Tasación: S/. 89,489.00. Precio Base: S/. 59,659.33. Incremento entre ofertas: S/. 178.98. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 8,948.90.. Distrito Judicial: ICA. Departamento: ICA. Provincia: ICA. Distrito: SUBTANJALLA.
Partida Registral: P07109531 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En Centro Poblado Subtanjalla, Sector Mariscal Sucre Mz. C Lote 6, Distrito de Subtanjalla, Provincia y Departamento de Ica Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 04/09/2024 | 13/09/2024 |
Validación de Inscripción | 16/09/2024 | 18/09/2024 |
Presentación de Ofertas | 19/09/2024 | 20/09/2024 |
Pago Saldo | 23/09/2024 | 25/09/2024 |
Validación del Saldo | 26/09/2024 | 30/09/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 15453
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?
DEMANDANTE : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA MARIA MAGDALENAResolución Nro. 17.- Ica, veintisiete de marzo del Año dos mil veinticuatro.
AUTOS Y VISTOS: Con el escrito que antecede presentado por Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa María Magdalena Ltda. 219: y CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que mediante resolución No. 03 de fecha 30 de mayo del 2019, obrante a folios 26 y siguientes del expediente, se ha emitido auto final en este proceso, el mismo que ha sido declarado consentido mediante resolución No. 07 de fecha 20 de enero del 2020 obrante a folios 47 del expediente. SEGUNDO.- Por otro lado, el Juzgado aprecia que concurren los siguientes presupuestos para la convocatoria a remate judicial: a. El ejecutante ha acompañado la respectiva tasa judicial por remate, como se verifica en autos. b. El ejecutante ha acompañado copias certificadas y completas de la partida registral correspondiente al predio materia de ejecución, tal como se aprecia en autos a fojas 110 y siguientes. c. La tasación del bien materia de remate, se ha efectuado con fecha 07 de febrero del 2022, tal como se verifica a folios 118/129 del expediente, el mismo que ha sido aprobado mediante resolución N� 13 de fecha 12 de s etiembre del 2022, obrante a folios 135 del expediente, resolución que ha sido debidamente notificada a las partes procesales conforme cedulas de notificación obrante a fojas 135 vta., y 136 vta. TERCERO.- De lo antes expuesto, este Juzgado considera pertinente llevar adelante el remate a través de remate judicial electrónico REMAJU que está habilitado en el Distrito Judicial de Ica a partir del 04-03-2021 de conformidad con la R.A. N� 000160-2021-CSJIC- PJ; CUARTO.- De conformidad a la norma contenida en el artículo 731� del Código Procesal Civil, corresponde disponer la realización del remate judicial a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial; debiendo además considerarse que una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley 30229, el Especialista legal de la causa deberá publicar en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley 30229. Por lo expuesto, SE RESUELVE: PRIMERO. - CONVOCAR A REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO - REM@JU a efectos de proceder al remate EN PRIMERA CONVOCATORIA sobre el bien inmueble materia de ejecución forzada conforme al siguiente detalle: a) DESCRIPCIÓN DEL BIEN. - Inmueble ubicado en Centro Poblado Subtanjalla, Sector Mariscal Sucre Mz. C Lote 6, distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, con un área de 122.10 m2 cuyas características obran inscritas en la partida registral N� P07109531 del registro de propiedad inmueble de los Registros Públicos de Ica. b) CARGAS Y GRAVÁMENES. 1. Asiento 00004, se ha inscrito un Embargo en forma de Inscripción a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa María Magdalena hasta por la suma de S/ 10,000.00 soles en el expediente (01113-2018-24) inscrito en la partida registral N� P07109531 del registro de propiedad in mueble de los Registros Públicos de Ica, ordenada por el Tercer Juzgado de Paz Letrado Civil de Ica. c) VALOR DE LA TASACIÓN.- Tasación comercial efectuada por peritos valorizadores que obra a folios 118/129 del expediente, la misma que establece un valor comercial ascendente a la suma de S/ 89,489.00 (Ochenta y nueve mil, cuatrocientos ochenta y nueve con 00/100 soles) d) PRECIO .