miércoles, 9 de octubre de 2024

Venta de Inmueble Casa en Ica Sunampe Precio Base S/ 53461 🏡

Inmueble ubicado en Mz. C, Lote 9 de la Urbanizaci�n los Sauces, distrito de Sunampe, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, con un �?rea de Tasación: S/. 80,192.20. Precio Base: S/. 53,461.47 . Incremento entre ofertas: S/. 160.38. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 8,019.22.. Distrito Judicial:… remateCasas
Inmueble ubicado en Mz. C, Lote 9 de la Urbanizaci�n los Sauces, distrito de Sunampe, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, con un �?rea de
Tasación: S/. 80,192.20. Precio Base: S/. 53,461.47. Incremento entre ofertas: S/. 160.38. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 8,019.22.. Distrito Judicial: ICA. Departamento: ICA. Provincia: CHINCHA. Distrito: SUNAMPE.
Partida Registral: P11035678 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En Mz. C, Lote 9 de la Urbanizaci�n los Sauces, Distrito de Sunampe, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, con un �?rea de 66.00 M2, Inscrito En la Partida N� P11035678 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion05/10/2024 14/10/2024
Validación de Inscripción15/10/2024 17/10/2024
Presentación de Ofertas18/10/2024 19/10/2024
Pago Saldo21/10/2024 23/10/2024
Validación del Saldo24/10/2024 28/10/2024
Expediente: 00634-2022-0-1408-JR-CI-01. Distrito Judicial: ICA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO CIVIL - S. Plaza de A. Chincha. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: REY JESUS GARCIA CARRIZALES. Especialista: CRISTOBAL MANRIQUE LITMAN ULISES. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 6. Fecha Resolución: 11/07/2024

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 15883
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?

DEMANDANTE : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA SA
Resolución N� 06 1
Chincha Alta, once de julio de dos mil veinticuatro. Puestos los presentes actuados en Despacho para emitir la resolución correspondiente, respecto al remate electrónico. VISTOS y, considerando: PRIMERO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 723 del Código Procesal Civil, transcurrido el plazo sin haberse pagado la obligación o declarada infundada la contradicción, el Juez, sin trámite previo ordenará el remate de los bienes dados en garantía. SEGUNDO: Concordante con ello el artículo 731 del Código Procesal Civil, en su parte pertinente establece que: �El Remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU), si no existe oposición de ninguna de las partes o terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�. TERCERO: Estando al estado del proceso -etapa de ejecución forzada- y verificándose que dicha solicitud (de fecha 10 de abril de 2024), cumple con los requisitos señalados en el artículo N� 12 d e la Ley N� 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada ley; SE RESUELVE: 1.- CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos de que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien inmueble hipotecado: 2.- En caso de declararse Desierta la convocatoria en PRIMER REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO, convóquese AUTOMÁTICAMENTE, por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos: a) DESCRIPCIÓN: Inmueble Ubicado en Mz. C, Lote 9 de la Urbanización Los Sauces, distrito de Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica, con un área de 66.00 m2, inscrito en la Partida N� P11035678 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha.
b) CARGAS Y GRAVÁMENES: En el Asiento D00002, de la Partida N� 11035678, H ipoteca.
c) TASACIÓN CONVENCIONAL: En los presentes actuados a fojas 50/55 corre la Tasación, donde se verifica que el valor de bien asciende a la suma de S/ 80,192.20 equivalente a U. S. $ 20,883.40. 1 P.C. 2
c.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, esto es: S/ 53,461.46. c.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la misma de la postura anterior, con deducción del 15% esto es: S/ 45,442.24. c.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la misma de la postura inmediata anterior, con deducción del 15% esto es: S/ 38,625.91. d) OBLAJE: Se deberá oblar el 10 % de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17 del Reglamento de la Ley N� 30229; FÍJESE: los carteles en el Local del Juzgado y en el inmueble sub Litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales de Ica. f) ASIMISMO: Conforme a la naturaleza del presente acto procesal, NOTIFÍQUESE a los ejecutados y a los terceros ocupantes del inmueble con copia de la presente resolución y escrito respectivo.