del remate electrónico judicial, de conformidad con lo establecido en la Ley N� 30229, Ley que adecua el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el sistema de remates judiciales, corresponde llevar a cabo el remate electrónico.
SETIMO SETIMO SETIMO SETIMO: Dado a los nuevos lineamientos establecidos para los remates electrónicos, es necesario señalar que en caso de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia del remate electrónico, advirtiéndose que el pegado de cartel será realizado solo una vez, antes de la fecha de remate en primera convocatoria, toda vez que luego de realizado el remate judicial en primera convocatoria, segunda y tercera convocatoria es automática. Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial, y siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya.
Por estas consideraciones, SE RESUEL SE RESUEL SE RESUEL SE RESUELVE VE VE VE: 1. APROBAR APROBAR APROBAR APROBAR la tasación del inmueble los peritos judiciales OLSON AVELLANEDA VARGAS y AMANDA OTOYA AYESTA presentan el informe pericial respecto del LOTE 19 MANZANA LOTE 19 MANZANA LOTE 19 MANZANA LOTE 19 MANZANA B B B B (frente a la calle nueve de octubre) del Centro Urbano Informal la Molina distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad inscrito en la partida electrónica P 14127639 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N� V- Sede Trujillo.
2. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL a través del Sistema de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU, a efectos que se proceda al remate en PRIMERA PRIMERA PRIMERA PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble: CONVOCATORIA del inmueble: CONVOCATORIA del inmueble: CONVOCATORIA del inmueble: � LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B (frente a la calle nueve de octubre) del Centro Urbano Informal la Molina distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad inscrito en la partida electrónica P 14127639 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N� V- Sede Trujillo. 3. En caso de declararse desierto la primera convocatoria, CONVOQUESE CONVOQUESE CONVOQUESE CONVOQUESE en forma AUTOMATICA AUTOMATICA AUTOMATICA AUTOMATICA a través del Sistema de Remates Electrónicos Judiciales � REM@JU, llevándose a cabo el SEGUNDO REMATE ELECTRONICO SEGUNDO REMATE ELECTRONICO SEGUNDO REMATE ELECTRONICO SEGUNDO REMATE ELECTRONICO y posteriormente el TERCER TERCER TERCER TERCER REMATE ELECTRONICO REMATE ELECTRONICO REMATE ELECTRONICO REMATE ELECTRONICO de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, teniendo en cuenta los términos que a continuación se detallan:
� LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B LOTE 19 MANZANA B (frente a la calle nueve de octubre) del Centro Urbano Informal la Molina distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad inscrito en la partida electrónica P 14127639 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N� V- Sede Trujillo.
a. a. a. a.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

Asiento N� D00008 HIPOTECA: Asiento N� D00008 HIPOTECA: Asiento N� D00008 HIPOTECA: Asiento N� D00008 HIPOTECA: a favor del BANCO FINANCIERO hasta por la suma de US$112 936.00 dólares americanos (CIENTO DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 DOALRES AMERICANOS).
Asiento N� 0009 MODIFICACIÓN DE HIPOTECA, Asiento N� 0009 MODIFICACIÓN DE HIPOTECA, Asiento N� 0009 MODIFICACIÓN DE HIPOTECA, Asiento N� 0009 MODIFICACIÓN DE HIPOTECA, ampliando la hipoteca hasta la suma de US$ 147 176.00 DOLARES AMERICANOS (CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 00/100 DOALRES AMERICANOS). ASIENTO N� 00010 INSCRIPCIÓN DE LA MEIDAC UATELAR DE EMBARGO EN ASIENTO N� 00010 INSCRIPCIÓN DE LA MEIDAC UATELAR DE EMBARGO EN ASIENTO N� 00010 INSCRIPCIÓN DE LA MEIDAC UATELAR DE EMBARGO EN ASIENTO N� 00010 INSCRIPCIÓN DE LA MEIDAC UATELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de DISTRIBUIDORA PINTEL SAC hasta por la FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de DISTRIBUIDORA PINTEL SAC hasta por la FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de DISTRIBUIDORA PINTEL SAC hasta por la FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de DISTRIBUIDORA PINTEL SAC hasta por la suma de s/19 637.50 Soles suma de s/19 637.50 Soles suma de s/19 637.50 Soles suma de s/19 637.50 Soles
b. b. b. b. TASACIÓN ACTUALIZADA: TASACIÓN ACTUALIZADA: TASACIÓN ACTUALIZADA: TASACIÓN ACTUALIZADA: S/559 176.60 Soles (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 60/100 SOLES) c. c. c. c. EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada automáticamente por sistema REMAJU. d. d. d. d. EN SEGUNDA CONVOCATORIA: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada automáticamente por sistema REMAJU. e. e. e. e. EN EN EN EN TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será calculada automáticamente por sistema REMAJU.
f. f. f. f. Los postores deberán cumplir lo siguiente Los postores deberán cumplir lo siguiente Los postores deberán cumplir lo siguiente Los postores deberán cumplir lo siguiente: : : :
- Las personas interesadas podrán participar de las sesiones de remates virtuales, previo registro en: https://remaju.pj.gob.pe/remaju.
Deberán cancelar el 10% de la tasación del inmueble sub litis mediante depósito electrónico judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 30229; y el arancel judicial correspondiente consignando el número de expediente del juzgado y documento nacional de identidad.
g. g. g. g. Publicación: PROCEDASE Publicación: PROCEDASE Publicación: PROCEDASE Publicación: PROCEDASE a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL JUDICIAL JUDICIAL JUDICIAL del aviso de convocatoria de acuerdo al artículo 15� de La Ley 30229, y FIJESE los avisos FIJESE los avisos FIJESE los avisos FIJESE los avisos de remate en el local del juzgado e inmueble sub litis, de remate en el local del juzgado e inmueble sub litis, de remate en el local del juzgado e inmueble sub litis, de remate en el local del juzgado e inmueble sub litis, de conformidad con el artículo 733� del Código Procesal Civil.
h. h. h. h. EFECTUESE EFECTUESE EFECTUESE EFECTUESE el registro del remate electrónico judicial remate electrónico judicial remate electrónico judicial remate electrónico judicial en el Portal Web del Poder Judicial - REM@JU, una vez vencido el plazo legal de oposición, publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria, teniendo en cuenta el precio base señalado en la presente resolución. i. i. i. i. CUMPLA CUMPLA CUMPLA CUMPLA la parte ejecutante en el plazo de dos días dos días dos días dos días con presentar imagen actualizada del inmueble, la misma que será subida al sistema de remate virtual.
j. j. j. j. INTERVINIENDO INTERVINIENDO INTERVINIENDO INTERVINIENDO la secretaria judicial que da cuenta por disposición superior. k. k. k. k. NOTIFÍQUESE NOTIFÍQUESE NOTIFÍQUESE NOTIFÍQUESE conforme a ley. . . .